1/24/2013

Resolución de Secretaría de Descentralización N° 008-2013-PCM/SD Disponen inscripción de la 'Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco

Disponen inscripción de la 'Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana - LAMIN' en el Registro de Mancomunidades Municipales PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 008-2013-PCM/SD Lima, 21 de enero de 2013 VISTOS: Los oficios N° 002-2012-RHFO-LAMIN y N° 001-2013/RHFO-LAMIN; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal N° 005-2012-MDI de la Municipalidad Distrital de Indiana, la Ordenanza Municipal N° 009-2012-A-MDLA
Disponen inscripción de la 'Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana - LAMIN' en el Registro de Mancomunidades Municipales

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 008-2013-PCM/SD


Lima, 21 de enero de 2013
VISTOS:

Los oficios N° 002-2012-RHFO-LAMIN y N° 001-2013/RHFO-LAMIN; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal N° 005-2012-MDI de la Municipalidad Distrital de Indiana, la Ordenanza Municipal N° 009-2012-A-MDLA de la Municipalidad Distrital de Las Amazonas, la Ordenanza Municipal N° 014-2012- A-MDM de la Municipalidad Distrital de Mazan; el Acta de Constitución; el Estatuto de la 'Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN' y los Informes N° 066-2012-PCM/SD-OGI-VQA y N° 003-2013–PCM/SD-OGI-VQA; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el artículo 2°, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más Municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos;

Que, la Ley citada en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal;

Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales;

Que, mediante el Oficio N° 002 -2012-RHFO-LAMIN, la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Indiana y Presidenta del Consejo Directivo de la 'Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN' solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Indiana, Las Amazonas y Mazan de la provincia de Maynas en el Departamento de Loreto;

Que según oficio N° 2460-2012-PCM/SD, la Secretaría de Descentralización remitió el informe N° 066-2012-PCM/SD-OGI que incluye observaciones relativas a la documentación remitida por la 'Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN';

Que, mediante el Oficio N° 001-2013/RHFO-LAMIN, la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Indiana y Presidenta del Consejo Directivo de la 'Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN', remite el Estatuto corregido y las Ordenanzas en concordancia con lo establecido en dicho Estatuto, con lo cual se levantaban las observaciones de la Secretaría de Descentralización;

Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico: institucional y demográfico; Gestión estratégica institucional: visión, misión, ámbito territorial, objeto, objetivos y desarrollo económico local; Gestión descentralizada: estructura orgánica, competencias y funciones, provisión de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinación, cooperación y colaboración; Sostenibilidad:

Capacidad de gestión y viabilidad;

Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Construcción y mejoramiento de la infraestructura vial, b) Fomento de la inversión privada y promoción del empleo, c) Promover la participación vecinal en el desarrollo local, d) Prestación del servicio de limpieza pública, e) Prestación del servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe;

Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específicas las siguientes: a) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito, b) Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planificación, gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social, así como de apoyo a la población en riesgo, c) Proveer el servicio de limpieza determinando las áreas de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios, d)
Administrar el servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe. Del mismo modo el Estatuto establece como delegación de funciones compartidas a las siguientes:
a) Formular, evaluar y gestionar el financiamiento para su posterior ejecución de los proyectos de inversión pública en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, b) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de las obras de infraestructura urbana o rural que sean indispensables para el desenvolvimiento de la vida del vecindario, la producción, el comercio el transporte y la comunicación en el distrito, tales como las pistas o calzadas, vías, puentes, parques, mercados, canales de irrigación locales comunales y obras similares, en coordinación con la municipalidad provincial respectiva, c) Otras funciones que posteriormente delegue el Consejo Directivo;

Que, finalmente, el Estatuto de la 'Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN', contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefinida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de Municipalidades, requisitos para su modificación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución;

Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la 'Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN', la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General;

Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Indiana, Las Amazonas y Mazan de la provincia de Maynas en el Departamento de Loreto, aprueban la constitución de la 'Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN'; ratificando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General;

Que, acorde con el Informe N° 003-2013–PCM/SD-OGI-VQA, la 'Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN' ha levantado las observaciones señaladas por la Secretaría de Descentralización y que por lo tanto en la elaboración de los documentos del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11° del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de la Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la 'Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN', en el Registro de Mancomunidades Municipales;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029 de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la 'Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN'; integrada por las Municipalidades Distritales de Indiana, Las Amazonas y Mazan de la provincia de Maynas en el Departamento de Loreto; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública.

Artículo 2°.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la 'Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN', como sigue:
- Presidente: Sra. Janet Reátegui Rivadeneyra,
Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Indiana.
- Director: Sr. Aldo Camilo Paino Inuma, Alcalde de la Municipalidad Distrital Las Amazonas.
- Director: Sr. Edward Reátegui Salas, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Mazan Artículo 3°.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la 'Mancomunidad Municipal Ruta Histórica de Francisco de Orellana-LAMIN', en el Registro de Mancomunidades Municipales.

Artículo 4°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe.

Artículo 5°.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA MADELEINE FLORIÁN CEDRÓN
Secretaria de Descentralización

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