1/16/2013

Resolución de Intendencia N° 123-024-0002011/SUNAT Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Loreto Intendencia Regional Loreto

Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Loreto Intendencia Regional Loreto SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 123-024-0002011/SUNAT Iquitos, 8 de enero del 2013. CONSIDERANDO: Que, es necesario designar a nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Loreto para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el Artículo 114° del T exto Único Ordenado del Código Tributario,
Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Loreto Intendencia Regional Loreto

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 123-024-0002011/SUNAT


Iquitos, 8 de enero del 2013.

CONSIDERANDO:

Que, es necesario designar a nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Loreto para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva;

Que, el Artículo 114° del T exto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y modificatoria, establece los requisitos que deben reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo;

Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados;

Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del Artículo 7° de la Ley N° 26979 no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Público;

Que, a través del Artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT se faculta, entre otros, a los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada intendencia;

Que, de acuerdo con los Artículos 50° y 52° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N° 115-2002-PCM del 28 de octubre de 2002, el Intendente Regional es el funcionario de más alto nivel de una Intendencia Regional y el responsable de la misma y las Oficinas Zonales son órganos directamente dependientes de aquellas;

En aplicación de los Artículos 50° y 52° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y en ejercicio de las facultades conferidas por la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT.

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Loreto, al funcionario que se indica a continuación:

ORD REG. DNI APELLIDOS NOMBRES
1 7768 40641489 LOPEZ TORRES RAMIREZ JULIO CESAR
Regístrese, comuníquese y publíquese.

ERICK ANTONIO CÁRDENAS GARCÍA
Intendente

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