1/19/2013

Resolución Ministerial N° 007-2013-TR Aprueban la 'Matriz de Metas e Indicadores de Desempeño 2013 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en el Marco de la Política

Aprueban la 'Matriz de Metas e Indicadores de Desempeño 2013 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en el Marco de la Política Nacional de Gobierno' TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 007-2013-TR Lima, 15 de enero de 2013 VISTO: El Oficio N° 041-2013-MTPE/4/9 del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo,
Aprueban la 'Matriz de Metas e Indicadores de Desempeño 2013 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en el Marco de la Política Nacional de Gobierno'

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 007-2013-TR


Lima, 15 de enero de 2013
VISTO: El Oficio N° 041-2013-MTPE/4/9 del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece entre las competencias exclusivas del Poder Ejecutivo, diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio para todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno;

Que, asimismo, el numeral 22.2 del artículo 22° de la referida Ley, señala que corresponde a los ministerios ejecutar y supervisar políticas nacionales y sectoriales;

Que, la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, prescribe en su artículo 3°, que el sector trabajo y promoción del empleo comprende el Ministerio, las entidades a su cargo y aquellas organizaciones públicas de nivel nacional y de otros niveles de gobierno que realizan actividades vinculadas a su ámbito de competencia;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM y modificatorias, se establecieron las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para todas las Entidades del Gobierno Nacional, a fin de que el conjunto de las instituciones y funcionarios públicos del Estado impulsen transversalmente su promoción y ejecución, en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales;

Que, el referido decreto supremo en su artículo 3° establece que, mediante resolución ministerial, cada ministerio deberá aprobar y publicar las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el conjunto de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia;

Que, en ese sentido, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha elaborado la 'Matriz de Metas e Indicadores de Desempeño 2013 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en el marco de la Política Nacional de Gobierno', la misma que es necesario aprobar;

Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Secretario General, y de los Jefes de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto; y,
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal b) del artículo 7° de su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2010-TR; y el Decreto Supremo N° 027-2010-PCM y modificatorias, que define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la 'Matriz de Metas e Indicadores de Desempeño 2013 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en el Marco de la Política Nacional de Gobierno', que en anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial.

Artículo 2°.- Los Directores, Jefes y Coordinadores de los Órganos, Unidades Orgánicas y Programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo son responsables del cumplimiento de las metas e indicadores a que hace referencia el artículo precedente.

Artículo 3°.- Disponer que la presente resolución y el anexo a que hace referencia el artículo 1°, se publiquen en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www. trabajo.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NANCY LAOS CÁCERES
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo

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