2/21/2013

N° 008-2013 Autorizan viaje a México del alcalde, en comisión de servicios ACUERDO

Autorizan viaje a México del alcalde, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO AGRICULTURA N° 008-2013 Moyobamba, 13 de febrero del 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA VISTO: El Acta de Sesión Ordinaria N° 003-2013, de fecha trece de febrero del dos mil trece, respecto a la invitación remitida por 'RARE CONVERSATION', dirigida al Sr. Alcalde de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, para que participe en la reunión de autoridades a llevarse a
Autorizan viaje a México del alcalde, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO

AGRICULTURA
N° 008-2013


Moyobamba, 13 de febrero del 2013
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE MOYOBAMBA
VISTO:

El Acta de Sesión Ordinaria N° 003-2013, de fecha trece de febrero del dos mil trece, respecto a la invitación remitida por 'RARE CONVERSATION', dirigida al Sr.

Alcalde de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, para que participe en la reunión de autoridades a llevarse a cabo en la sede del ITESO en Guadalajara, Jalisco-México, los días 27 y 28 de febrero del 2013; por lo que el pleno lo somete a debate;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el documento del visto, se invita al señor alcalde, a participar en la reunión de autoridades a llevarse a cabo en la sede del ITESO en Guadalajara,
Jalisco-México, los días 27 y 28 de febrero del 2013;

Que, resulta de suma importancia la participación de esta corporación edilicia en la citada invitación que convoca RARE en el marco del desarrollo de la 'Campaña Orgullo para la Conservación y Recuperación de los Servicios Ecosistémicos de las Micro cuencas Rumiyacu y Mishquiyacua de Moyobamba', el mencionado taller de autoridades del agua, tiene como objetivo involucrar a las autoridades en el cuidado de los bosques y agua bajo acuerdos de conservación (ARA);

Que, el artículo 9 numeral 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad realice el Alcalde y Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario ', por lo que la autorización de viaje deberá ser aprobado por el Concejo Municipal;

Que, en el articulo 10 numeral 10.1 de la Ley No 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, señala que 'Quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, excepto los que efectúen (…) , los altos funcionarios y autoridades del Estado que se refiere la Ley No 28212', cabe agregar que esta última norma hace referencia a los Alcaldes Provinciales;
asimismo es pertinente establecer que en el último párrafo de la Ley 29951, establece que la excepción indicada en el numeral 10.1, deberá ser autorizada por resolución del titular de la entidad, y en los gobiernos regionales y los gobiernos locales, se autoriza mediante acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal respectivamente;

Que, la Ley N° 27619 regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo No 047-2002-PCM que aprueba el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos en su artículo 2 establece que
'la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución', en este caso la participación del señor Alcalde, en la invitación realizada por RARE CONSERVATION, para la 'Campaña Orgullo para la Conservación y Recuperación de los Servicios Ecosistémicos de las Micro cuencas Rumiyacu y Mishquiyacua de Moyobamba', tiene como objetivo involucrar a las autoridades del agua en el cuidado de los bosques y agua bajo acuerdos de conservación (ARA), refiejando los compromisos sobre la necesidad de movernos a la par que el mundo cambiante en el que vivimos por medio de campañas necesarias respecto a la materia de lo tratado en la mencionada reunión de autoridades del agua;

Que, el inciso 20) del Artículo 20 de la Ley No 27972, establece que son atribuciones del Alcalde 'Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el Gerente Municipal, en concordancia con el artículo 10 inciso 3) de la acotada Ley;

Que, es pertinente establecer que RARE CONSERVATION, asumirá los gastos de transporte, alimentación y alojamiento durante la estancia en Guadalajara – México, que demande la participación del señor Alcalde en la reunión de autoridades del agua denominado 'Campaña Orgullo para la Conservación y Recuperación de los Servicios Ecosistémicos de las Micro cuencas Rumiyacu y Mishquiyacua de Moyobamba', a llevarse a cabo los días 27 y 28 de febrero del 2013; a excepción del seguro de viaje que debe tramitarse,
Estando a los considerandos precedentes y a lo normado en los artículos 9 numeral 11, 39 y 41 de la Ley No 27972, el Concejo Municipal de Moyobamba, con el voto en contra del regidor José Hermeregildo Sempertegui, y con dispensa de la aprobación y lectura del acta, el pleno acordó por MAYORIA lo siguiente:

ACUERDO:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al señor Alcalde VICTOR MARDONIO DEL CASTILLO REATEGUI a la ciudad de Guadalajara, Jalisco – MEXICO, a efectos que participe en la reunión de autoridades del agua denominado 'Campaña Orgullo para la Conservación y Recuperación de los Servicios Ecosistémicos de las Micro cuencas Rumiyacu y Mishquiyacua de Moyobamba', a llevarse a cabo los días 27 y 28 de febrero del 2013, cuyo objetivo es involucrar a las autoridades del agua en el cuidado de los bosques y agua bajo acuerdos de conservación (ARA).

Artículo Segundo.- ENCARGAR al Regidor hábil de la lista elector, Sr. HILDEBRANDO SANDOVAL ZAMORA, la atención del despacho de Alcaldía del 25 de febrero al 01 de Marzo del presente año.

Artículo Tercero.- ESTABLECER que la participación del Sr. Alcalde de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, en la reunión de autoridades del agua denominado 'Campaña Orgullo para la Conservación y Recuperación de los Servicios Ecosistémicos de las Micro cuencas Rumiyacu y Mishquiyacua de Moyobamba', no generaran egreso alguno por concepto de alimentación, hospedaje y transporte en la Ciudad de Guadalajara- Jalisco –MEXICO, señalando que esto será asumido por RARE CONSERVATION, a excepción del seguro de viaje.

Artículo Cuarto.- CUMPLASE con publicar el presente acuerdo de Concejo, en el Diario Oficial EL PERUANO y el de mayor circulación de nuestra ciudad, conforme lo establece la normatividad de la materia.

Artículo Quinto.- HACER de conocimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal y demás órganos competentes para los fines de ley.

Por tanto:

Mando se registre, publíquese y cúmplase VICTOR MARDONIO DEL CASTILLO REATEGUI Alcalde

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