1/16/2013

Resolución Presidencial Instituto Nacional Penitenciario N° 014-2013-INPE/P Delegan facultades en materia presupuestal para el año fiscal 2013 en el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del INPE

Delegan facultades en materia presupuestal para el año fiscal 2013 en el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del INPE INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 014-2013-INPE/P Lima, 15 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29951 se aprobó el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2013; Que, el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 2841 1 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
Delegan facultades en materia presupuestal para el año fiscal 2013 en el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del INPE

INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 014-2013-INPE/P


Lima, 15 de enero de 2013
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29951 se aprobó el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2013;

Que, el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 2841 1 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que el Titular de la Entidad es la más alta Autoridad ejecutiva y el funcionario responsable en materia presupuestaria, siendo que las funciones que ostenta en materia presupuestaria pueden ser objeto de delegación, cuando así lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la norma de creación de la Entidad;

Que, el numeral 40.2 del artículo 40° de la Ley N° 28411, prevé que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad; pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación, mediante disposición expresa, la cual deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el artículo 9° del Reglamento de Organización y Función (ROF) del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) señala que el Presidente del Instituto Nacional Penitenciario es el titular del pliego presupuestal;

Que, asimismo, el literal j) del artículo 10° del citado reglamento, establece que el Presidente del Instituto Nacional Penitenciario puede delegar facultades y atribuciones que le corresponda con excepción de las señalas por Ley;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 22° del Reglamento de Organización y Función (ROF) del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), la Oficina de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoría responsable de los sistemas de planeamiento, presupuesto, inversiones, racionalización y estadística, así como de las actividades de cooperación internacional y de organización;

Que, con el fin de facilitar la ejecución del proceso presupuestario del Pliego 061: Instituto Nacional Penitenciario para el ejercicio 2013, garantizar el cumplimiento de las normas de carácter presupuestario y asegurar la adecuada gestión institucional, resulta conveniente delegar las facultades señaladas en los considerandos precedentes;

Contando con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario, Secretaria General y las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto y Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo señalado en el artículo 7° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley N° 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, Decreto Supremo N° 009-2007-JUS – Reglamento de Organización y Funciones del INPE y Resolución Suprema N° 170-2011-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Delegar, en la persona del Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional Penitenciario, para el año fiscal 2013, las siguientes facultades en materia presupuestal:
• Aprobar y formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático.
• Aprobar la reprogramación de los Planes Operativos Institucionales de la Unidad Ejecutora 001 Sede Central Administración Lima, siguiendo los procedimientos establecidos que correspondan; y • Aprobar Instructivos Presupuestarios, en el marco de la Ley de Presupuesto y sus modificaciones.

Artículo 2°.- La delegación de facultades a que se refiere la presente resolución no exime la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso concreto.

Articulo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, dentro del plazo señalado en el artículo 23°, numeral 23.2 de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; asimismo, a los Directores Regionales y a los Órganos competentes del Instituto Nacional Penitenciario.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSE LUIS PEREZ GUADALUPE
Presidente Consejo Nacional Penitenciario

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