1/26/2013

Resolución Directoral N° 001-2013-EF/51.01 Establecen disposiciones para el registro y transmisión de información

Establecen disposiciones para el registro y transmisión de información financiera y presupuestaria por parte de las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado ECONOMIA Y FINANZAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 001-2013-EF/51.01 Lima, 23 de enero de 2013 Visto: El Memorando N° 082-2012-EF/51.06 de la Dirección de Empresas Públicas de la Dirección General de Contabilidad Pública, que propone la obligación de registrar y transmitir en forma mensual los estados financieros y presupuestarios para
Establecen disposiciones para el registro y transmisión de información financiera y presupuestaria por parte de las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado

ECONOMIA Y FINANZAS
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 001-2013-EF/51.01


Lima, 23 de enero de 2013
Visto: El Memorando N° 082-2012-EF/51.06 de la Dirección de Empresas Públicas de la Dirección General de Contabilidad Pública, que propone la obligación de registrar y transmitir en forma mensual los estados financieros y presupuestarios para las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado.

CONSIDERANDO:

Que, los incisos a) y b) del artículo 7° de la Ley N° 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, señalan como atribuciones de la Dirección General de Contabilidad Pública, entre otras, la de aprobar las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector público; y elaborar la Cuenta General de la República;

Que, con Resolución Directoral N° 016-2012-EF/51.01 del 11 de diciembre de 2012 se modificó la Directiva N° 002-2011-EF/51.01 aprobada con Resolución Directoral N° 015-2011-EF/51.01 del 16 de diciembre del 2011 respecto a la 'Preparación y presentación de Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria y de Metas de Inversión para la elaboración de la Cuenta General de la República por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado';

Que, con Resolución Directoral N° 011-2012-EF/51.01 del 04 de abril de 2012 se aprobó la Directiva N° 002-2012-EF/51.01 'Preparación y presentación de información Financiera, Presupuestaria y Complementaria trimestral y semestral por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado';

Estando a lo propuesto por la Dirección de Empresas Públicas y con la visación de la Dirección de Normatividad; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 42° de la Ley N° 28112 Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público y el artículo 7° de la Ley N° 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la obligación de registrar y transmitir en los cinco (05) primeros días hábiles del mes siguiente posterior a la fecha de vencimiento de cada mes la información financiera y presupuestaria, correspondiente a los meses de enero, febrero, abril, mayo, julio, agosto, octubre, noviembre y diciembre, este último independientemente de la información que se presenta al Cierre Contable del Ejercicio, para lo cual deberán acceder a las direcciones electrónicas: http://apps2.mef.gob.pe/siafmef/index.jsp y http://apps2.mef. gob.pe/empresa/index.jsp donde ubicarán los formatos siguientes para el registro de los datos:

Información Financiera EF-1 Estado de Situación Financiera / Balance General EF-2 Estado de Resultados Integrales / Estado de Ganancias y Pérdidas Información Presupuestaria PP-1 Presupuesto Institucional de Ingresos PP-2 Presupuesto Institucional de Gastos EP-1 Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Gastos EP-2 Estado de Fuentes y Usos de Fondos EP-3 Clasificación Funcional del Gasto EP-4 Distribución Geográfica del Gasto Artículo 2°.- La transmisión mensual de la información financiera y presupuestaria señalada en el artículo 1° no exime a los usuarios de presentar la información contable correspondiente al primer y tercer trimestre así como la presentación semestral y anual conforme señalan las Directivas vigentes para cada caso.

Artículo 3°.- La presente Resolución rige a partir del mes de enero del ejercicio fiscal 2013.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ
Director General de Contabilidad Pública

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