2/15/2013

Resolución Directoral N° 001-2013-MTC/16 Aprueban renovación de vigencia de homologación de equipos para medición

Aprueban renovación de vigencia de homologación de equipos para medición de emisiones vehiculares solicitada por la empresa Sistema Automotriz SAC TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 001-2013-MTC/16 Lima, 7 de enero de 2013 Vista, la solicitud presentada por la empresa SISTEMA AUTOMOTRIZ SAC para que se renueve el plazo de vigencia de la homologación de los equipos: Analizador de Cuatro Gases, marca Pierburg Instruments Hermann, modelo: HGA 400 4 GR; Analizador de Cuatro
Aprueban renovación de vigencia de homologación de equipos para medición de emisiones vehiculares solicitada por la empresa Sistema Automotriz SAC

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 001-2013-MTC/16


Lima, 7 de enero de 2013
Vista, la solicitud presentada por la empresa SISTEMA AUTOMOTRIZ SAC para que se renueve el plazo de vigencia de la homologación de los equipos: Analizador de Cuatro Gases, marca Pierburg Instruments Hermann, modelo:

HGA 400 4 GR; Analizador de Cuatro Gases, marca Pierburg Instruments Hermann, modelo: MHC 218; y, del Opacímetro, marca Pierburg Instruments Hermann, modelo DO 285; y,
CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se determinan las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales se encarga de velar por el cumplimiento de las normas socio-ambientales, con el fin de asegurar la viabilidad socio ambiental de los proyectos de infraestructura y servicios de transporte;

Que, el literal g) del artículo 76° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones dispone que la Dirección de Gestión Ambiental, órgano de línea de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, tiene entre sus funciones homologar y autorizar la utilización de equipos para el control oficial de los Límites Máximos Permisibles;

Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2001-MTC, se establecieron los Límites Máximos Permisibles de emisiones contaminantes de vehículos automotores que circulen en la Red Vial, determinándose la obligación de homologar y autorizar los equipos a ser usados en el Control Oficial de estos límites por las autoridades competentes, a fin de asegurar la calidad y confiabilidad de las mediciones para dicho control;

Que, por Decreto Supremo N° 007-2002-MTC del 28 de febrero de 2002, se estableció el procedimiento para la homologación y autorización de equipos a utilizarse en el control oficial de límites máximos permisibles de emisión de contaminantes para vehículos automotores, cuyo artículo 12° prevé el procedimiento de renovación de la homologación, determinando los requisitos a seguir a fin de que se les otorgue;

Que, mediante Resolución Directoral N° 179-2010-MTC/16, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de diciembre 2010, la empresa SISTEMA AUTOMOTRIZ SAC obtuvo la renovación de la vigencia de homologación de los equipos para medición de emisiones vehiculares: Opacímetro marca Pierburg Instruments–Hermann, modelo DO 285, con Código de Homologación D(R)-001-2002-DGASA-MTC;

Analizador de Cuatro Gases HGA 400 4 GR, con Código de Homologación G(R)-002-2002-DGASA-MTC y Analizador de Cuatro Gases MHC 218, con Código de Homologación G(R)-001-2002-DGASA-MTC, cuya vigencia se extendió por el plazo de dos (02) años contados a partir de su publicación;

Que, con el documento de vistos, la empresa SISTEMA AUTOMOTRIZ SAC solicita la renovación de la vigencia de homologación de los equipos detallados en el considerando precedente, por lo que de la evaluación efectuada se han emitido los Informe técnico y legal N° 132-2012-MTC/16.01.odet y N° 195-2012-MTC/16.CIM, respectivamente, en los que se desprende que la empresa solicitante ha cumplido con presentar la declaración jurada exigida en la que consta que se mantiene la condición de fabricante o representante autorizado y que los equipos no han sufrido modificación de las características técnicas con las cuales fueron homologados, cumpliendo lo exigido por el artículo 12° del Decreto Supremo N° 007-2002-MTC;

De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones N° 29370, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, Decreto Supremo N° 047-2001-MTC, Decreto Supremo N° 007-2002-MTC; y,
Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- APROBAR la renovación de la vigencia de homologación de los equipos para medición de emisiones vehiculares: Opacímetro marca Pierburg Instruments –
Hermann, modelo DO 285, con Código de Homologación D(R)-001-2002-DGASA-MTC; Analizador de Cuatro Gases HGA 400 4 GR, con Código de Homologación G(R)-002-2002-DGASA-MTC y Analizador de Cuatro Gases MHC 218, con Código de Homologación G(R)-001-2002-DGASA-MTC. Esta aprobación tendrá una vigencia de dos (02) años, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2°.- Los Certificados de Equipos Homologados para la medición de emisiones vehiculares correspondientes al Código de Homologación N° D(R)-001-2002-DGASA-MTC; N° G(R)-002-2002-DGASA-MTC, así como el correspondiente al Código de Homologación N° G(R)-001-2002-DGASA-MTC, mantendrán su vigencia por un periodo de dos (02) años contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución.

Artículo 3°.- El uso de los equipos homologados para el control oficial de los límites máximos permisibles, requerirá de la previa autorización de uso, emitida por esta Dirección General, de conformidad con el artículos 15° y siguientes del Decreto Supremo N° 007-2002-MTC.

Artículo 4°.- El titular está obligado a comunicar los cambios o modificaciones que puedan sufrir los presentes modelos de equipos en su conformación o funcionamiento, así como en la información presentada para esta aprobación, pudiendo ser revocada conforme a Ley.

Comuníquese, regístrese y publíquese.

ITALO ANDRÉS DÍAZ HORNA
Director General (e)
Dirección General de Asuntos Socio Ambientales

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