1/31/2013

Resolución Ministerial N° 089-2013-DE/SG Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de Ecuador,

Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de Ecuador, Venezuela y Brasil DEFENSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 089-2013-DE/SG Lima, 30 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nos. 033 y 075 del 17 y 28 de enero de 2013 respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República del Ecuador, sin armas de guerra; Que, con Oficio N° 070/2013-MINDEF/VPD/C/03
Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de Ecuador, Venezuela y Brasil

DEFENSA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 089-2013-DE/SG


Lima, 30 de enero de 2013
CONSIDERANDO:

Que, con Facsímiles (DSD) Nos. 033 y 075 del 17 y 28 de enero de 2013 respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República del Ecuador, sin armas de guerra;

Que, con Oficio N° 070/2013-MINDEF/VPD/C/03 del 25 de enero de 2013, el Director General de Educación y Doctrina del Ministerio de Defensa, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República del Ecuador;

Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 31 de enero de 2013 al 15 de enero de 2014, a fin de participar en el Programa de Comando y Estado Mayor Conjunto en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas del Perú;

Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modificado por el artículo único de la Ley N° 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad.

La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,
Estando a lo opinado por la Dirección General de Educación y Doctrina de este Ministerio; y de conformidad con la Ley N° 27856, modificada por la Ley N° 28899;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al Capitán de Corbeta Danilo Guillermo ESPINOZA Zambrano de la República del Ecuador, del 31 de enero de 2013 al 15 de enero de 2014, a fin que participe en el Programa de Comando y Estado Mayor Conjunto a cargo de la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas del Perú.

Artículo 2°.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley N° 28899.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa

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