2/10/2013

Resolución Jefatural N° 390-2012-INDECI Aprueban transferencias de partidas en el Presupuesto del Sector Público

Aprueban transferencias de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, a favor de diversas Unidades Ejecutoras para la ejecución de actividades de emergencia y proyectos de inversión pública de emergencia INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 390-2012-INDECI 26 de diciembre de 2012 VISTO: El Decreto Supremo N° 268-2012-EF, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposición Complementaria y Final
Aprueban transferencias de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, a favor de diversas Unidades Ejecutoras para la ejecución de actividades de emergencia y proyectos de inversión pública de emergencia

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 390-2012-INDECI


26 de diciembre de 2012
VISTO: El Decreto Supremo N° 268-2012-EF, sus antecedentes, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Tercera Disposición Complementaria y Final (TDCF) la Ley N° 29813, dispone una Reserva de Contingencia (RC) de hasta CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50’000,000.00), a favor del INDECI, para brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud o su inminente ocurrencia y rehabilitar la infraestructura pública dañada. Asimismo establecen que el INDECI es responsable del adecuado uso de la RC, correspondiendo al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de la Dirección General de Política de Inversiones (DGPI), dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos;

Que, mediante RD N° 001-2012-EF/63.01, se aprobó la Directiva N° 001-2012-EF/63.01-'Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la TDCF'. Asimismo, con RM N° 069-2012-EF/15, se aprobó la Directiva N° 002-2012-EF/63.01-'Directiva del Procedimiento Simplificado para determinar la Elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia ante la presencia de Desastres de Gran Magnitud';

Que, según el Art. 10° de la Directiva N° 001-2012-EF-63.01, la emergencia por ocurrencia de desastres de gran magnitud o peligro inminente del mismo, se atiende a través de dos formas de intervención: Actividades de Emergencia (AE), evaluadas y aprobadas por el INDECI; y Proyectos de Inversión Pública de Emergencia (PIPE), que son presentados a la DGPI, la que los declara elegibles, para su posterior aprobación por la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, el Art. 3° del DU N° 008-2012, dispuso que hasta el 31.DIC.2012, la aprobación de los PIPE, se otorgará únicamente con la declaración de elegibilidad que otorga la DGPI, previo cumplimiento del procedimiento simplificado del segundo párrafo de la TDCF. Asimismo el procedimiento establecido para la aprobación de la Transferencia Financiera de Recursos para la ejecución de las AE y PIPE, es establecido en la Directiva N° 001-2012-EF/63.01;

Que, en el marco de lo dispuesto en la TDCF, mediante el DS N° 268-2012-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 189 679,00 (CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios;

Que, de conformidad con la redacción actual del Art.
75° de la Ley N° 28411, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución del Titular del Pliego;

Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor de las Unidades Ejecutoras descritas en el Anexo A;

De conformidad con la Ley N° 29813, Ley N° 28411 y sus normas modificatorias, y la Directiva N° 001-2012-EF/63.01 aprobada mediante Resolución Directoral N° 001-2012-EF/63.01;

Con la visación de la Sub Jefatura, de las Oficinas de Asesoría Jurídica, Planificación y Presupuesto,
Administración y de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales;

En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo N° 059-2001-PCM, modificado por los Decretos Supremos N°s. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución la Transferencia Financiera de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 189 679,00 (CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a los recursos provenientes de la RC transferidos al INDECI mediante el DS N° 268-2012-EF, a favor de las Unidades Ejecutoras descritas en en el Anexo A para la ejecución de las AE, que forman parte integrante de la presente Resolución.

El monto total transferido a las Unidades Ejecutoras conforme aparece en el Anexo A, deben ser respetados en la etapa de ejecución.

Artículo 2°.- La Unidad Ejecutora reportará mensualmente al INDECI los avances hasta la culminación de la AE. La Unidad Ejecutora beneficiada deberá sujetarse a las obligaciones y procedimientos establecidos en la Directiva N° 001-2012-EF/63.01, bajo responsabilidad.

Artículo 3°.- Encargar a la Oficina de Administración del INDECI, el trámite de la Transferencia Financiera aprobada en el Art. 1° de la presente Resolución; a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI efectuar las acciones de control y seguimiento de las metas físicas y financieras materia de la presente Resolución;
a la Dirección Nacional de Logística la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial; y encargar a la Oficina de Estadística y Telemática la publicación en el Portal Institucional (www.indeci.gob.pe), del Anexo A referido a la ejecución de las AE, el mismo día de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial.

Artículo 4°.- Disponer que la Secretaría General e Imagen Institucional registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, y remita copia autenticada por Fedatario a las Unidades Ejecutoras descritas en el Anexo A, a la Sub Jefatura, a las Oficinas de Asesoría Jurídica, de Planificación y Presupuesto y de Administración y a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA
Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

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