1/27/2013

Resolución de Presidencia N° 08-2013-PD/OSIPTEL Delegan facultades en el Gerente General del OSIPTEL durante el Ejercicio

Delegan facultades en el Gerente General del OSIPTEL durante el Ejercicio Fiscal 2013, para aprobar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 08-2013-PD/OSIPTEL Lima, 24 de enero de 2013 VISTO: El Informe N° 010-GPP/2013 de fecha 16 de enero del presente año, que contiene la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre la facultad de delegar la atribución
Delegan facultades en el Gerente General del OSIPTEL durante el Ejercicio Fiscal 2013, para aprobar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 08-2013-PD/OSIPTEL


Lima, 24 de enero de 2013
VISTO:

El Informe N° 010-GPP/2013 de fecha 16 de enero del presente año, que contiene la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre la facultad de delegar la atribución del Titular del OSIPTEL para aprobar las modificaciones presupuestales en el Gerente General;

CONSIDERANDO:

Que, en el caso del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL-, en virtud a lo dispuesto por el numeral 6.3 del artículo 6° de la Ley N° 27332 'Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos', el Presidente del Consejo Directivo ejerce funciones ejecutivas de dirección del Organismo Regulador y es el Titular de la entidad;

Que, el marco jurídico que regula las fases de programación, formulación, aprobación, ejecución, evaluación del presupuesto, y el control del gasto de las entidades públicas, está determinado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley N° 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público vigente para el presente año fiscal;

Que, teniendo en cuenta lo dispuesto por el numeral 7.1 del artículo 7° del citado Decreto Supremo, el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado;

Que, asimismo, el numeral 40.2 del artículo 40° del citado Decreto Supremo, señala que el Titular de la entidad podrá delegar la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, la facultad a delegar en el Gerente General resulta compatible con las funciones asignadas por el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 104-2010-PCM; en tanto, la Gerencia General a su cargo es la Unidad Orgánica responsable de la marcha administrativa de la institución;

Que, en virtud de lo dispuesto en el numeral 67.4 del artículo 67° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se deberá hacer mención de la delegación de facultades y atribuciones en los actos administrativos que por delegación emita el Gerente General;

Con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y, de conformidad con el Decreto Supremo N° 304-2012-EF Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del sector público para el año fiscal 2013, y las atribuciones conferidas por el Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2001-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Delegar en el Gerente General del OSIPTEL, durante el Ejercicio Fiscal 2013, la facultad del Titular del Pliego 019 – Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, para aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático. El Gerente General deberá informar a la Presidencia del Consejo Directivo, de manera trimestral, sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta por la presente resolución.

Artículo 2°.- Remítase copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 3°.- La presente Resolución deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO MARTÍN RUIZ DÍAZ
Presidente del Consejo Directivo

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