1/24/2013

Resolución Ministerial N° 011-2013-VIVIENDA Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Vivienda, Construcción

Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondientes al año 2013 VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 011-2013-VIVIENDA Lima, 15 de enero de 2013 VISTO, el Memorándum N° 066-2013/VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planificación y Presupuesto y el Informe N° 003-2013/VIVIENDA-OGPP-UPPR de la Unidad de Planificación, Programación y Racionalización; CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo,
Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondientes al año 2013

VIVIENDA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 011-2013-VIVIENDA


Lima, 15 de enero de 2013
VISTO, el Memorándum N° 066-2013/VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planificación y Presupuesto y el Informe N° 003-2013/VIVIENDA-OGPP-UPPR de la Unidad de Planificación, Programación y Racionalización;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 de la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece entre las competencias exclusivas del Poder Ejecutivo, la correspondiente a diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno;

Que, asimismo, el numeral 22.2 del artículo 22 de la referida Ley, señala que corresponde a los Ministerios ejecutar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas;

Que, la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio es el organismo rector del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, y tiene competencia para formular, aprobar y supervisar las políticas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento, correspondiéndole dictar las normas sectoriales de alcance nacional y supervisar su cumplimiento;

Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2007-PCM y modificatorias, se definieron y establecieron las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional;

Que, el artículo 3 del precitado Decreto Supremo, señala que mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, la que deberá ser aprobada dentro de los primeros quince días del mes de enero de cada año, los Ministerios publicarán las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia; asimismo, dichas metas deben corresponder a los programas multianuales y a sus estrategias de inversión y gasto social asociadas, conforme a lo establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación con los demás Ministerios;

Que, con documento de Visto, la Oficina General de Planificación y Presupuesto hace suyo el Informe N° 003-2013-VIVIENDA-OGPP-UPPR de la Unidad de Planificación, Programación y Racionalización, y propone la aprobación de las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, correspondiente al año 2013;

Con la visación del Viceministro de Vivienda y Urbanismo, de la Viceministra de Construcción y Saneamiento, de la Directora General de la Oficina General de Planificación y Presupuesto; y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento; y el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que define y establece las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondientes al año 2013, contenidas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- La Oficina General de Planificación y Presupuesto, a través de la Unidad de Planificación,
Programación y Racionalización, es la responsable de elaborar los informes de evaluación semestral de las Metas e Indicadores de Desempeño a que hace referencia el artículo precedente.

Artículo 3°.- Publicar la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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