1/11/2013

Decreto Supremo N° 006-2013-PCM Aprueba la relación de autorizaciones sectoriales de las Entidades del Poder Ejecutivo, que deben ser exigidas como requisito previo

Aprueba la relación de autorizaciones sectoriales de las Entidades del Poder Ejecutivo, que deben ser exigidas como requisito previo para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, de acuerdo a la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS DECRETO SUPREMO N° 006-2013-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28976 - Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, se establece el marco jurídico de las disposiciones aplicables
Aprueba la relación de autorizaciones sectoriales de las Entidades del Poder Ejecutivo, que deben ser exigidas como requisito previo para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, de acuerdo a la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
DECRETO SUPREMO N° 006-2013-PCM


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 28976 - Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, se establece el marco jurídico de las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento expedida por las municipalidades;

Que, de conformidad con lo dispuesto en la citada Ley, están obligadas a obtener licencia de funcionamiento las personas naturales, jurídicas o entes colectivos, nacionales o extranjeros, de derecho privado o público, incluyendo empresas o entidades del Estado, regionales o municipales, que desarrollen, con o sin finalidad de lucro, actividades de comercio, industriales o de servicios de manera previa a la apertura, o instalación de establecimientos en los que se desarrollen tales actividades;

Que, las municipalidades distritales, así como las municipalidades provinciales, cuando les corresponda conforme a ley, son las encargadas de evaluar las solicitudes y otorgar las licencias de funcionamiento, así como de fiscalizar y aplicar las sanciones correspondientes, de acuerdo con las competencias previstas en la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento será exigible, entre otros requisitos, la presentación de la copia simple de la autorización sectorial respectiva en el caso de aquellas actividades que conforme a ley la requieran de manera previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento;

Que, de conformidad con lo dispuesto en la Sétima Disposición Final, Transitoria y Complementaria de la Ley N° 28976, mediante Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, se establecerá la relación de autorizaciones sectoriales que deben ser exigidas como requisito previo para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento;

De conformidad con el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 28976 - Ley Marco de Licencia de Funcionamiento; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

DECRETA:

Artículo 1°.- Ámbito de aplicación De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28976 - Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, las autorizaciones sectoriales que requerirán las municipalidades para el otorgamiento de las licencias de funcionamiento, serán únicamente las establecidas en el Anexo adjunto que forma parte integrante del presente decreto supremo. Para dicho efecto, los órganos encargados de la emisión de licencia de funcionamiento en el ámbito municipal se encontrarán impedidos de solicitar al administrado, autorizaciones sectoriales distintas a las consignadas en el presente decreto supremo, bajo responsabilidad del funcionario competente.

Artículo 2°.- Definición de autorizaciones sectoriales Las autorizaciones sectoriales son actos administrativos mediante los cuales, conforme a ley, la autoridad administrativa faculta, reconoce u otorga derecho a los administrados, o certifica que éstos se encuentran aptos para ejercer actividades de comercio, industriales o de servicios, bajo su ámbito de competencia sectorial. Se expresan bajo la forma de autorizaciones, licencias, permisos, concesiones, certificados, constancias y cualquier otra modalidad de acto administrativo que habilite para el ejercicio de las actividades antes mencionadas.

La copia simple del documento que contiene la autorización sectorial constituye requisito previo para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento.

Artículo 3°.- Aprobación de la relación de autorizaciones sectoriales requeridas para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento Apruébese el Anexo adjunto que contiene la relación de autorizaciones sectoriales requeridas para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento.

Artículo 4°.- Oportunidad de presentación de las autorizaciones sectoriales Las autorizaciones sectoriales a que se refiere el presente Decreto Supremo deben presentarse obligatoriamente al momento de solicitar el otorgamiento de la licencia de funcionamiento ante la respectiva Municipalidad, conforme a lo dispuesto por la Ley N° 28976 y serán requeridas por cada local o establecimiento cuya apertura se solicite.

Artículo 5°.- Suspensión, cancelación, anulación o vencimiento de las autorizaciones sectoriales En caso de suspensión, cancelación, anulación o vencimiento del plazo de vigencia de una autorización sectorial emitida al administrado, la respectiva entidad sectorial queda obligada a comunicar por escrito a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y a la Municipalidad correspondiente, cuando la resolución esté firme o consentida, en un plazo de veinticuatro (24) horas. La Secretaría de Gestión Pública procederá a publicar dicha información en su portal. Corresponde a la Municipalidad, en un plazo de cuarentiocho (48) horas de recibida la comunicación del sector correspondiente, proceder a la suspensión, cancelación, o anulación de la licencia de funcionamiento otorgada.

Artículo 6°.- Incorporación de nuevas autorizaciones sectoriales La incorporación de nuevas autorizaciones sectoriales en el Anexo del presente decreto supremo, que conforme a ley se requieran de manera previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento, se realizará mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y refrendado por el Sector involucrado de conformidad con el Decreto Ley N° 25629 y con la Ley N° 28976. Para ello, los Ministerios de los respectivos sectores competentes deben remitir sus propuestas a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, la que evaluará su legalidad y racionalidad, de acuerdo con los siguientes criterios:
6.1 Para efectos de la competencia sectorial como análisis de legalidad, el Ministerio proponente deberá identificar la norma con rango de ley que le otorga la competencia a su sector para expedir la autorización sectorial y las normas administrativas que reglamentan dicha competencia (análisis de fondo), así como el decreto supremo que aprueba el procedimiento para la expedición de dicha autorización y del decreto supremo que incorpora dicho procedimiento en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA- de la respectiva entidad sectorial (análisis de forma).
6.2 En cuanto al análisis de racionalidad, los Ministerios proponentes deben justificar la incorporación de las nuevas autorizaciones sectoriales en función al impacto que pueden tener las actividades sobre las que recaerán las autorizaciones, en los siguientes aspectos de interés público:
- Afectación del medio ambiente.
- Afectación a la salud.
- Afectación a los recursos naturales.
- Defensa nacional.
- Seguridad ciudadana.
- Seguridad en materia de defensa civil
- Patrimonio cultural de la nación.
- Afectación de intereses colectivos.

Artículo 7°.- Eliminación de autorizaciones sectoriales En caso los sectores deseen dejar sin efecto autorizaciones sectoriales contenidas en el Anexo del presente Decreto Supremo, solicitarán a la Secretaría de Gestión Pública la eliminación de las mismas, la que será aprobada de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 6° del presente Decreto Supremo, según corresponda.

Artículo 8°.- Obligación de Publicación de Autorizaciones Sectoriales Cada vez que la entidad sectorial emita una resolución que otorgue, modifique, suspenda, cancele o declare la nulidad de una autorización sectorial, ésta deberá publicar dicha resolución a través de su portal institucional. La entidad sectorial deberá mantener actualizada esta información de manera quincenal.

A efectos de la implementación de la obligación establecida en el párrafo anterior, se otorga a los sectores un plazo de quince (15) días calendario para la publicación de las resoluciones de nuevas autorizaciones, modificación o nulidad expedidas a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo.

Artículo 9° - Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Educación, el Ministro de Energía y Minas, la Ministra de la Producción, la Ministra de Salud, el Ministro del Interior, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, la Ministra de Justicia y Derechos Humanos, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo y el Ministro de Cultura.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Entidades competentes Las autorizaciones sectoriales previstas en el Anexo del presente decreto supremo deberán ser solicitadas ante las entidades expresamente señaladas en él, salvo en el supuesto de fusión, en cuyo caso corresponderá solicitarlas a la entidad absorbente o la que se genere como producto de la fusión; y en los casos de transferencia de funciones, conforme al proceso de descentralización, las autorizaciones deben ser solicitadas a los órganos competentes de los gobiernos regionales.

Los procedimientos de autorizaciones sectoriales pueden comprender la participación de otras entidades.

Segunda.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Única.- Incorporación de Autorizaciones Sectoriales Los sectores que en virtud a sus leyes de organización o leyes especiales cuenten con competencia para la creación de nuevas autorizaciones que conforme a ley se requieran de manera previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento deberán seguir lo dispuesto en el artículo 6° de la presente norma, una vez que dichos procedimientos hayan sido incorporados en su respectivo Texto Único de Procedimientos Administrativos.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de enero del año dos mil trece.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONÍ
Ministro de Cultura PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos GLADYS MÓNICA TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción TERESA NANCY LAOS CÁCERES Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO RELACIÓN DE AUTORIZACIONES SECTORIALES REQUERIDAS PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO SECTOR: EDUCACIÓN Entidad: Ministerio de Educación 1. Resolución de Autorizaciones de funcionamiento de Institutos y Escuelas de Educación Superior Privados.
2. Resolución de cambio de local y uso de nuevo local de Institutos y Escuelas de Educación Superior Privados.
3. Resolución de Autorización de funcionamiento y registro de instituciones Educativas de Gestión privada:

Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial.
4. Resolución de Autorización para el cambio, traslado de local o uso de nuevo local de Instituciones Educativas de Gestión Privada: Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial.
5. Resolución de Autorización de Funcionamiento de Instituciones Educativas Privadas de Gestión Comunal:

Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial.
6. Resolución de Autorización de funcionamiento de Centros de Educación Técnico Productiva Privados.
7. Resolución de Autorización para el cambio, traslado de local o uso de nuevo local de Centros de Educación Técnico productiva privados.

Entidad: Consejo Nacional de Autorización de Funcionamiento de Universidades 8. Resolución de Aprobación de Proyectos de Desarrollo Institucional de Nuevas Universidades bajo el Régimen de la Ley N° 23733.
9. Resolución de Aprobación de Proyectos de Desarrollo Institucional de Nuevas Universidades dentro del Régimen del D. Leg. N° 882.
10. Resolución de Autorización de Funcionamiento de Escuelas de Postgrado, conforme al D. Leg. N. ° 882.

SECTORES: ENERGÍA Y MINAS
Entidad: Instituto Peruano de Energía Nuclear 11. Resolución de Autorización para instalaciones que usen fuentes de radiación ionizante de la categoría A, B,
C y D, según reglamento de la Ley 28028.

SECTOR: PRODUCCIÓN
Entidad: Ministerio de la Producción 12. Resolución de autorización para el funcionamiento de Acuarios Comerciales.
13. Resolución que otorga licencia para la operación de planta de procesamiento de productos pesqueros, de Centros de depuración de moluscos bivalvos o de empresas de reaprovechamiento de residuos hidrobiológicos.
14. Resolución de Autorización para la operación de planta de procesamiento pesquero con fines de investigación y capacitación.
15. Resolución que otorga la licencia para la operación de planta de procesamiento pesquero Artesanal y/o procesamiento primario.
16. Resolución de Autorización para el desarrollo de la acuicultura a mayor escala, en terrenos de dominio privado.
17. Resolución de Autorización para el desarrollo de la acuicultura a menor escala, en terrenos de dominio privado, incluye centros de producción de semillas a nivel comercial y cultivo de peces ornamentales.
18. Resolución de Autorización de instalación, construcción y ampliación de plantas industriales de fabricación de explosivos de uso civil y conexo.
19. Resolución u otro documento que contenga la aprobación de estudio ambiental correspondiente para proyectos de inversión en materia de pesquería, de acuicultura, de industria o de comercio interno de competencia del Ministerio de la Producción, salvo aquellos casos en los que dicha aprobación sea requisito de autorizaciones o licencias de operación.
20. Constancia de Verificación de Instalaciones y Capacidad de Producción para las personas naturales o jurídicas que se constituyan para la fabricación, importación, depósito, transporte, comercialización y uso del alcohol metílico.

SECTOR: SALUD
Entidad: Ministerio de Salud 21. Resolución para la Autorización Sanitaria de Funcionamiento de Bancos de Sangre y Centros de Hemoterapia.
22. Informe sobre la opinión técnica favorable de proyectos de infraestructura de transferencia, tratamiento y disposición final de residuos sólidos del ámbito de la gestión municipal.
23. Resolución de Autorización Sanitaria de funcionamiento o de traslado de Droguerías.
24. Resolución de Autorización Sanitaria de funcionamiento o de traslado de plantas o almacenes de laboratorios farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios.
25. Resolución de Autorización Sanitaria para funcionamiento de Farmacias, Boticas, Servicios de Farmacias y Botiquines. (inicio o traslado).
26. Resolución de Autorización Sanitaria de Sistemas de Tratamiento de Agua Potable.
27. Resolución de Autorización Sanitaria para Clínicas Veterinarias, Centros de Experimentación donde se realicen investigaciones con canes y establecimientos de crianza, atención, comercialización y albergue de canes.
28. Certificado de Autorización sanitaria o renovación de certificación de Autorización sanitaria a proveedores de agua para consumo humano a través de camiones cisternas.
29. Certificado de Autorización Sanitaria o renovación de certificación de autorización Sanitaria a surtidores de abastecimiento de Agua para consumo humano.
30. Constancia de Certificación o renovación certificación de aprobación sanitaria de proyectos de piscinas públicas y privadas de uso colectivo.
31. Resolución de Autorización sanitaria para el funcionamiento de Crematorio.
32. Resolución de Aprobación de Proyectos de Infraestructura de Tratamiento y Disposición Final de Residuos del ámbito de la gestión no municipal que se constituyan fuera de las instalaciones productivas, concesiones de extracción o aprovechamiento de recursos naturales.
33. Resolución de Autorización Sanitaria de Funcionamiento de Cementerios.
34. Resolución de Autorización para el Funcionamiento de Comunidades Terapéuticas.

Entidad: Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud 35. Resolución de Autorización de Entidades Prestadoras de Salud.

SECTOR: INTERIOR
Entidad: Ministerio del Interior 36. Resolución de Depósito temporal de armas de fuego de uso civil.
37. Resolución que otorga la Licencia de Funcionamiento de Polvorín (hasta cinco años).
38. Resolución de Autorización para la instalación de fábrica o taller de productos pirotécnicos (permanente).
39. Resolución de Autorización de funcionamiento de fábrica o taller de productos pirotécnicos (dos años).
40. Resolución de Autorización de ampliación de nueva línea de producción de productos pirotécnicos a fabricas o talleres autorizados.
41. Resolución de Autorización para depósito de productos pirotécnicos y/o insumos químicos (dos años).
42. Resolución de Autorización para la comercialización de productos pirotécnicos de uso industrial, comercialización de productos pirotécnicos y/o de servicios de espectáculo pirotécnico (dos años).
43. Resolución de Autorización para la Venta directa al público de productos pirotécnicos de uso recreativo y técnico (45 días).
44. Resolución de Autorización para la comercialización de insumos químicos controlados (dos años).

SECTORES: COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Entidad: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo 45. Certificado de Clasificación y Categorización de Hospedaje, únicamente en los casos en los que el prestador desee ostentar clase y categoría de 1 a 5 estrellas, Albergues y Ecolodges.
46. Certificado de Categorización y/o Recategorización de Restaurantes, únicamente en los casos en los que el prestador desee ostentar categoría de 1 a 5 tenedores y calificación de restaurante turístico.
47. Resolución de Autorización expresa para la explotación de juegos de casino y/o máquinas tragamonedas.

SECTOR: AGRICULTURA
48. Resolución de Autorización para el funcionamiento, ampliación o cambio de ubicación de zoológico.
49. Resolución de Autorización para el funcionamiento, ampliación o cambio de ubicación de zoocriadero.
50. Resolución de Autorización para el funcionamiento, ampliación o cambio de ubicación de centros de propagación (viveros o laboratorios)
51. Resolución de Autorización para el funcionamiento, ampliación o cambio de ubicación de centros de rescate.
52. Resolución de Autorización para el funcionamiento, ampliación o cambio de ubicación de centros de custodia temporal.
53. Resolución de Autorización para el funcionamiento, ampliación o traslado de talleres o plantas de transformación primaria.
54. Resolución de Autorización para el funcionamiento de centros de acopio.
55. Resolución de Autorización para el funcionamiento de depósitos y/o establecimientos comerciales de especímenes y productos forestales y de fauna silvestre al estado natural y con transformación primaria.
56. Resolución de Certificación Ambiental para Declaración de Impacto Ambiental (DIA), Estudios de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d) y Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd), para proyectos de competencia del Ministerio de Agricultura.
57. Resolución de Certificación ambiental para Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) para actividades en curso, de competencia del Ministerio de Agricultura.

Entidad: Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA)
58. Certificado de Registro de Almacén para Guarda Custodia (Aprobación fitosanitaria del almacén para guardacustodia de semillas importadas).
59. Autorización Sanitaria para Apertura y Funcionamiento de Centros de Beneficio: Vacunos,
Ovinos, Caprinos, Porcinos, Camélidos Sudamericanos y Equinos.

SECTORES: TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Entidad: Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC
60. Resolución de Autorización para la prestación de un servicio de radiodifusión.
61. Resolución de Autorización para la prestación de un servicio de radiodifusión comunitaria en zonas rurales, lugares de preferente interés social y localidades fronterizas.
62. Resolución de Transferencia de autorización del servicio de radiodifusión.
63. Resolución de Concesión para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones sin asignación de espectro radioeléctrico.
64. Resolución de Concesión para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones con asignación de espectro radioeléctrico.
65. Resolución de Concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones sin asignación de espectro radioeléctrico.
66. Resolución de Concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en caso requiera asignación de espectro radioeléctrico.
67. Resolución de Autorización de Transferencia de concesiones para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones.
68. Resolución de Concesión postal.
69. Resolución de Ampliación o modificación de la concesión postal.
70. Certificado de habilitación técnica de terminales terrestres.
71. Certificado de habilitación técnica de estaciones de ruta.

SECTOR: JUSTICIA
Entidad: Ministerio de Justicia - MINJUS
72. Resolución de Autorización de funcionamiento y cierre de centros de conciliación.
73. Resolución de autorización para el funcionamiento de centro de formación y capacitación de conciliadores.

SECTOR: CULTURA
Entidad: Ministerio de Cultura 74. Resolución de Autorización para la emisión de licencias de funcionamiento en bienes integrantes del Patrimonio Cultural la Nación.

SECTOR: TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL
EMPLEO
Entidad: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo 75. Constancia de Inscripción expedida por el Órgano Responsable del Registro Nacional de Agencias Privadas de Empleo - RENAPE.

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