2/15/2013

Resolución de Intendencia N° 154 3I0000/2013-000056 Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Arequipa

Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Arequipa SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 154 3I0000/2013-000056 Arequipa, 8 de febrero del 2013 CONSIDERANDO: Que, en el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT ha delegado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales
Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Arequipa

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 154 3I0000/2013-000056


Arequipa, 8 de febrero del 2013
CONSIDERANDO:

Que, en el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT ha delegado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas, y en los Intendentes Regionales, la facultad de designar a los Auxiliares Coactivos que ejercerán sus funciones en la Dependencia a la cual han sido asignados;

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y modificatorias, la cobranza coactiva de las deudas tributarias se ejerce a través del Ejecutor Coactivo, quien actúa en el procedimiento de cobranza Coactiva con la colaboración de auxiliares coactivos; asimismo establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo;

Que, el Señor Sandro Urday Zagaceta ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos exigidos por el Artículo 114° del Código Tributario;

Que, adicionalmente, la Intendencia Nacional de Recursos Humanos ha informado que el Sr. Sandro Urday Zagaceta cumple con todos los requisitos establecidos en los incisos b), c) y d) del numeral 5.4.1 de la Circular 009-2005 y que tampoco registra sanciones habiendo cursado el Curso de Administración Tributaria y Aduanera;

En uso de las facultades conferidas por los artículos 76° y 77° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Aduanera y Tributaria - SUNAT, el mismo que se aprueba con Decreto Supremo N° 115-2002-PCM, conforme a la designación mediante Resolución de Superintendencia Nacional de Administracion Aduanera y Tributaria No.
043-2012/SUNAT;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- DESIGNAR, como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Arequipa al señor Abogado SANDRO URDAY ZAGACETA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ADA ROCÍO FRANCO MARCOS
Intendente Intendencia de Aduana de Arequipa

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