Inicio
Organismos Tecnicos Especializados
Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas Por El Estado
Resolución Presidencial N° 003-2013-SERNANP Aprueban actualización del Plan Maestro de la Reserva Comunal Purús, por el período 2012-2017
1/22/2013
Resolución Presidencial N° 003-2013-SERNANP Aprueban actualización del Plan Maestro de la Reserva Comunal Purús, por el período 2012-2017
Aprueban actualización del Plan Maestro de la Reserva Comunal Purús, por el período 2012-2017 SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 003-2013-SERNANP Lima, 14 de enero de 2013 VISTO: El Informe N° 12-2012-SERNANP-DDE-DGANP, de fecha 28 de diciembre de 2012, mediante el cual la Dirección de Desarrollo Estratégico y la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado -
SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 003-2013-SERNANP
Lima, 14 de enero de 2013
VISTO:
El Informe N° 12-2012-SERNANP-DDE-DGANP, de fecha 28 de diciembre de 2012, mediante el cual la Dirección de Desarrollo Estratégico y la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado
- SERNANP, dan su conformidad a la propuesta de actualización del Plan Maestro de la Reserva Comunal Purús, período 2012 - 2017.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 68° de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013,
Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, el mismo que se constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, y en su autoridad técnico-normativa;
Que, mediante Decreto Supremo N° 040-2004-AG de fecha 20 de noviembre de 2004, se categoriza la Zona Reservada del Alto Purús, en Reserva Comunal Purús, sobre la superficie de doscientas dos mil treinta y tres hectáreas y dos mil cien metros cuadrados (202
033.21 ha), ubicada en el distrito de Iñapari, provincia de Tahuamanu, departamento de Madre de Dios y el distrito de Purús, provincia de Purús, departamento de Ucayali;
Que, de conformidad con el inciso g) del artículo 8° de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP, aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, el artículo 18° de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y específico, por tipo de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro del área;
Que, el artículo 20° de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que la Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada Área Natural Protegida, y que deberá ser elaborado bajo procesos participativos, y revisado cada cinco (5) años;
Que, el numeral 1.5 del artículo 1° del Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM, establece que el proceso de elaboración de los Planes Maestros y en particular su zonificación, debe obligatoriamente considerar que el establecimiento de las Áreas Naturales Protegidas no tiene efectos retroactivos ni afecta los derechos adquiridos con anterioridad a la creación de las mismas;
Que, mediante Resolución Directoral N° 028-2011-SERNANP-DDE de fecha 23 de junio de 2011, se aprueban con efectividad al 01 de diciembre de 2010, los Términos de Referencia para la actualización del Plan Maestro de la Reserva Comunal Purús;
Que, a través de un amplio proceso participativo de las instituciones y organizaciones a través del Comité de Gestión y del Ejecutor del Contrato de Administración, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 37.4 del Decreto Supremo N° 038-2001-AG Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, se ha elaborado la propuesta de actualización del Plan Maestro, período 2012-2017, de la Reserva Comunal Purús, la misma que ha sido propuesta para su aprobación;
Que, según se concluye en el documento del visto, la propuesta de actualización del Plan Maestro, período 2012-2017, de la Reserva Comunal Purús, ha sido elaborada de acuerdo a lo establecido en la Ley de Áreas Naturales Protegidas, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-2001-AG y en los Términos de Referencia aprobados por Resolución Directoral N° 028-2011-SERNANP-DDE;
Que, el artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de aplicación supletoria para el presente caso, establece que la autoridad podrá disponer, que el acto administrativo tenga eficacia anticipada a la emisión, a fin de garantizar los derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros;
Con las visaciones de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Dirección de Desarrollo Estratégico, y de la Secretaría General, y;
De conformidad con las atribuciones conferidas en el inciso m) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar, con eficacia anticipada al 28 de diciembre de 2012, la actualización del Plan Maestro de la Reserva Comunal Purús, por el período 2012-2017, como documento de planificación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto consta en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Establecer la delimitación de la zona de amortiguamiento, que se encuentra definida en la memoria descriptiva y en el mapa base, que consta como Anexo 2, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.
La versión oficial digital de los límites se encuentra en el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, y constituye en lo sucesivo el documento oficial al que deberá recurrirse en materia de ordenamiento territorial.
Artículo 3°.- Encargar a la Jefatura de la Reserva Comunal Purús velar por la implementación del referido Plan Maestro.
Artículo 4°.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del SERNANP: www.sernanp.gob.pe, en el que además deberá publicarse el texto del Plan Maestro.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA
Jefe MEMORIA DESCRIPTIVA ZONA DE AMORTIGUAMIENTO DE LA RESERVA COMUNAL PURUS Nombre : Reserva Comunal Purús Límites : La demarcación de los límites se realizó en base los límites de las Comunidades Nativas elaborados por el SICNA-IBC y a la Carta Nacional de escala 1/100,000, elaborada y publicada por el Instituto Geográfico Nacional - IGN, utilizando la información siguiente:
Código Nombre Datum Zona 20 - t Carajillo WGS 84 19
20 - u Puerto Esperanza WGS 84 19
21 - t Balta WGS 84 19
21 - u José Gálvez WGS 84 19
Ubicación política : Se realizó en base a la información elaborada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI.
Distrito Provincia Departamento Purús Purús Ucayali NORTE Partiendo desde el lado este de la Comunidad Nativa Santa Rey, el límite continúa por esta Comunidad Nativa prosiguiendo por el lado este de la Comunidad Nativa Balta, prosiguiendo por esta Comunidad Nativa hasta llegar al lado norte más extremo de la Comunidad Nativa Laureano, continuando por el lado norte y noreste de la Comunidad Nativa Santa Margarita, hasta llegar al límite de las Comunidades Nativas Gastabala y San Marcos, el límite prosigue por el lado norte de la Comunidad Nativa de San Marcos, hasta alcanzar al límite con la margen derecha del rio Purús, prosiguiendo por esta margen aguas abajo hasta el límite internacional entre Perú y Brasil, pasando por las Comunidades Nativas Zapote, Cashuera, Cantagallo, Conta, Bola de Oro, Catay y San Bernando ESTE Desde el último lugar mencionado, el límite continúa por el límite internacional entre Perú y Brasil, hasta alcanzar el límite extremo noreste de la Reserva Comunal Purús.
SUR
Prosiguiendo del último lugar mencionado, el límite continúa por el límite norte de la Reserva Comunal Purús.
OESTE
Se continúa por el límite norte de la Reserva Comunal Purús, hasta llegar al lugar inicio de la memoria descriptiva.
Las coordenadas del mapa adjunto están expresadas en proyección UTM.
El Datum de referencia es el WGS 84, la zona de proyección es 19S La versión oficial impresa y digital de los límites de la zona de amortiguamiento se encuentra en el expediente que sustenta la presente Resolución Presidencial y en el SERNANP, respectivamente por lo que constituye en lo sucesivo el principal documento e institución a los que deberá recurrirse en materia de ordenamiento territorial a todo nivel.
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)