2/20/2013

Resolución Ministerial N° 0120-2013-IN Exoneran a la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración de

Exoneran a la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración de proceso de selección para la contratación de servicios de publicidad para la campaña 'La Nueva Policía y tú, aliados contra la delincuencia' INTERIOR RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0120-2013-IN Lima, 18 de febrero de 2013 VISTOS: El Oficio N° 000057-2013/IN/OGCI de fecha 08 de febrero de 2013, de la Oficina General de Comunicación Social e Imagen Institucional; el Oficio N° 000765-2013/IN/DGPP de fecha 15 de febrero de 2013,
Exoneran a la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración de proceso de selección para la contratación de servicios de publicidad para la campaña 'La Nueva Policía y tú, aliados contra la delincuencia'

INTERIOR
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0120-2013-IN


Lima, 18 de febrero de 2013
VISTOS:

El Oficio N° 000057-2013/IN/OGCI de fecha 08 de febrero de 2013, de la Oficina General de Comunicación Social e Imagen Institucional; el Oficio N° 000765-2013/IN/DGPP de fecha 15 de febrero de 2013, de la Dirección General de Gestión en Planificación y Presupuesto; el Oficio N° 000547-2013/IN/DGA e Informe N° 008-2013-IN-DL, ambos de fecha 15 de febrero de 2013, de la Dirección General de Gestión en Administración; y, el Informe N° 000312-2013/IN/OGAJ de fecha 18 de febrero de 2013, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 76 de la Constitución Política del Perú dispone que la contratación de bienes, servicios u obras con fondos públicos debe efectuarse obligatoriamente por licitación o concurso, de acuerdo con los procedimientos y requisitos señalados en la ley;

Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1017, modificada por Ley N° 29873, en adelante la Ley, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF , modificado por Decreto Supremo N° 138-2012-EF, en adelante el Reglamento, constituyen las normas de desarrollo del citado precepto constitucional, dado que establecen las reglas que deben observar las Entidades en las contrataciones que lleven a cabo erogando fondos públicos;

Que, la normativa de contratación pública ha previsto la posibilidad de que en determinados supuestos, las Entidades puedan exonerarse de la obligación de realizar un proceso de selección para determinar al proveedor con el que contratarán directamente. Estas causales se encuentran previstas en el artículo 20 de la Ley, siendo que sus formalidades, condiciones y requisitos complementarios se hallan determinados en el Reglamento;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal e) del artículo 20 de la Ley, concordante con el artículo 131 del Reglamento, se encuentran exoneradas de los procesos de selección las contrataciones que se realicen cuando exista proveedor único de bienes o servicios que no admiten sustitutos, o cuando por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos se haya establecido la exclusividad del proveedor; siendo que también se encuentran incluidos en esta causal los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación;

Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 135 del Reglamento, la exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección, razón por la cual los actos preparatorios y los contratos que se celebren como consecuencia de ésta, deben cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente; siendo que el cumplimiento de los requisitos es responsabilidad del Titular de la Entidad y de los funcionarios que intervengan en la decisión y ejecución;

Que, al respecto el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), mediante la Opinión N° 103-2012/DTN señaló que la causal de proveedor único de bienes o servicios que no admiten sustitutos 'se configura por el solo hecho que la Entidad haya determinado que el servicio que requiere contratar califica como un servicio de publicidad, siendo irrelevante si del estudio de las posibilidades que ofrece el mercado se desprende la existencia de más de un proveedor en posibilidad de brindar el servicio de publicidad a la Entidad';

Que, la Ley y el Reglamento exigen, además, que la exoneración del proceso de selección se apruebe mediante resolución del Titular de la Entidad, la cual debe sustentarse obligatoriamente en informes previos que contengan la justificación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración, debiendo publicarse tanto dicha resolución como los informes que la sustentan en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión;

Que, de conformidad con el artículo 13 de la Ley, concordado con el artículo 11 de su Reglamento, es responsabilidad del área usuaria la formulación de las características técnicas de los bienes, servicios y obras que requiere la Entidad;

Que, por otro lado, se tiene que mediante Ley N° 28874,
Ley que Regula la Publicidad Estatal, se establecieron los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del gobierno nacional, gobierno regional y gobierno local, destinarán al rubro publicidad, en prensa escrita, radio y televisión;

Que, el artículo 2 de la precitada Ley establece que se entenderá por publicidad institucional, a aquélla que tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, tales como el ahorro de energía eléctrica, la preservación del medio ambiente, el pago de impuestos, entre otras, así como la difusión de la ejecución de los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias;

Que, el artículo 3 de la citada Ley N° 28874 dispone que para la autorización de la realización de publicidad estatal, se debe cumplir con: i) Un Plan de estrategia publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las que deberán adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; ii) La descripción y justificación de las campañas institucionales y comerciales que se pretendan llevar a cabo; iii) La propuesta y justificación técnica de la selección de medios de difusión de acuerdo con el público objetivo y la finalidad que se quiere lograr, la cobertura, duración de la campaña, equilibrio informativo e impacto de los mismos. Deberá sustentarse técnicamente la razón por la que una determinada entidad o dependencia eligió a determinados medios de manera preferente, para no dar lugar a situaciones que privilegien injustificadamente a empresas periodísticas determinadas, y; iv) El proyecto de presupuesto para llevar a cabo las acciones comprendidas en las campañas;

Que, de la revisión del Expediente de Contratación se advierte que el Plan Estratégico de Publicidad del Ministerio del Interior – Año 2013, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0114-2013-IN, incluye, entre otros, la Campaña 'La Nueva Policía y tú, aliados contra la delincuencia';

Que, mediante Oficio N° 000057-2013/IN/OGCI de fecha 08 de febrero de 2013, la O?cina General de Comunicación Social e Imagen Institucional requirió la contratación del servicio de difusión de pautas en medios televisivos, radiales y escritos para la difusión de la Campaña 'La Nueva Policía y tú, aliados contra la delincuencia'; remitiendo a tal efecto el Plan de la Campaña Publicitaria para la Seguridad Ciudadana, el mismo que incluye la descripción y justificación técnica de la selección de medios de difusión (comunicación) de acuerdo con el público objetivo y la finalidad que se requiere lograr, la cobertura, el concepto, el contenido y la duración de la campaña, así como el equilibrio informativo y el impacto de los mismos;

Que, se advierte del Plan de Campaña Publicitaria que el servicio requerido por la Oficina General de Comunicación Social e Imagen Institucional es la difusión de publicidad en medios televisivos, radiales y escritos;
teniendo la campaña por objetivo, contribuir a disminuir la percepción de inseguridad ciudadana y generar mayor participación de la ciudadanía, a efectos de lograr que ésta asuma una actitud más proactiva y comprometida con las autoridades en beneficio de su propia seguridad, siendo el lema de dicha campaña 'La nueva Policía y tú, aliados contra la delincuencia'. Se tiene que el público objetivo está constituido por hombres y mujeres entre 20 y 35 años del nivel socioeconómico C, D y E; siendo que la difusión de las piezas y actividades publicitarias tendrá un alcance nacional, poniéndose más énfasis en los departamentos de Lima, Lambayeque, La Libertad, Piura,
Tumbes y Tacna, al encontrarse en ellos las ciudades con mayor índice de inseguridad ciudadana;

Que, asimismo, se desprende del referido Plan de Campaña Publicitaria que la selección de medios televisivos, radiales y escritos se ha realizado tomando en consideración los aspectos contemplados en la Ley N° 28874 en la cual se establecen los criterios para el uso de recursos públicos en el rubro de publicidad; toda vez, que la selección de los medios se efectuó conforme a criterios objetivos basados principalmente en la llegada al público objetivo;

Que, mediante Oficio N° 000547-2013/IN/DGA de fecha 15 de febrero de 2013, la Dirección General de Gestión en Administración remitió el Informe N° 008-2013-IN-DL de la misma fecha, a través del cual la Dirección de Logística de dicha Dirección General emitió opinión favorable respecto de la contratación de los medios de difusión propuestos por la Oficina General de Comunicación Social e Imagen Institucional, señalando que se ha configurado la causal de exoneración de proceso de selección por proveedor único de bienes o servicios que no admiten sustitutos, toda vez que nos encontramos frente a un supuesto de contratación de servicios de publicidad, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 131 del Reglamento.

Que, en el Informe N° 008-2013-IN-DL se precisó que conforme al Estudio de Posibilidades que Ofrece el Mercado de fecha 15 de febrero de 2013, se determinó que el valor referencial total de la mencionada exoneración asciende a la suma de S/. 1’499,972.93 (Un millón cuatrocientos noventa y nueve mil novecientos setenta y dos y 93/100 Nuevos Soles) monto que correspondería al de un concurso público según relación de ítems, siendo necesaria su inclusión en el Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración del Ministerio del Interior.

Asimismo, se indica que se cuenta con la respectiva previsión presupuestal, según lo señalado en el Oficio N° 000765-2012/IN/DGPP de la Dirección General de Gestión en Planificación y Presupuesto, de fecha 15 de febrero de 2013;

Que, por otro lado, de acuerdo con lo indicado en el artículo 33 del 'Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior', aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2012-IN, la Oficina General de Comunicación Social e Imagen Institucional es la encargada de desarrollar y coordinar la política de comunicación social y proyectar la imagen del Ministerio del Interior a través de información y producción periodística de conformidad con las políticas institucionales; constituyéndose en el área usuaria de los servicios de publicidad;

Que, siendo que el requerimiento propuesto ha sido elaborado y aprobado por el área técnica competente en materia de comunicaciones y publicidad, en cumplimiento del Plan Estratégico de Publicidad del Ministerio del Interior
– Año 2013 y de la Ley N° 28874, y, contándose con la opinión técnica favorable de la Dirección de Logística de la Dirección General de Gestión en Administración y la previsión presupuestal correspondiente, se concluye que se ha configurado la causal de exoneración de proceso de selección por proveedor único de bienes o servicios que no admiten sustitutos para el servicio de publicidad de medios de comunicación, contemplada expresamente en literal e) del artículo 20 de la Ley y el último párrafo del artículo 131 del Reglamento; resultando necesaria su aprobación por el Titular de la Entidad;

De conformidad con lo dispuesto por la 'Ley que Regula la Publicidad Estatal', aprobada por Ley N° 28874; la 'Ley de Contrataciones del Estado', aprobada por Decreto Legislativo N° 1017 y modificada por Ley N° 29873; y el 'Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado', aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF y modificado por Decreto Supremo N° 138-2012-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración del Ministerio del Interior correspondiente al ejercicio presupuestal 2013, a fin de incluir el proceso de selección concurso público, según relación de ítems, para la contratación de servicios de publicidad en medios televisivos, radiales y escritos para la Campaña
'La Nueva Policía y tú, aliados contra la delincuencia', con un valor referencial ascendente a la suma de S/.
1’499,972.93 (Un millón cuatrocientos noventa y nueve mil novecientos setenta y dos y 93/100 Nuevos Soles), según el detalle del Anexo que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Exonerar a la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración del Ministerio del Interior de la realización del proceso de selección correspondiente, para la contratación de servicios de publicidad en medios televisivos, radiales y escritos para la Campaña 'La Nueva Policía y tú, aliados contra la delincuencia', al haberse configurado la causal de proveedor único de bienes y servicios que no admiten sustitutos, conforme a lo dispuesto por el numeral e) del artículo 20 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017 y modificada por Ley N° 29873, y el artículo 131 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF y modificado por Decreto Supremo N° 138-2012-EF.

Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Logística de la Dirección General de Gestión en Administración para que realice la contratación directa del servicio a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, conforme a lo dispuesto por el artículo 135 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF y modificado por Decreto Supremo N° 138-2012-EF; así como, la publicación de la presente Resolución y de los informes que la sustentan en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE).

Regístrese, comuníquese y publíquese WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior

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