1/09/2013

Resolución Suprema N° 004-2013-RE Dan por terminadas funciones de Cónsul General del Perú en Dubái, Emiratos Árabes Unidos

Dan por terminadas funciones de Cónsul General del Perú en Dubái, Emiratos Árabes Unidos RELACIONES EXTERIORES RESOLUCIÓN SUPREMA N° 004-2013-RE Lima, 8 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 025-2011/RE, se nombró Cónsul General del Perú en Dubái, Emiratos Árabes Unidos, al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Rómulo Fernando Acurio Traverso; y, Que, mediante Resolución Viceministerial N° 0055-2011/RE, se fijó el 01 de mayo de 2011,
Dan por terminadas funciones de Cónsul General del Perú en Dubái, Emiratos Árabes Unidos

RELACIONES EXTERIORES
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 004-2013-RE


Lima, 8 de enero de 2013
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 025-2011/RE, se nombró Cónsul General del Perú en Dubái, Emiratos
Árabes Unidos, al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Rómulo Fernando Acurio Traverso; y,
Que, mediante Resolución Viceministerial N° 0055-2011/RE, se fijó el 01 de mayo de 2011, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Cónsul General del Perú en Dubái, Emiratos Árabes Unidos;

De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N° 29318; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modificatoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Dar por terminadas las funciones del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Rómulo Fernando Acurio Traverso, como Cónsul General del Perú en Dubái, Emiratos Árabes Unidos, con fecha 30 de junio de 2013.

Artículo 2°.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes.

Artículo 3°.- El citado funcionario diplomático deberá asumir funciones de su categoría en la Cancillería, a partir del 01 de julio de 2013.

Artículo 4°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores

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