2/20/2013

Resolución Administrativa N° 019-2013-CE-PJ Modifican el Procedimiento N° 27 denominado 'Expedición de Copias Certificadas

Modifican el Procedimiento N° 27 denominado 'Expedición de Copias Certificadas de Expedientes con Mandato Judicial de Archivo', contenido en el TUPA del Poder Judicial CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 019-2013-CE-PJ Lima, 29 de enero de 2013 VISTO: El Oficio N° 211-2013-CG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 265-2012-CE-PJ, de fecha 26 de diciembre de 2012,
Modifican el Procedimiento N° 27 denominado 'Expedición de Copias Certificadas de Expedientes con Mandato Judicial de Archivo', contenido en el TUPA del Poder Judicial

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 019-2013-CE-PJ


Lima, 29 de enero de 2013
VISTO:

El Oficio N° 211-2013-CG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 265-2012-CE-PJ, de fecha 26 de diciembre de 2012, se aprobó el nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Poder Judicial, el cual contiene los procedimientos administrativos y servicios que brinda este Poder del Estado a través de sus dependencias autorizadas, de conformidad con la propuesta presentada por la comisión constituida por Resolución Administrativa N° 308-2012-GG/PJ, y la documentación técnica que la sustenta.

Segundo. Que, al respecto, la Gerencia General informa que se ha advertido error material en el Procedimiento N° 27 denominado 'Expedición de Copias Certificadas de Expedientes con Mandato Judicial de Archivo', en cuanto a la 'Nota' descrita en el rubro requisitos, pues los beneficiarios de la exoneración de pago de tasa judicial para la expedición de las piezas procesales a que se hace referencia en el mismo comprende sólo a las solicitudes presentadas por los Alimentistas en los Procesos de Alimentos, así como a las presentadas por los trabajadores, ex trabajadores y/o sus sucesores en los Procesos Laborales y/o Previsionales. Situación que es menester subsanar.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 037-2013 de la cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Ticona Postigo, Meneses Gonzales,
Palacios Dextre y Chaparro Guerra, sin la intervención del señor Walde Jáuregui por encontrarse de licencia, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Por unanimidad.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Modificar en el Procedimiento N° 27 denominado 'Expedición de Copias Certificadas de Expedientes con Mandato Judicial de Archivo', contenido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 265-2012-CE-PJ, de fecha 26 de diciembre de 2012, el extremo de la 'Nota' descrita en el rubro requisitos, en el sentido que son beneficiarios de la exoneración del pago de tasa judicial para la expedición de las piezas procesales a que se hace referencia, sólo las solicitudes presentadas por los alimentistas en los procesos de alimentos; así como las presentadas por los trabajadores, ex trabajadores y/o sus sucesores en los procesos laborales y/o previsionales.

Artículo Segundo.- Encargar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia y a la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General del Poder Judicial la implementación, difusión y cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase S.

ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente

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