2/17/2013

Resolución de Secretaría de Descentralización N° 012-2013-PCM/SD Disponen inscribir a la 'Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan' en el Registro

Disponen inscribir a la 'Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan' en el Registro de Mancomunidades Municipales PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 012-2013-PCM/SD Lima, 5 de febrero de 2013 VISTOS: Los Oficios N° 04-2012-MM QHAPAC ÑAN – Parinacochas/Ayac, N° 05-2012-MM QHAPAC ÑAN – Parinacochas/Ayac, N° 04-2012-MM SUMAQ ÑAN – Parinacochas/Ayac y N° 06-2013-MM SUMAQ ÑAN – Parinacochas/Ayac; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza
Disponen inscribir a la 'Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan' en el Registro de Mancomunidades Municipales

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 012-2013-PCM/SD


Lima, 5 de febrero de 2013
VISTOS:

Los Oficios N° 04-2012-MM QHAPAC ÑAN –
Parinacochas/Ayac, N° 05-2012-MM QHAPAC ÑAN
– Parinacochas/Ayac, N° 04-2012-MM SUMAQ ÑAN
– Parinacochas/Ayac y N° 06-2013-MM SUMAQ ÑAN
– Parinacochas/Ayac; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal N° 06-2012-MDS.S-PPS/AYAC de la Municipalidad Distrital de Sara Sara, la Ordenanza Municipal N° 33-2012-MDP-PP/AYAC de la Municipalidad Distrital de Pullo, la Ordenanza Municipal N° 08-2012-MDP-PPS/AYAC de la Municipalidad Distrital de Pararca, la Ordenanza Municipal N° 06-2012- MDA-C/AREQ de la Municipalidad Distrital de Atiquipa, la Ordenanza Municipal N° 07-2012-MDH-C/AREQ de la Municipalidad Distrital de Huanuhuanu, la Ordenanza Municipal N° 53-2012- MDCH-C/AREQ de la Municipalidad Distrital de Chala; el Acta de Constitución; el Estatuto de la 'Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan' y el Informe N° 004-2013–PCM/SD-OGI-VQA; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el artículo 2°, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más Municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos;

Que, la Ley citada en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal;

Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales;

Que, mediante los Oficios N° 04-2012-MM QHAPAC
ÑAN – Parinacochas/Ayac, N° 05-2012-MM QHAPAC
ÑAN – Parinacochas/Ayac, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pullo y Presidente del Consejo Directivo de la 'Mancomunidad Municipal Qhapac Ñan' solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Atiquipa, Chala y Huanuhuanu de la Provincia de Caravelí, en el Departamento de Arequipa, Pullo de la Provincia de Parinacochas, y Sara Sara y Pararca de la Provincia de Paucar del Sara Sara, en el Departamento de Ayacucho;

Que mediante el Informe N° 047-2012-PCM/SD-OGI-MIRA, se formularon observaciones al nombre de la mancomunidad por existir una anterior con el mismo nombre, por contener funciones ya delegadas por uno de los distritos a otra mancomunidad y por falta de claridad en el Objeto presentado;

Que mediante Oficio N° 04-2012-MM SUMAQ ÑAN
– Parinacochas/Ayac, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pullo y Presidente del Consejo Directivo de la ahora 'Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan'
remitió nuevamente el Estatuto, Acta de Sesión, Informe Técnico y Ordenanzas, modificando el nombre de la mancomunidad denominándola Sumaq Ñan así como el Objeto y las funciones delegadas, con lo cual se levantan las observaciones referidas en el Informe N° 047-2012-PCM/SD-OGI-MIRA, quedando pendiente lo relativo a las ordenanzas presentadas en esta ocasión, que difieren de lo establecido en el nuevo Estatuto presentado;

Que mediante el Informe N° 061-2012-PCM/SD-OGI-MIRA, se formularon observaciones relacionadas a diferencias entre las funciones delegadas en las Ordenanzas y las indicadas en el Estatuto;

Que, mediante el Oficio N° 06-2013-MM SUMAQ
ÑAN – Parinacochas/Ayac, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pullo y Presidente del Consejo Directivo de la de la 'Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan', remite las Ordenanzas con las funciones delegadas de acuerdo a lo establecido en el Estatuto, con lo cual quedan levantadas las observaciones sobre las diferencias entre las ordenanzas y el Estatuto;

Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico: institucional y demográfico; Gestión estratégica institucional: visión, misión, ámbito territorial, objeto, objetivos y desarrollo económico local; Gestión descentralizada: estructura orgánica, competencias y funciones, provisión de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinación, cooperación y colaboración; Sostenibilidad:

Capacidad de gestión y viabilidad;

Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Gestión del ambiente; b)
Saneamiento básico; c) Gestión integral de residuos sólidos; d) Fomento del turismo, la inversión privada y la competitividad productiva; e) Mejoramiento y rehabilitación de infraestructura vial; f) Construcción, mejoramiento y ampliación de sistemas de riego;

Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específicas exclusivas las siguientes: a) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito, b)
Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito, c) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 28846, d) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley N° 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 192-2009-EF. Del mismo modo el Estatuto establece como delegación de funciones específicas compartidas a las siguientes: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinación con la municipalidad provincial respectiva, y organismos regionales y nacionales competentes, b) Proveer el servicio de saneamiento básico rural, con la ejecución de proyectos de abastecimiento de agua, alcantarillado e instalación de letrinas en los distritos integrantes de la mancomunidad, c) Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinación con las municipalidades provinciales y los organismos regionales y nacionales pertinentes, d) Participar en el diseño y ejecución de programas y proyectos de manejo de residuos sólidos, en coordinación con las entidades competentes, e) Contribuir a la elaboración y aplicación de instrumentos de gestión ambiental, f) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperación con las entidades competentes, g) Participar en la elaboración de los planes de gestión de los recursos hídricos de las cuencas, h) Mejorar, rehabilitar y equipar obras de infraestructura hidráulica que tengan por objeto lograr la reducción de pérdidas volumétricas de agua, el aprovechamiento eficiente y la conservación de los recursos hídricos en la infraestructura hidráulica pública;

Que, finalmente, el Estatuto de la 'Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan', contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefinida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de Municipalidades, requisitos para su modificación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución;

Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la 'Mancomunidad Municipal Sumaq
Ñan', la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General;

Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Atiquipa, Chala y Huanuhuanu de la Provincia de Caravelí, en el Departamento de Arequipa, Pullo de la Provincia de Parinacochas, y Sara Sara y Pararca de la Provincia de Paucar del Sara Sara, en el Departamento de Ayacucho, aprueban la constitución de la 'Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan'; ratificando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General;

Que, acorde con el Informe N° 004-2013–PCM/SD-OGI-VQA, se concluye que en la elaboración de los documentos del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11° del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la 'Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan', en el Registro de Mancomunidades Municipales;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029 de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la 'Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan'; integrada por las las Municipalidades Distritales de Atiquipa, Chala y Huanuhuanu de la Provincia de Caravelí, en el Departamento de Arequipa, Pullo de la Provincia de Parinacochas, y Sara Sara y Pararca de la Provincia de Paucar del Sara Sara, en el Departamento de Ayacucho; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública.

Artículo 2°.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la 'Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan', como sigue:
- Presidente: Sr. Luis Serafín Tello Ataucusi, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pullo.
- Director: Sr. Augustín Condori Motta, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chala.
- Director: Sr. Francisco Gonzales Montenegro, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Huanuhaunu
- Director: Sr. Francisco Emiliano Palomino Condo,
Alcalde de la Municipalidad Distrital de Atiquipa.
- Director: Sra. Pologina Virginia Medina Sermeño,
Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pararca.
- Director: Sr. Mamerto Pablo Montoya Montes, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Sara Sara.

Artículo 3°.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la 'Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan', en el Registro de Mancomunidades Municipales.

Artículo 4°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe.

Artículo 5°.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA MADELEINE FLORIÁN CEDRÓN
Secretaria de Descentralización

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