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Resolución Ministerial N° 006-2013-MTC/02 Aprueban tasaciones de predios afectados por construcción de obras pertenecientes al Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur,
1/15/2013
Resolución Ministerial N° 006-2013-MTC/02 Aprueban tasaciones de predios afectados por construcción de obras pertenecientes al Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur,
Aprueban tasaciones de predios afectados por construcción de obras pertenecientes al Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú -Brasil, ubicados en el departamento de Apurímac TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 006-2013-MTC/02 Lima, 7 de enero de 2013 Vistas: Las Notas de Elevación N°s. 577 y 634-2012-MTC/20, de fechas 05 de octubre de 2012 y 21 de noviembre de 2012, respectivamente, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 006-2013-MTC/02
Lima, 7 de enero de 2013
Vistas: Las Notas de Elevación N°s. 577 y 634-2012-MTC/20, de fechas 05 de octubre de 2012 y 21 de noviembre de 2012, respectivamente, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remitiendo la solicitud de aprobación de dos (02) tasaciones que corresponden a predios afectados por la construcción de las obras complementarias de las unidades de peaje de Pichirhua y Pampamarca, pertenecientes al Tramo 1 del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27628, Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de Ley N° 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fijado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, el cual será aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios vía trato directo será el monto del valor comercial actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor;
Que, por Decreto Supremo N° 025-2006-VIVIENDA, se fusionó el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; en tanto que, por Resolución Ministerial N° 010-2007-VIVIENDA, se dispuso que la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo establecido en la Ley N° 23337 y en el Decreto Supremo N° 025-2006-VIVIENDA, será el órgano responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas públicas, que por su naturaleza no pueden ser ejecutadas por privados;
Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, en adelante PROVIAS NACIONAL, y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la Dirección Nacional de Construcción, en adelante DNC, suscribieron el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional N° 037-2009-MTC/20, con el objeto de establecer los mecanismos y procedimientos generales que faciliten la mutua colaboración y la suma de esfuerzos institucionales en beneficio del desarrollo nacional, en aplicación de lo dispuesto en las Leyes N°s.
27117- Ley General de Expropiaciones y 27628 - Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, y con la finalidad de que la DNC efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución de obras públicas realizadas por PROVIAS NACIONAL, así como los ejecutados por los Contratos de Concesión de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional, otorgados o a ser otorgados al Sector Privado bajo concesión o cualquier otra forma contractual que involucre una relación contractual de mediano a largo plazo;
Que, mediante Oficio N° 1014-2012/VIVIENDA-VMCS-DNC de fecha 10 de agosto de 2012, la DNC remitió los informes técnicos de tasación de los predios afectados por la construcción de las obras complementarias de las unidades de peaje de Pichirhua y Pampamarca, pertenecientes al Tramo 1 del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil;
Que, a través de los Memoranda N°s. 4899 y 6061-2012-MTC/20.6 de fechas 17 de setiembre de 2012 y 12 de noviembre de 2012, respectivamente, la Unidad Gerencial de Estudios del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL remitió los Informes N°s. 107 y 128-2012-MTC/20.6.3/JTA, del especialista legal PACRIs - CIRAs, mediante el cual se sustentó la necesidad de gestionar la aprobación de dos (02) tasaciones elaboradas por la DNC, que corresponden a predios afectados por la construcción de las obras complementarias de las unidades de peaje de Pichirhua y Pampamarca, pertenecientes al Tramo 1 del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil;
Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL con Informes N°s. 703 y 819-2012-MTC/20.3 de fechas 27 de setiembre de 2012 y 14 de noviembre de 2012, respectivamente, considera procedente efectuar el trámite para la aprobación de las tasaciones señaladas en el considerando precedente;
Que, con las Notas de Elevación N°s. 577 y 634-2012-MTC/20, de fechas 05 de octubre de 2012 y 21 de noviembre de 2012, respectivamente, la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL, remitió la solicitud formulada por la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL mediante Memoranda N°s. 4899 y 6061-2012-MTC/20.6, para la aprobación de dos (02) tasaciones elaboradas por la DNC, que corresponden a predios afectados por la construcción de las obras complementarias de las unidades de peaje de Pichirhua y Pampamarca, pertenecientes al Tramo 1 del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil; señalando además, su conformidad a la misma;
De conformidad con lo dispuesto por las Leyes N°s.
27628 y 29370, así como por el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar las tasaciones elaboradas por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondientes a dos (02) predios afectados por la construcción de las obras complementarias de las unidades de peaje de Pichirhua y Pampamarca, pertenecientes al Tramo 1 del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, ubicados en los distritos de Pichirhua y Cotaruse, provincias de Abancay y Aymaraes, departamento de Apurímac; conforme al siguiente detalle:
ÍTEM CÓDIGO
VALOR COMERCIAL
($)
1 UP-Pampamarca-01 216,00
2 UP-Pichirhua-01 4 231,92
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
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