1/11/2013

Resolución Ministerial N° 002-2013-PCM Conforman la 'Mesa de Trabajo para el Desarrollo del distrito de Kañaris, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque'

Conforman la 'Mesa de Trabajo para el Desarrollo del distrito de Kañaris, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque' PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 002-2013-PCM Lima, 8 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, en el distrito de Kañaris, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, se requiere promover el proceso de desarrollo entre los agentes de los sectores público y privado sobre las necesidades de la población en cuanto a servicios básicos y públicos,
Conforman la 'Mesa de Trabajo para el Desarrollo del distrito de Kañaris, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque'

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 002-2013-PCM


Lima, 8 de enero de 2013
CONSIDERANDO:

Que, en el distrito de Kañaris, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, se requiere promover el proceso de desarrollo entre los agentes de los sectores público y privado sobre las necesidades de la población en cuanto a servicios básicos y públicos, para analizar las alternativas viables de solución;

Que, se hace necesario el apoyo y presencia del Poder Ejecutivo para la implementación de proyectos de desarrollo y ejecución de obras necesarias en el distrito de dicha provincia;

Que, las autoridades distrital, provincial y regional son responsables de la ejecución de los proyectos de desarrollo en sus zonas, dadas las competencias recibidas como parte del proceso de descentralización y regionalización;

Que, la autoridad distrital de Kañaris y la autoridad provincial de Ferreñafe podrán presentar, ante el Gobierno Regional de Lambayeque, proyectos que hayan identificado en materia de transportes y comunicaciones, desarrollo productivo, educación, salud, entre otros, susceptibles de ser desarrollados en dicho distrito;

Que, entre las políticas de Estado se contempla la institucionalización de mesas de desarrollo para facilitar espacios de trabajo conjunto entre las autoridades del Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y locales;
impulsando alternativas de solución a los problemas existentes y preservando la seguridad de las personas, el orden público y la paz social;

Que, en ese contexto, resulta pertinente conformar el Grupo de Trabajo denominado 'Mesa de Trabajo para el Desarrollo del Distrito de Kañaris, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque', con la participación de representantes del Poder Ejecutivo, autoridades de nivel distrital, provincial y regional, con la finalidad de promover el desarrollo integral de dicho distrito;

Que, el referido Grupo de Trabajo deberá coadyuvar al desarrollo integral del distrito de Kañaris, respetando el marco jurídico vigente en nuestro país, lo que implica la necesidad de integrar los elementos económicos y sociales involucrados;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Conformación del Grupo de Trabajo Confórmese el Grupo de Trabajo denominado 'Mesa de Trabajo para el Desarrollo del distrito de Kañaris, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque', con la finalidad de promover el desarrollo integral del distrito de Kañaris, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, y apoyar en la implementación de los proyectos de desarrollo y ejecución de obras que presenten las autoridades distrital y provincial.

Artículo 2.- Integrantes El Grupo de Trabajo a que se refiere el artículo precedente estará integrado de la siguiente manera:
- Un (1) representante del Ministerio de Energía y Minas, quien la presidirá;
- Un (1) representante de la Presidencia de Consejo de Ministros;
- Un (1) representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
- Un (1) representante del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento;
- Un (1) representante del Ministerio de Agricultura;
- Un (1) representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
- Un (1) representante del Ministerio de Salud;
- Un (1) representante del Ministerio de Educación;
- Un (1) representante del Ministerio del Interior;
- Un (1) representante de la Autoridad Nacional del Agua;
- Un (1) representante del Gobierno Regional de Lambayeque;
- Un (1) representante de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe;
- Un (1) representante de la Municipalidad Distrital de Kañaris;
- Un (1) representante del Colegio de Ingenieros del Perú - Consejo Departamental de Lambayeque;
- Un (1) representante del Colegio de Economistas de Lambayeque;
- Un (1) representante de la Cámara de Comercio de Lambayeque;
- Un (1) representante de la Cámara de Comercio de Ferreñafe;
- Dos (2) representantes de la Comunidad de San Juan de Kañaris;
- Dos (2) representantes de la Comunidad de Túpac Amaru de Kañaris.

Artículo 3.- Designación de Representantes Los integrantes del Grupo de Trabajo deberán contar con un representante alterno, siendo ambos representantes, titular y alterno, designados mediante resolución del titular de la entidad a la que pertenecen, o mediante documento oficial en caso de instituciones privadas, dentro del plazo de (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución.

El Grupo de Trabajo denominado 'Mesa de Trabajo para el desarrollo del distrito de Kañaris, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque' se instalará en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contado a partir del día siguiente de culminado el plazo de designación de los representantes que conforman el indicado Grupo de Trabajo.

Artículo 4.- Secretaría Técnica La Oficina General de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas actuará como Secretaría Técnica del citado Grupo de Trabajo, y estará a cargo de coordinar las acciones necesarias a fin de coadyuvar al cumplimiento de la finalidad encomendada en la presente Resolución Ministerial.

Articulo 5.- De la colaboración, asesoramiento y apoyo El Grupo de Trabajo denominado 'Mesa de Trabajo para el desarrollo del distrito de Kañaris, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque' podrá solicitar la colaboración, opinión y aporte técnico de los representantes de las entidades públicas y privadas;
para lo cual podrá convocar a los especialistas e instituciones que sean necesarios para la consecución de sus fines.

Artículo 6.- De la conformación de Sub Grupos de Trabajo Para el mejor cumplimiento de la finalidad establecida en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo podrá acordar la constitución y organización de Sub Grupos de Trabajo, de acuerdo a la necesidad y complejidad de los asuntos que se requiera tratar.

Artículo 7.- Gastos El funcionamiento del Grupo de Trabajo denominado
'Mesa de Trabajo para el desarrollo del distrito de Kañaris, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque'
no irrogará gastos adicionales al Estado.

Artículo 8.- Vigencia El Grupo de Trabajo denominado 'Mesa de Trabajo para el desarrollo del distrito de Kañaris, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque' tendrá una vigencia de doce (12) meses calendario, contado desde su instalación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros

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