2/14/2013

Resolución Jefatural N° 52-2013/JNAC/RENIEC Modifican la R.J. N° 614-2002-JEF-RENIEC, en lo que respecta a denominación

Modifican la R.J. N° 614-2002-JEF-RENIEC, en lo que respecta a denominación de la Municipalidad del Centro Poblado de San Francisco de Huambo REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 52-2013/JNAC/RENIEC Lima, 8 de febrero de 2013 VISTOS: El Informe N° 000554-2012/GPRC/SGIRC/RENIEC (19NOV2012) de la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando N° 000758-2012/GRC/RENIEC (07DIC2012) de
Modifican la R.J. N° 614-2002-JEF-RENIEC, en lo que respecta a denominación de la Municipalidad del Centro Poblado de San Francisco de Huambo

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 52-2013/JNAC/RENIEC


Lima, 8 de febrero de 2013
VISTOS:

El Informe N° 000554-2012/GPRC/SGIRC/RENIEC
(19NOV2012) de la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando N° 000758-2012/GRC/RENIEC
(07DIC2012) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe N° 000009-2013/GPRC/RENIEC (14ENE2013) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;

CONSIDERANDO:

Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral está conformado por el conjunto de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias;

Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinación con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, pública o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el artículo 8° de la Ley N° 26497-Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;

Que, mediante la Guía de Procedimientos GP-348-GPRC/SGIRC/005, Delegación de Funciones Registrales e Incorporación al Sistema Registral de Oficinas de Registros del Estado Civil de Centros Poblados y Municipalidades de Centros Poblados y Oficinas Auxiliares de Municipalidades, aprobada por Resolución Secretarial N° 093-2012-SGEN/RENIEC, se han regulado los procedimientos registrales relativos a Centros Poblados, Municipalidades de Centros Poblados o Municipalidades Distritales o Provinciales cuyas OREC u Oficinas Auxiliares han sido incorporadas al Sistema Registral;

Que, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor (Hoy Municipalidad de Centro Poblado) de Huambo,
Distrito de Pampas Chico, Provincia de Recuay,
Departamento de Ancash, se encuentra incorporada al Sistema Registral por Resolución Jefatural N° 614-2002-JEF-RENIEC de fecha 09 de Agosto de 2002;

Que, conforme a los informes de vistos, el Alcalde de la referida Municipalidad del Centro Poblado comunica la variación de su denominación a Municipalidad del Centro Poblado de San Francisco de Huambo, anexando los documentos correspondientes; habiendo sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico normativo en materia registral; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, órgano encargado de supervisar y controlar el proceso de autorización de delegación de funciones de las Oficinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas;

Que, atendiendo a lo expuesto corresponde modificar la Resolución Jefatural N° 614-2002-JEF-RENIEC de fecha 09 de Agosto de 2002 en lo que respecta a la denominación de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de Huambo; ahora denominada Municipalidad del Centro Poblado de San Francisco de Huambo;
entendiendo la autorización de delegación de funciones a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de San Francisco de Huambo, Distrito de Pampas Chico, Provincia de Recuay, Departamento de Ancash; y,
Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley N° 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 015-98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 245-2012/JNAC/RENIEC (03OCT2012) y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009);

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar la Resolución Jefatural N° 614-2002-JEF-RENIEC de fecha 09 de Agosto de 2002 en lo que respecta a la denominación de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de Huambo, ahora denominada Municipalidad del Centro Poblado de San Francisco de Huambo; entendiendo la autorización de delegación de funciones a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de San Francisco de Huambo, Distrito de Pampas Chico, Provincia de Recuay,
Departamento de Ancash.

Artículo 2°.- Mantener la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la Ley N° 26497; y conferidas a la citada Oficina de Registros del Estado Civil, a través de la Resolución Jefatural N° 614-2002-JEF-RENIEC de fecha 09 de Agosto de 2002.

Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Gerencia de Operaciones Registrales, Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, Sub Gerencia de Procesamiento de Identificación de la Gerencia de Registros de Identificación y Sub Gerencia de Gestión Técnico Normativa de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles adoptará las acciones que correspondan de acuerdo a su competencia Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional

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