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Resolución Ministerial N° 019-2013 MTC/01 Delegan facultades para suscribir documentos que se requieran para implementar el 'Programa de Reasentamiento en los terrenos proporcionados
1/16/2013
Resolución Ministerial N° 019-2013 MTC/01 Delegan facultades para suscribir documentos que se requieran para implementar el 'Programa de Reasentamiento en los terrenos proporcionados
Delegan facultades para suscribir documentos que se requieran para implementar el 'Programa de Reasentamiento en los terrenos proporcionados por CORPAC SA -Santa Rosa' TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 019-2013 MTC/01 Lima, 10 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 25 de la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 019-2013 MTC/01
Lima, 10 de enero de 2013
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 25 de la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;
Que, conforme a lo señalado en los numerales 10.3 y 10.4 del artículo 10 de la Ley N° 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - en adelante LOF -, concordados con el artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC
- en adelante ROF -, el Ministro es el titular del Pliego Presupuestal y representa al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función;
Que, conforme se establece en el literal k) del artículo 7 del ROF , el Ministro tiene entre sus funciones específicas la de delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función de Ministro de Estado;
Que, mediante la Ley N° 27329 se declaró de necesidad pública la expropiación de los inmuebles adyacentes al Aeropuerto Internacional 'Jorge Chávez'; el artículo 6 de la citada norma, modificado por la Ley N° 29836, facultó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que, en coordinación con otras entidades competentes del Estado, efectúe el reasentamiento de la población afectada de los asentamientos humanos ubicados en el área de ampliación, desarrollo y mejora de la infraestructura del Aeropuerto Internacional 'Jorge Chávez';
Que, la norma anteriormente citada facultó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, entre otros, a efectuar el reasentamiento de la población afectada, en terrenos proporcionados por la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial – en adelante CORPAC SA -; para tales efectos, se dispuso la ejecución de todas las acciones que sean necesarias para la entrega de dichos terrenos a favor de los pobladores de los asentamientos humanos, con fines de vivienda;
Que, finalmente, el citado artículo 6 señaló que el beneficio señalado en el considerando precedente, se hace efectivo conforme a lo señalado en el Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario - en adelante PACRI - a cargo de la Dirección General de Asuntos Socio-Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, teniendo en cuenta la norma anteriormente citada, mediante Resolución Directoral N° 318-2012-MTC/16 la Dirección General de Asuntos Socio - Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobó el PACRI anteriormente citado, desarrollando en el numeral 7.1 del mismo el 'Programa de Reasentamiento en los terrenos proporcionados por CORPAC SA – Santa Rosa', indicando que el mismo consiste en la entrega de un lote de 120 m2 con su correspondiente vivienda básica para cada afectado;
Que, asimismo, el referido PACRI señala que la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, otorgará una Escritura Pública que garantice la asignación del lote a cada beneficiario, debiendo perfeccionarse la entrega de cada bien, una vez que se haya realizado la independización de los lotes asignados, conforme a lo señalado en el Anexo RSR-2 del PACRI;
Que, en consecuencia, es necesario delegar en el Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, las facultades necesarias para suscribir los documentos que se requieran para implementar el 'Programa de Reasentamiento en los terrenos proporcionados por CORPAC SA – Santa Rosa' contenido en el PACRI, asegurando de esta manera la implementación oportuna del citado Programa;
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Delegación de Facultades Delegar en el Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, las facultades necesarias para suscribir los documentos que se requieran para implementar el 'Programa de Reasentamiento en los terrenos proporcionados por CORPAC SA – Santa Rosa', contenido en el Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario - PACRI, aprobado por Resolución Directoral N° 318-2012-MTC/16, lo que incluye la Minuta y la Escritura Pública de Compromiso de Contratar contenida en el Anexo RSR-2 del PACRI y la Minuta y la Escritura Pública de Donación, entre otros, que resulten necesarios para dicha implementación.
Artículo 2.- Cumplimiento de requisitos y procedimientos legales.
La delegación de facultades autorizada por la presente Resolución no exime la obligación del cumplimiento de los requisitos y procedimientos legales establecidos en la normativa de la materia.
Artículo 3.- Obligación de Informar El Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones deberá informar mensualmente al Despacho Ministerial, bajo responsabilidad, sobre el ejercicio de las facultades delegadas mediante la presente Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
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