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Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi N° 005-2013-INDECOPI/COD Autorizan viaje de Gerente de Estudios Económicos del INDECOPI a la República Francesa, en comisión de servicios
1/19/2013
Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi N° 005-2013-INDECOPI/COD Autorizan viaje de Gerente de Estudios Económicos del INDECOPI a la República Francesa, en comisión de servicios
Autorizan viaje de Gerente de Estudios Económicos del INDECOPI a la República Francesa, en comisión de servicios INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 005-2013-INDECOPI/COD Lima, 16 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 02 de diciembre de 2011, el Secretario General de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), informó al
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 005-2013-INDECOPI/COD
Lima, 16 de enero de 2013
CONSIDERANDO:
Que, mediante carta de fecha 02 de diciembre de 2011, el Secretario General de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), informó al Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú que el Consejo de la OCDE ha decidido invitar al Perú a participar como Observador Regular por un periodo de dos años (hasta el 31 de diciembre de 2013) en el Comité de Competencia de la OCDE, así como en sus Grupos de Trabajo sobre Competencia y Regulación, y sobre Cooperación y Aplicación;
Que, la OCDE tiene por misión promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo, ofreciendo un foro donde los gobiernos pueden trabajar conjuntamente para compartir experiencias y buscar soluciones a los problemas comunes, colaborando con los gobernantes para entender qué es lo que conduce al cambio económico, social y ambiental, midiendo la productividad y los flujos globales del comercio e inversión, analizando y comparando datos para predecir las tendencias futuras, y fijando estándares internacionales dentro de un amplio rango, desde la agricultura y los impuestos hasta la seguridad en productos químicos;
Que, en la citada carta, la OCDE señala que la invitación se extiende en reconocimiento a los importantes logros alcanzados por el Perú en el campo de su política de competencia, y en atención al interés demostrado por nuestro país en incorporarse como miembro de dicho organismo, habiéndose por tal motivo decidido convocar al Perú, para que intervenga en calidad de Observador Regular, con la finalidad de participar activamente de los comités, mesas de trabajo y foros, además de difundir las buenas prácticas del Comité de Competencia de la OCDE;
Que, en este contexto, mediante comunicación electrónica de fecha 30 de octubre de 2012, la OCDE ha cursado invitación al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
–INDECOPI, para participar en las reuniones del Grupo de Trabajo N° 2 sobre Competencia y Regulación y del Grupo de Trabajo N° 3 sobre Cooperación y Aplicación, así como en el Comité de Competencia de la OCDE, a desarrollarse del 25 al 27 de febrero de 2013, en la ciudad de París, República Francesa;
Que, asimismo, la OCDE ha cursado invitación al INDECOPI, mediante comunicación de fecha 13 de noviembre de 2012, para participar en el Foro Global de Competencia, a realizarse del 28 de febrero al 1 de marzo de 2013, en la referida ciudad;
Que, el Perú -a través del INDECOPI- ha obtenido la sede del próximo Foro Latinoamericano de Competencia OCDE-BID (FLC), que se llevará a cabo los días 3 y 4 de septiembre de 2013, en la ciudad de Lima, República del Perú;
Que, en ese sentido, mediante comunicación electrónica de fecha 21 de diciembre de 2012, la OCDE cursó invitación al INDECOPI para participar en las reuniones preparatorias del referido evento que se realizarán los días 27 febrero y 1 de marzo de 2013, en la ciudad de Paris, República Francesa;
Que, dada la estructura y funciones del Comité de Competencia de la OCDE, la participación del INDECOPI en los referidos eventos le permitirá intercambiar experiencias y discutir los casos de mayor relevancia jurídica en temas de competencia en el país, con las principales autoridades mundiales en la materia, además de acceder al apoyo técnico que el referido Comité ofrece a los gobiernos, así como a los documentos de análisis, estudios sectoriales y recomendaciones de políticas de competencia elaborados por el mismo;
Que, resulta importante para el Perú, en su condición de Observador Regular del Comité de Competencia de la OCDE, participar activamente y cooperar con las funciones del mismo;
Que, atendiendo a lo expuesto, se considera necesaria la participación del señor Santiago de Jesús Dávila Philippon, Gerente de Estudios Económicos del INDECOPI, en los referidos eventos, dado que será el encargado de elaborar la información requerida para las reuniones de los Grupos de Trabajo y el Comité de Competencia de la OCDE, además de ser el responsable de realizar las coordinaciones y atender los compromisos que se deriven de su participación en las mencionadas reuniones;
Que, del mismo modo, resulta importante la participación del referido funcionario en el Foro Global de Competencia de la OCDE, puesto que permitirá dar continuidad y desarrollar los temas que se trabajan en el Comité de Competencia de la OCDE, teniendo en cuenta que el INDECOPI tiene entre sus principales funciones, la promoción del mercado y el fomento de una cultura de leal y honesta competencia; asimismo, su asistencia en las reuniones preparatorias del próximo Foro Latinoamericano de Competencia OCDE-BID
(FLC) le permitirá determinar los temas, contribuciones y la logística necesaria para el desarrollo del referido evento;
Que, los gastos por concepto de viáticos que genere la participación del mencionado representante serán asumidos por el Programa de Fortalecimiento de Instituciones y Capacidades en el Área de Políticas de Competencia y Protección del Consumidor de la Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y Desarrollo (Programa COMPAL), mientras que los gastos por concepto de pasajes serán asumidos por el INDECOPI;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y, el inciso g) del Artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y modificado por Decreto Supremo N° 107-2012-PCM;
RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Santiago de Jesús Dávila Philippon, Gerente de Estudios Económicos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, del 22 de febrero al 02 de marzo de 2013, a la ciudad de París, República Francesa.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes (Incluido Impuestos) US$ 3 200
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el participante deberá presentar ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
– INDECOPI, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos.
Artículo 4°.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HEBERT TASSANO VELAOCHAGA
Presidente del Consejo Directivo
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