2/22/2013

Resolución de Consejo Directivo N° 006-2013-OEFA/CD Aprueban establecimiento de Oficinas Desconcentradas del OEFA en los departamentos

Aprueban establecimiento de Oficinas Desconcentradas del OEFA en los departamentos de La Libertad, Huancavelica, Ica y Tacna ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 006-2013-OEFA/CD Lima, 19 de febrero de 2013 VISTOS: El Acuerdo de Consejo Directivo N° 008-2013 adoptado en la Sesión Ordinaria N° 004-2013 del 19 de febrero de 2013 y el Informe N° 024-2013-OEFA/OPP del 19 de febrero de 2013 emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que,
Aprueban establecimiento de Oficinas Desconcentradas del OEFA en los departamentos de La Libertad, Huancavelica, Ica y Tacna

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 006-2013-OEFA/CD


Lima, 19 de febrero de 2013
VISTOS: El Acuerdo de Consejo Directivo N° 008-2013 adoptado en la Sesión Ordinaria N° 004-2013 del 19 de febrero de 2013 y el Informe N° 024-2013-OEFA/OPP del 19 de febrero de 2013 emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental;

Que, a través de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado Sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental —a cargo de las diversas entidades del Estado— se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente;

Que, el Artículo 9° de la Ley N° 29325 faculta al OEFA para establecer Oficinas Desconcentradas en cualquier lugar del territorio nacional;

Que, de acuerdo a lo previsto en el Literal f) del Artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM, es función del Consejo Directivo del OEFA aprobar el establecimiento de las Oficinas Desconcentradas de la Entidad;

Que, a través del documento consignado en el Visto, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del OEFA señala que es técnica y presupuestalmente viable la creación de las Oficinas Desconcentradas de La Libertad,
Huancavelica, Ica y Tacna;

Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo N° 008-2013 adoptado en la Sesión Ordinaria N° 004-2013 del 19 de febrero de 2013, el Consejo Directivo del OEFA acordó la creación de las Oficinas Desconcentradas de La Libertad,
Huancavelica, Ica y Tacna, en consideración al sustento técnico expresado en el considerando precedente, por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del Acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata;

Con el visado de la Secretaría General, la Dirección de Evaluación, la Dirección de Supervisión, la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en los Literales f) y n) del Artículo 8° y el Literal n) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el establecimiento de Oficinas Desconcentradas del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA en los departamentos de La Libertad, Huancavelica, Ica y Tacna.

Artículo 2°.- Encargar a la Secretaría General que disponga las acciones que resulten necesarias para la instalación e implementación de las cuatro (4) Oficinas Desconcentradas creadas en el Artículo 1°, en un plazo de sesenta (60) días hábiles contado a partir de la publicación de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC
Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental
- OEFA

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