1/20/2013

Resolución Suprema N° 019-2013-DE Cesan a Vocal Supremo y Presidente del Fuero Militar Policial

Cesan a Vocal Supremo y Presidente del Fuero Militar Policial DEFENSA RESOLUCIÓN SUPREMA N° 019-2013-DE Lima, 19 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 139 inciso 1) de la Constitución Política del Perú, determina la unidad y exclusividad de la función jurisdiccional y que no existe ni puede establecerse jurisdicción alguna independiente, con excepción de la militar y la arbitral; Que, el artículo 167 de la Constitución Política del Perú establece que el Presidente de la
Cesan a Vocal Supremo y Presidente del Fuero Militar Policial

DEFENSA
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 019-2013-DE


Lima, 19 de enero de 2013
CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 139 inciso 1) de la Constitución Política del Perú, determina la unidad y exclusividad de la función jurisdiccional y que no existe ni puede establecerse jurisdicción alguna independiente, con excepción de la militar y la arbitral;

Que, el artículo 167 de la Constitución Política del Perú establece que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú;

Que, el artículo 9 y el artículo 10 inciso 9) del Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, señala que el Ministro de Defensa es la más alta autoridad del Sector y presenta proyectos de normas legales al Presidente de la República;

Que, el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, señala que el Ministro del Interior es la más alta autoridad del Sector;

Que, el artículo 11 inciso 4) de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que las Resoluciones Supremas son rubricadas por el Presidente de la República y refrendadas por uno o más Ministros a cuyo ámbito de competencia le corresponde, en este caso al sector Defensa e Interior, por tratarse de la administración de justicia en el Fuero Militar Policial;

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 11 de la Ley N° 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial modificado por el Decreto Legislativo N° 1096 y por la Ley N° 29955, el Presidente del Tribunal Supremo Militar Policial es Oficial General o Almirante en Situación de Retiro, elegido entre sus miembros para ejercer el cargo por un período de dos años, pudiendo ser reelegido por única vez por un período igual. La elección se realiza dentro de los treinta días anteriores al inicio del año judicial. Al término del ejercicio del cargo de presidente cesa en sus funciones de Vocal Supremo;

Que, el término de la función jurisdiccional o fiscal, en el Fuero Militar Policial se produce, entre otras causas, por el término del ejercicio del cargo de Presidente del Tribunal Supremo Militar Policial, conforme al artículo 29 inciso c) numeral 2 de la Ley N° 29182;

Que, por Resolución Suprema N° 558-2008-DE del 25 de diciembre de 2008, se nombró como Vocal del Tribunal Supremo Militar Policial al Contralmirante AP
(r) Carlos Enrique MESA ANGOSTO, el mismo que fue nombrado Presidente del Tribunal Supremo Militar Policial por Acuerdo de Sala Plena del mismo año;

Que, por Resolución Suprema N° 291-2010-DE-SG, del 24 de junio de 2010, el citado Almirante fue nombrado nuevamente como Vocal del Supremo Tribunal Militar Policial, cargo que ha continuado desempeñando ininterrumpidamente hasta la fecha, por lo que, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 11 y 29 inciso c) numeral 2 de la Ley N° 29182, modificada por el Decreto Legislativo N° 1096 y por la Ley N° 29955;

De conformidad con el artículo 8 inciso 2 literal i) de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Cesar a partir de la fecha en el cargo de Vocal Supremo y Presidente del Fuero Militar Policial al Contralmirante AP (r) Carlos Enrique MESA ANGOSTO.

Artículo 2.- La presente Resolución será refrendada por los Ministros de Defensa e Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior

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