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Resolución Directoral N° 002-2013-COFOPRI/DE Delegan funciones de la Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial – SNCP
1/15/2013
Resolución Directoral N° 002-2013-COFOPRI/DE Delegan funciones de la Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial – SNCP
Delegan funciones de la Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial – SNCP ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 002-2013-COFOPRI/DE Lima, 10 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 803 - Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal y Ley N° 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI,
ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 002-2013-COFOPRI/DE
Lima, 10 de enero de 2013
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 803 - Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal y Ley N° 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, conforme a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley N° 28923 - Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos;
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, modifica el artículo 9° de la Ley N° 28924 – Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el Registro de Predios, designando al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, como Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial, independientemente de sus funciones específicas de acuerdo a su ley de creación;
Que, el artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado por el Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, concordante con el tercer párrafo del artículo 2° del Decreto Legislativo N° 803, modificado por la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley N° 28923, establecen que el Director Ejecutivo es la máxima autoridad de COFOPRI, quien ejerce la titularidad del pliego presupuestal;
Que, los literales q) y r) del artículo 10° del Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, establecen como una de las funciones de la Dirección Ejecutiva de COFOPRI, delegar sus funciones en otros funcionarios de la Entidad y todas las demás que le señalen las disposiciones legales vigentes o que sean delegadas o inherentes a su cargo;
Que, en ese sentido el Director Ejecutivo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, asume las funciones de la Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral, establecidas en el artículo 10° de la Ley N° 28294, pudiendo ser delegadas en otro funcionario de la Entidad, de acuerdo a lo señalado en el considerando precedente;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 803, Leyes N° 28923, N° 29951 y N° 28924 y Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA;
Con el visado de la Secretaría General y la Oficina de Asesoría Jurídica de COFOPRI;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Delegar en el señor ingeniero Luis Félix Cutti Flores, Director de Catastro del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal
– COFOPRI, las funciones de la Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial – SNCP, quien tendrá a su cargo las funciones señaladas en el artículo 10° de la Ley N° 28294, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web institucional: www.cofopri.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AIS TARABAY YAYA
Director Ejecutivo Organismo de Formalización de la Propiedad Informal -COFOPRI
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