1/20/2013

Resolución Suprema N° 016-2013-PCM Autorizan viaje a la Confederación Suiza de representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, en comisión de servicios

Autorizan viaje a la Confederación Suiza de representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, en comisión de servicios PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 016-2013-PCM Lima, 19 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el 'World Economic Forum Annual Meeting 2013' se llevará a cabo en Davos, Confederación Suiza del 22 al 26 de enero de 2013. Dicho evento, es la reunión más importante de negocios global, en el que se discutirá las futuras tendencias económicas; Que,
Autorizan viaje a la Confederación Suiza de representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, en comisión de servicios

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 016-2013-PCM


Lima, 19 de enero de 2013
CONSIDERANDO:

Que, el 'World Economic Forum Annual Meeting 2013'
se llevará a cabo en Davos, Confederación Suiza del 22 al 26 de enero de 2013. Dicho evento, es la reunión más importante de negocios global, en el que se discutirá las futuras tendencias económicas;

Que, es de interés nacional para el Perú participar en dicho evento por cuanto forma parte de la estrategia de posicionamiento del país como ventana de oportunidades para la inversión y los negocios en Latinoamérica;

Que, en ese sentido, resulta pertinente autorizar el viaje del señor Augusto David T eodoro Arzubiaga Scheuch para asistir el mencionado evento en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, respecto de los viáticos, estos se autorizan sólo por un monto equivalente a la duración del evento; monto que es inferior al que resultaría de la aplicación de la norma prescrita en el artículo 8° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; esto en atención a la propuesta del funcionario cuyo viaje se autoriza;

Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo casos excepcionales que deben ser canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizados por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

De conformidad con la Ley N° 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM, Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; y;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje, del señor Augusto David Teodoro Arzubiaga Scheuch, en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros, del 21 al 27 de enero de 2013 a la ciudad de Davos, Confederación Suiza, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema se efectuarán con cargo al presupuesto del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle:
- Pasajes aéreos : US $ 4 109,58
- Viáticos (5 días) : US $ 1 300,00
Artículo 3°.- Los viáticos que se autorizan corresponden al tiempo de duración del evento (05 días); monto que es inferior a los días cuya ausencia del país se autoriza (07 días) y que resultaría de la aplicación de la norma prescrita en el artículo 8° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en atención a la propuesta del funcionario cuyo viaje se autoriza.

Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la persona cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar al Titular de su Institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados, de acuerdo a Ley.

Artículo 5.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.

Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros

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