2/21/2013

Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi N° 033-2013-INDECOPI/COD Aprueban Normas de Conducta de los Miembros del Indecopi y desactivan el

Aprueban Normas de Conducta de los Miembros del Indecopi y desactivan el Comité de Ética INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 033-2013-INDECOPI/COD Lima, 19 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, con fecha 26 de agosto de 2000, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución N° 076-2000-INDECOPI/DIR, que aprobó las Normas de Conducta de los Miembros del INDECOPI,
Aprueban Normas de Conducta de los Miembros del Indecopi y desactivan el Comité de Ética

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 033-2013-INDECOPI/COD


Lima, 19 de febrero de 2013
CONSIDERANDO:

Que, con fecha 26 de agosto de 2000, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución N° 076-2000-INDECOPI/DIR, que aprobó las Normas de Conducta de los Miembros del INDECOPI, por medio de la cual se señalaron los principios, deberes y prohibiciones de comportamiento de todos los miembros de la institución;

Que, el 13 de agosto de 2002 se publicó la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública; y, con fecha 19 de abril del 2005, se publicó su respectivo Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 033-2005-PCM. Bajo dichas normas se ordenaron los principios, deberes y prohibiciones generales de los servidores públicos;

Que, en virtud de ello, mediante Acuerdo del Consejo Directivo N° 092-2011 el órgano directriz del Indecopi encomendó a la Gerencia Legal la actualización de las Normas de Conducta de los Miembros del Indecopi;

Que, la Gerencia Legal del Indecopi presentó una propuesta de Normas de Conducta del Indecopi, con la finalidad de dotar de mayores garantías a los colaboradores del Indecopi, de manera que las disposiciones internas de nuestra entidad que regulan principios, deberes y prohibiciones de carácter ético, se ajusten a las normas generales de carácter ético que regulan principios, deberes y prohibiciones, en toda la administración pública;

Que, mediante Acuerdo N° 077-2012, adoptado por el Consejo Directivo en su sesión de fecha 12 de noviembre de 2012, los miembros del órgano directriz aprobaron el proyecto de Normas de Conducta de los Miembros del Indecopi, el mismo que deroga las Normas de Conducta de los Miembros del Indecopi aprobadas por Resolución N° 076-2000-INDECOPI/DIR, encomendando a su Presidencia la emisión de la Resolución correspondiente;

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo;

De conformidad con lo establecido en los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033;

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar las Normas de Conducta de los Miembros del Indecopi, las mismas que derogan las Normas de Conducta de los Miembros del Indecopi aprobadas por Resolución N° 076-2000-INDECOPI/DIR.

Artículo 2°.- Desactivar el Comité de Ética del Indecopi, dándole las gracias a sus integrantes, así como a su Secretaría Técnica, por la importante gestión realizada a favor de la Institución.

Artículo 3°.- Precisar que la vigencia de las Normas de Conducta de los Miembros del Indecopi aprobadas mediante la presente Resolución, surte efecto a partir del día siguiente de la publicación de la misma en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo establecido en la Cuarta Disposición Final de dicho dispositivo.

Artículo 4°.- Disponer la debida difusión de las Normas de Conducta de los Miembros del Indecopi en la página web institucional.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HEBERT TASSANO VELAOCHAGA
Presidente del Consejo Directivo

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