1/15/2013

Resolución Ministerial N° 017-2013/MINSA Delegan en la Secretaría General del Ministerio la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias durante el Ejercicio Presupuestario

Delegan en la Secretaría General del Ministerio la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias durante el Ejercicio Presupuestario 2013 SALUD RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 017-2013/MINSA Lima, 10 de enero del 2013 VISTO: El Expediente N° 13-002728-001, que contiene el Informe N° 003-2013-OGPP-OP/MINSA, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se
Delegan en la Secretaría General del Ministerio la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias durante el Ejercicio Presupuestario 2013

SALUD
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 017-2013/MINSA


Lima, 10 de enero del 2013
VISTO: El Expediente N° 13-002728-001, que contiene el Informe N° 003-2013-OGPP-OP/MINSA, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios, procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11° de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77° y 78° de la Constitución Política del Perú;

Que, el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando así lo haya establecido expresamente dicho cuerpo normativo, así como las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad;

Que, el numeral 40.1 del artículo 40° de Ia mencionada Ley N° 28411, establece que son modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fiscal;

Que, el numeral 40.2 del citado artículo 40° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de Ia Oficina de Presupuesto o de Ia que haga sus veces en Ia Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa;

Que, el literal m) del artículo 8° de la Ley N° 27657,
Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministro de Salud puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función de Ministro de Estado;

Que, mediante Ley N° 29951, se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

Que, a efecto de facilitar la ejecución del proceso presupuestario en el Pliego 011, Ministerio de Salud, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe N° 003-2013-OGPP-OP/MINSA, ha sustentado la conveniencia de delegar en la Secretaria General del Ministerio de Salud, la facultad en materia presupuestal de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular del Pliego 011,
Ministerio de Salud, durante el período presupuestario 2013;

Estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Oficina de Presupuesto, y con las visaciones del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y,
De conformidad con lo establecido en el literal m) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, y en la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Delegar en la Secretaría General del Ministerio de Salud, durante el Ejercicio Presupuestario 2013, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular del Pliego 011, Ministerio de Salud.

Artículo 2°- Disponer que la delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso.

Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para conocimiento y fines.

Artículo 4°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución en el portal de internet del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dae normas.asp Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.