2/10/2013

Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 44-2012/CEPLAN/PCD Delegan a asesor diversas facultades del Presidente del Consejo Directivo

Delegan a asesor diversas facultades del Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN en materia presupuestal, contrataciones del Estado y administrativa CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 44-2012/CEPLAN/PCD Lima, 7 de noviembre de 2012 Vistos: el Informe N° 114-2012-CEPLAN/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; CONSIDERANDO: Que, mediante las Resoluciones de Presidencia de
Delegan a asesor diversas facultades del Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN en materia presupuestal, contrataciones del Estado y administrativa

CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 44-2012/CEPLAN/PCD


Lima, 7 de noviembre de 2012
Vistos: el Informe N° 114-2012-CEPLAN/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo N°s. 033-2010-CEPLAN/PCD,
O18-2011-CEPLAN/PCD y 035-2011-CEPLAN/PCD se delegaron en el Director Ejecutivo diversas facultades en materia de contrataciones del Estado.

Que, posteriormente, por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 068-2011/CEPLAN/PCD, se delegó al Sr. Elías Joel Ruiz Chávez, Director Nacional de Seguimiento y Evaluación, quien estaba a cargo interinamente del despacho de la Dirección Ejecutiva del CEPLAN, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático y de aprobar el Plan Anual de Contrataciones y sus modificatorias;

Que, mediante Decreto Legislativo 1017, se aprobó la Ley de Contrataciones del Estado, la misma que contiene las disposiciones y lineamientos que las Entidades del Sector Público deben observar en sus procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras que realicen;

Que, a través del Decreto Superno N° 184-2008-EF, se aprobó el Reglamento de la referida Ley de Contrataciones del Estado, siendo modificado por el Decreto Supremo N° 138-2012-EF;

Que, a la fecha se encuentra aún vacante el cargo de Director Ejecutivo de CEPLAN, cuyo despacho viene siendo atendido temporalmente, hasta que se designe a su Titular, por el Sr. Ricardo Enrique Carrillo Ulloa, Asesor de la Presidencia de CEPLAN, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 27-2012/CEPLAN/PCD;

Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo 1017, establece que el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que dicha norma le otorga, señalándose que no podrán ser objeto de delegación la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que establece su Reglamento;

Que, asimismo, según el numeral 3.1 de la Directiva N° 005-2009-0SCE/CD Plan Anual de Contrataciones, aprobada mediante Resolución N° 169-2009-0SCE-PRE, éste debe ser aprobado mediante instrumento emitido por el Titular de la Entidad, estableciendo que dicha atribución podrá ser delegada, mediante resolución expresa, a otro funcionario, de acuerdo con las normas de organización interna de cada Entidad;

Que, por su parte, el numeral VI.1 de la Directiva N° 010-2009-OSCE/CD, aprobada mediante Resolución N° 358-2009-OSCE/PRE, establece que la estandarización de los bienes o servicios a ser contratados será aprobada por el Titular de la Entidad o por el funcionario al que este delegue dicha facultad, sobre la base del informe técnico de estandarización emitido por el área usuaria;

Que, además, según lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Titular del Pliego de la Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva; siendo responsable en materia presupuestal, de manera solidaria, con el Organismo Colegiado con que cuenta la Entidad, pudiendo delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente dicha Ley, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 40.2 del artículo 40 de la citada Ley N° 28411, las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular del Pliego, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular del Pliego delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, según el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1088, que crea y regula el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y su ente rector, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico -CEPLAN, el Presidente de su Consejo Directivo ejerce la representación legal de CEPLAN y la titularidad del Pliego;

Que, de acuerdo a la estructura orgánica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, aprobada mediante Decreto Supremo N° 046-2009-PCM, resulta conveniente y pertinente delegar en el señor Ricardo Enrique Carrillo Ulloa, Asesor de la Presidencia de CEPLAN, quien viene atendiendo el despacho de la Dirección Ejecutiva, determinadas facultades del Presidente del Consejo Directivo en materia de contrataciones del Estado y de orden presupuestal y administrativo;

Que, asimismo, es conveniente dejar sin efecto las delegaciones de facultades otorgadas mediante Resoluciones de Presidencia del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico Nos. 033-2010-CEPLAN/PCD, 018-2011-CEPLAN/PCD, 035-2011-CEPLAN/PCD y N° 068-2011/CEPLAN/PCD;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1017, la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo N° 1088, el Decreto Supremo N° 184-2008-EF, y, en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, aprobado por Decreto Supremo N° 046-2009-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- DELEGACIÓN DE FACULTADES Deléguese en el señor Ricardo Enrique Carrillo Ulloa, las facultades del Presidente del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, siguientes:

En materia presupuestal:
a) Aprobar o Formalizar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático, de acuerdo con el numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

En materia de contrataciones del Estado a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones y sus modificaciones, así como evaluar su ejecución.
b) Aprobar la estandarización de bienes y/o servicios para los procesos de selección que convoque la entidad.
c) Aprobar los expedientes de contratación para las Licitaciones Públicas y Concursos Públicos.
d) Aprobar las Bases para las Licitaciones Públicas y Concursos Públicos.
e) Cancelar los procesos de selección de Licitaciones Públicas y Concursos Públicos.
f) Aprobar la reserva del valor referencial de las Licitaciones Públicas y Concursos Públicos.
g) Disponer la Ejecución de Prestaciones Adicionales o Reducción de las Prestaciones de bienes y servicios contratados por Licitaciones Públicas y Concursos Públicos.
h) Disponer la ejecución de prestaciones adicionales o reducciones de bienes y servicios contratados por Adjudicación Directas y Adjudicación de Menor Cuantía.
i) Autorizar contrataciones complementarias de bienes y servicios contratados en procesos de selección de Licitaciones Públicas y Concursos Públicos.
j) Conocer y resolver las observaciones y los recursos de apelación que se interpongan, en los casos permitidos por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
k) Solicitar el inicio de los procedimientos de conciliación o arbitraje y representar a la entidad en dichos procedimientos de solución de controversias en materia de contrataciones del Estado, sin perjuicio de las atribuciones del Procurador Público a cargo de la defensa de los intereses de la entidad, como organismo público especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; pudiendo delegar dicha representación en el Jefe de la Oficina General de Administración u otros del personal de la entidad.
l) Representar a la entidad ante el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado – OSCE y ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, en los procedimientos, trámites y gestiones que se realicen ante dichas instancias de acuerdo a las normas de contrataciones del Estado, pudiendo delegar dicha representación en el Jefe de Administración u otros del personal de la entidad.

En materia administrativa:
a) Resolver en última instancia administrativa los recursos administrativos interpuestos ante órganos de la institución.

Artículo 2°.- CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LEGALES La delegación de facultades a que se refiere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con todos los requisitos legales establecidos por las disposiciones legales y administrativas que sean aplicables.

Artículo 3°.- OBLIGACIÓN DE DAR CUENTA El delegado deberá dar cuenta ante el Despacho de la Presidencia del Consejo Directivo de CEPLAN, el primer día hábil de cada mes, de los actos realizados durante el mes anterior, en ejercicio de la delegación de facultades dispuesta por la presente Resolución.

Artículo 4°.- DEJAR SIN EFECTO DELEGACIONES DE FACULTADES Déjese sin efecto a partir de la vigencia de la presente Resolución la delegación de facultades otorgadas por las Resoluciones de Presidencia del Consejo Directivo N°s.
033-2010-CEPLAN/PCD, 018-2011-CEPLAN/PCD, O35-2011-CEPLAN/PCD y 068-2011/CEPLAN/PCD.

Artículo 5°.- PUBLICACIÓN.

Encárguese al Jefe de la Oficina General de Administración de CEPLAN la publicación de esta Resolución de Presidencia del Consejo Directivo en el Diario Oficial 'EI Peruano'.

Artículo 6°.- NOTIFICACIÓN Dispóngase que la presente Resolución sea puesta a conocimiento de los órganos de CEPLAN y organismos que correspondan, así como su publicación en la página web de la institución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIANO PAZ SOLDÁN
Presidente Consejo Directivo

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