1/16/2013

Resolución Directoral N° 005-2013-CENFOTUR/DN Delegan diversas facultades en el funcionario a cargo de la Secretaría General del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, durante

Delegan diversas facultades en el funcionario a cargo de la Secretaría General del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, durante el Ejercicio Fiscal 2013 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 005-2013-CENFOTUR/DN Barranco, 10 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR es un Organismo Público Técnico Especializado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, con autonomía académica, económica, financiera y administrativa
Delegan diversas facultades en el funcionario a cargo de la Secretaría General del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, durante el Ejercicio Fiscal 2013

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 005-2013-CENFOTUR/DN


Barranco, 10 de enero de 2013
CONSIDERANDO:

Que, el Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR es un Organismo Público Técnico Especializado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, con autonomía académica, económica, financiera y administrativa de conformidad con el Decreto Ley N° 22155;
que tiene como finalidad planificar y ejecutar la política educativa para la formación profesional en su primera y segunda especialización;

Que, en aplicación del principio de desconcentración de los procesos a que se refiere la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, esta dirección considera concerniente delegar facultades propias de la Dirección Nacional en materia presupuestal y de gestión administrativa, en el funcionario a cargo de la Secretaría General así como en el funcionario a cargo de la Oficina de Administración y Finanzas;

Que conforme al numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Titular de la entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente dicha Ley, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la norma de creación de la entidad;

Con la visación de Secretaría General, la Oficina de Administración y Finanzas, la Oficina de Planificación,
Presupuesto y Desarrollo, y la Oficinade Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y el Decreto Supremo N° 016-2011-MINCETUR, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del CENFOTUR;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Delegar en el funcionario a cargo de la Secretaría General del Centro de Formación en Turismo-CENFOTUR, durante el Ejercicio Fiscal 2013, las siguientes facultades:

EN MATERIA NORMATIVA Y CONVENCIONAL
1.1 Aprobar las Directivas y/o Manuales, así como todo documento normativo que regule los actos de administración interna, elaboración de documentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnico – normativo y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de carácter interno.

EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
1.2 Aprobar el plan anual de Contrataciones y las modificatorias al Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 180 Centro de Formación en Turismo-CENFOTUR.
1.3 Aprobar Bases Administrativas de los procesos de selección correspondientes a Licitación Pública y Concurso Público, que realice la Unidad Ejecutora 180 – Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR; así como Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de la declaratoria de desierto de los procesos de selección mencionados;
1.4 Designar a los miembros integrantes de los Comités Especiales Ad Hoc y Comités Especiales Permanentes, que tendrán a su cargo la organización, conducción y ejecución de los procesos de selección que convoque la entidad; así como disponer la modificación de la conformación de los mismos, de ser el caso.
1.5 Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales, o la reducción de lasmismas, siempre que se cuente con la asignación presupuestaria suficiente, ambas hasta por el veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, que tengan como objeto la contratación de bienes y servicios, para el caso de procesos de selección correspondientes a Licitación Pública y Concurso Público así como en el caso de Adjudicaciones Menores Cuantía, derivadas de la declaratoria de desierto de los indicados procesos de selección.
1.6 Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios, de conformidad con la normativa de contratación pública.

EN MATERIA ADMINISTRATIVA
1.7 Designar comisiones, comités y/o similares al interior de la entidad, así como disponer la modificación de la conformación de los mismos, de ser el caso.

EN MATERIA PRESUPUESTAL
1.8 Aprobar las modificaciones presupuestarias de la unidad ejecutora 180: Centro de Formación en Turismo-CENFOTUR, previo informe técnico debidamente sustentado de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, de acuerdo con el numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley N° 28411, Ley del Sistema General de Presupuesto.
1.9 Remitir el proyecto de presupuesto de la unidad ejecutora 180: Centro de Formación en Turismo-CENFOTUR,a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso.

Artículo Segundo.- Delegar en el funcionario a cargo de la Oficina de Administración y Finanzas del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, durante el Ejercicio Fiscal 2013, las siguientes facultades EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
2.1 Aprobar los expedientes de contratación, para la realización de los procesos de selección que convoque la entidad.
2.2 Aprobar las Bases Administrativas de los procesos de selección correspondientes a Adjudicación Directa Publica, Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía que realice la Unidad Ejecutora 180 -Centro de Formación en Turismo-CENFOTUR; así como de Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de la declaratoria de desierto de los procesos de selección indicados.
2.3 Cancelar los procesos de selección convocados, de conformidad con lo establecido en la normativa de contratación pública.
2.4 Celebrar contratos y addendas derivados de procesos de selección convocados en el marco de lo dispuesto en la normativa de contratación pública.
2.5 Autorizar las ampliaciones de plazo solicitadas por los contratistas, en el marco de lo dispuesto en la normativa de contratación pública.
2.6 Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales, o la reducción de las mismas, siempre que se cuente con la asignación presupuestaria necesaria, ambas hasta por el veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, que tengan como objeto la contratación de bienes y servicios, para el caso de procesos de selección de Adjudicación Directa Pública, Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantías, así como en el caso de Adjudicaciones de Menores Cuantías, derivadas de la declaratoria de desierto de los procesos de selección mencionados, de conformidad con la normativa de contratación pública.
2.7 Resolver contratos relativos a la contratación de bienes y servicios.

EN MATERIA ADMINISTRATIVA
2.8 Aprobar las solicitudes de baja y alta de bienes inmuebles mediante expedición de resoluciones y aprobar los demás actos administrativos de disposición que deriven de los mismos.
2.9 Suscribir contratos de carácter administrativo en representación del CENFOTUR, así como aquellos relacionados con disposición de bienes muebles o inmuebles.
2.10 Representar a la Unidad Ejecutora 180 – Centro de Formación en Turismo-CENFOTUR, ante las diferentes entidades públicas para realizar cualquier tipo de acto y/o actividad que resulten necesarias para el mejor desarrollo de las funciones del CENFOTUR, entre las que se encuentra:
2.10.1 La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT.

Para el caso de representación ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, se hace extensiva dicha atribución en su nivel y competencia, al Jefe de la Unidad de Tesorería de la Oficina de Administración y Finanzas.
2.10.2 El Servicio de Administración Tributaria – SAT.
2.10.3 El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI,
2.10.4 La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP y sus oficinas de las Zonas Registrales.
2.10.5 El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado.
2.10.6 Las Municipalidades, y;
2.10.7 Telefónica SAA.
2.11 Emitir los actos administrativos y efectuar los trámites correspondientes a la disposición, adquisición arrendamiento y administración de bienes estatales, inclusive los referidos a la autorización y aceptación de donaciones de bienes muebles e inmuebles, a que se refiere la Ley N° 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, así como efectuar los trámites que correspondan que se deriven de los mismos; así como presentar ante la entidad propietaria y la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, los expedientes técnicos que se requieran para los actos de disposición, adquisición, arrendamiento, o administración de los bienes estatales.
2.12 Expedir Resoluciones sobre acciones administrativas para el castigo de las Cuentas Incobrables: Castigo Directo y Castigo Indirecto, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Instructivo N° 3 'Provisión y Castigo de las Cuentas Incobrables', aprobado por Resolución de Contaduría N° 067-97-EF/93.01 y sus modificatorias.
2.13 Expedir Resoluciones sobre acciones administrativas del personal de la entidad que no sean de confianza, para celebración de contratos, asignaciones, ceses rotaciones, licencias, destaques, encargo de funciones y de puestos de responsabilidad directiva; rectificación de nombres y/o apellidos; y todas aquellas que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal.
2.14 Expedir Resoluciones otorgando cuentas por encargo así como sus modificatorias; así como la apertura del Fondo Fijo para Caja Chica de Lima y Centros Filiales.
2.15 Autorizar las prórrogas, otorgamiento de facilidades, exoneraciones, condonaciones y rebajas del pago de las pensiones, intereses y/o penalidades correspondientes.
2.16 Expedir Resoluciones sobre reconocimiento de deuda debidamente justificado y documentado.

Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina de Administración y Finanzas, y de la Secretaría General, los alcances de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DIANA TAMASHIRO OSHIRO
Directora Nacional Centro de Formación en Turismo

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