1/27/2013

Ordenanza Municipal N° 005-2012-MDO/A MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OCROS Aprueban Reglamento de Organización y

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OCROS Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO ORDENANZA MUNICIPAL N° 005-2012-MDO/A Ocros, 18 de octubre del año 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OCROS POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Ocros, en Sesión Extraordinaria de fecha 05 de Octubre del año 2012; aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú,
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OCROS Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
ORDENANZA MUNICIPAL N° 005-2012-MDO/A


Ocros, 18 de octubre del año 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE OCROS
POR CUANTO:

El Concejo Municipal Distrital de Ocros, en Sesión Extraordinaria de fecha 05 de Octubre del año 2012;
aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194 modificado por la Ley N° 27680 Ley de Reforma Constitucional, señala que las municipalidades provinciales y distritales y las delegadas conforme a Ley, son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, el artículo 9° numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal 'Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno Local', lo cual resulta concordante con lo establecido en el Artículo 40° de la misma norma, que señala 'Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de los cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tienen competencia normativa. (…)'
Que, el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, por parte de la entidades de la Administración Pública, en su artículo 5° define al Reglamento de Organización y Funciones – ROF, como el documento técnico normativo de gestión Institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo Institucional y al logro de su misión, visión y objetivos el cual contiene las funciones generales de la entidad y las funciones especificas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades. Asimismo el artículo 34° del citado Decreto Supremo, señala que el ROF para el caso de las Municipalidades, se deberá aprobar mediante Ordenanza municipal correspondiente;

Estando a lo expuesto en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9° y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Distrital de Ocros,
POR UNANIMIDAD, aprobó la siguiente ordenanza:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OCROS
Artículo Primero.- APROBAR, El Reglamento de Organización y Funciones – ROF, la estructura orgánica y el organigrama de la Municipalidad Distrital de Ocros,
Provincia de Huamanga – Ayacucho, en los términos y condiciones del texto adjunto en el anexo I, que forma parte integral de la presente ordenanza.

Artículo Segundo.- DISPONER, A la administración municipal proceda a implementar los cargos conforme a la estructura aprobada, teniendo en consideración la disponibilidad presupuestal.

Artículo Tercero.- DEJAR, Sin efecto a todo acto administrativo e instrumentos de gestión que se oponga a la presente ordenanza.

Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo Quinto.- Encárguese a la Sub Gerencia de Administración la publicación de la presente ordenanza municipal y sus anexos que forman parte de la misma en el portal www.mocros.gob.pe .

POR TANTO:

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

FAVIO ROCA LUQUE
Alcalde

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