1/12/2013

Resolución Ministerial N° 0032/RE-2013 Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Cuba, en comisión de servicios

Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Cuba, en comisión de servicios RELACIONES EXTERIORES RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0032/RE-2013 Lima, 10 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, del 11 al 12 de enero de 2013, el señor Ollanta Humala Tasso, Presidente de la República, realizará una visita de trabajo en la ciudad de La Habana, República de Cuba, para fortalecer la agenda de cooperación bilateral e impulsar nuevas aéreas de colaboración, así como realizar coordinaciones en su calidad de
Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Cuba, en comisión de servicios

RELACIONES EXTERIORES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0032/RE-2013


Lima, 10 de enero de 2013
CONSIDERANDO:

Que, del 11 al 12 de enero de 2013, el señor Ollanta Humala Tasso, Presidente de la República, realizará una visita de trabajo en la ciudad de La Habana, República de Cuba, para fortalecer la agenda de cooperación bilateral e impulsar nuevas aéreas de colaboración, así como realizar coordinaciones en su calidad de Presidente pro tempore de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), en vista del próximo inicio de la Presidencia de Cuba de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y del Caribe (CELAC);

Que, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Rafael Eduardo Beraún Araníbar,
Viceministro de Relaciones Exteriores, y el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Claudio Julio De la Puente Ribeyro, Director General de América, acompañarán al Presidente de la República, en su viaje a la ciudad de La Habana, República de Cuba, del 11 al 12 de enero de 2013;

Teniendo en cuenta el Memorándum (OPR) N°
OPR0011/2013, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 09 de enero de 2013, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modificatorias; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a la ciudad de La Habana, República de Cuba, del 11 al 12 de enero de 2013, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución:
• Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Rafael Eduardo Beraún Araníbar, Viceministro de Relaciones Exteriores; y,
• Embajador en el Servicio Diplomático de la República Claudio Julio De la Puente Ribeyro, Director General de América.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, por concepto de viáticos, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906:

Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, debiendo presentar la rendición de cuenta en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Viáticos por día US$
Número de días Total viáticos US$
José Rafael Eduardo Beraún Araníbar 240.00 2 + 1 720.00
Claudio Julio De la Puente Ribeyro 240.00 2 + 1 720.00
Artículo 3°.- El viaje de los citados funcionarios diplomáticos se realizará en el avión presidencial, por lo que no irrogará gasto por concepto de transporte aéreo al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 4°.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos presentarán ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista.

Artículo 5°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONÍ
Ministro de Cultura Encargado del Despacho de Relaciones Exteriores

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