1/23/2013

Resolución de Contraloría N° 042-2013-CG CONTRALORIA GENERAL Dan por concluidas designaciones en Jefaturas de diversos

CONTRALORIA GENERAL Dan por concluidas designaciones en Jefaturas de diversos Órganos de Control Institucional CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 042-2013-CG Lima, 21 de enero de 2013 Visto, la Hoja Informativa N° 00005-2013-CG/COP , emitida por la Gerencia de Control Operativo de la Gerencia Central de Operaciones de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica
CONTRALORIA GENERAL Dan por concluidas designaciones en Jefaturas de diversos Órganos de Control Institucional

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 042-2013-CG


Lima, 21 de enero de 2013
Visto, la Hoja Informativa N° 00005-2013-CG/COP , emitida por la Gerencia de Control Operativo de la Gerencia Central de Operaciones de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de Ente Técnico Rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones;

Que, el artículo 19° de la referida Ley N° 27785, modificado por la Ley N° 28557, dispone que este Órgano Superior de Control, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, nombra mediante concurso público de méritos a los Jefes de los Órganos de Control Institucional, y hasta un veinticinco por ciento (25%) de los mismos, por designación directa del personal profesional de la Contraloría General; asimismo, establece que los jefes de los Órganos de Control Institucional pueden ser trasladados a otra plaza por necesidad del servicio;

Que, los literales a), b) y c) del artículo 24° del Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado mediante Resolución de Contraloría N° 220-2011-CG, establecen las modalidades a través de las cuales se efectúa la designación, tales como, por concurso público de méritos, por designación directa del personal profesional de la Contraloría General, de acuerdo a las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General, y por traslado en la oportunidad que la Contraloría General considere conveniente;

Que, conforme al artículo 26° del Reglamento de los
Órganos de Control Institucional, los jefes de los Órganos de Control Institucional designados por la Contraloría General, ejercerán sus funciones en las entidades por un período de tres (03) años. Excepcionalmente, y por razones debidamente fundamentadas y calificadas, podrán permanecer por un periodo menor a los tres (03) años o, de ser el caso, un tiempo mayor en la entidad, el cual no deberá exceder de cinco (05) años;

Que, de acuerdo a la Hoja Informativa del visto, por razones de interés institucional y convenir a las necesidades del servicio, en el marco de las nuevas políticas institucionales que se vienen implementando en la Contraloría General de la República, resulta necesario dar por concluidas las designaciones efectuadas a los señores David Adolfo Silva Cervantes, Washington Aparicio Ortega, Harrison Antonio Godoy Barreto, Emerson Rucoba Tananta, Johnny Carlo Rubina Meza, Manuel Eduardo Pérez Rivera, Walter Chumpitaz Huambachano, Juana Luz Llacsahuanga Chávez, Percy Ronald Espino Menacho,
José Emilio Paiva Herrera, María del Rosario Márquez Torres y Carmen Beatriz Olaya Saldarriaga.

En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modificatorias; y a lo dispuesto en el Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría N° 220-2011-CG;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluidas las designaciones de los señores David Adolfo Silva Cervantes, Washington Aparicio Ortega, Harrison Antonio Godoy Barreto, Emerson Rucoba Tananta, Johnny Carlo Rubina Meza, Manuel Eduardo Pérez Rivera, Walter Chumpitaz Huambachano,
Juana Luz Llacsahuanga Chávez, Percy Ronald Espino Menacho, José Emilio Paiva Herrera, María del Rosario Márquez Torres y Carmen Beatriz Olaya Saldarriaga, de las Jefaturas de los Órganos de Control Institucional que a continuación se detallan:

Nombres y Apellidos D.N.I Entidad David Adolfo Silva Cervantes 29722301 Gobierno Regional Puno Washington Aparicio Ortega 23952086 Gobierno Regional Huancavelica Harrison Antonio Godoy Barreto 00370144 Gobierno Regional Ayacucho Emerson Rucoba Tananta 21145111 Gobierno Regional Ucayali Johnny Carlo Rubina Meza 31662356 Gobierno Regional Arequipa Manuel Eduardo Pérez Rivera 16502627 Gobierno Regional Junín Walter Chumpitaz Huambachano 06999488 Seguro Social de Salud - ESSALUD Juana Luz Llacsahuanga Chávez 08379916
Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A – Editora Perú S.A Percy Ronald Espino Menacho 07927408 Ministerio de Defensa José Emilio Paiva Herrera 25692933 Ministerio de Energía y Minas María del Rosario Márquez Torres 10274885
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT Carmen Beatriz Olaya Saldarriaga 25599322 Ministerio de Relaciones Exteriores Artículo Segundo.- En tanto se designe al nuevo jefe del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Puno, Gobierno Regional Huancavelica, Gobierno Regional Ayacucho, Gobierno Regional Ucayali, Gobierno Regional Arequipa, Gobierno Regional Junín, Seguro Social de Salud
– ESSALUD, Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A – Editora Perú S.A, Ministerio de Defensa, Ministerio de Energía y Minas, Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT y Ministerio de Relaciones Exteriores, los titulares de las entidades indicadas deberán garantizar el normal desarrollo de la actividad de dicho Órgano, disponiendo el encargo de las funciones de la jefatura conforme a lo dispuesto en el artículo 47° y el literal c) del artículo 48° del Reglamento de los Órganos de Control Institucional, a un profesional que reúna los requisitos establecidos en el artículo 25° del mismo Reglamento, dando cuenta de ello a este Órgano Superior de Control.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FUAD KHOURY ZARZAR
Contralor General de la República

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