2/02/2013

Resolución Ministerial N° 023-2013-MEM/DM Aprueban transferencia de bienes que conforman proyecto ubicado en el departamento

Aprueban transferencia de bienes que conforman proyecto ubicado en el departamento de Ayacucho a favor de Electrocentro SA y ADINELSA ENERGIA Y MINAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 023-2013-MEM/DM Lima, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 026-2007-EM del 05 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrificación Rural mediante la Aplicación de Fondos Concursables - Proyecto FONER y la Dirección Ejecutiva de Proyectos, creándose la Dirección General de
Aprueban transferencia de bienes que conforman proyecto ubicado en el departamento de Ayacucho a favor de Electrocentro SA y ADINELSA

ENERGIA Y MINAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 023-2013-MEM/DM


Lima,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 026-2007-EM del 05 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrificación Rural mediante la Aplicación de Fondos Concursables - Proyecto FONER y la Dirección Ejecutiva de Proyectos, creándose la Dirección General de Electrificación Rural, la misma que ha entrado en funciones el 01 de enero de 2008;

Que, previa Licitación Pública N° LP-0007-2009-MEM/DGER, con fecha 22 de octubre de 2009, la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas y de la otra parte el Consorcio Cangallo, integrado por: i) Ingeniería para el Desarrollo SA (INDESA); ii)
ABC Ingenieros SAC; iii) ARIO Contratistas Generales SAC; y, iv) Contratistas de Mantenimiento de Líneas de Transmisión y Servicios Múltiples S.R.L (COMALSEN S.R.L), suscribieron el Contrato N° 038-2009-MEM/DGER
para la Ejecución de la Obra 'Electrificación Rural (Grupo 4-2) ubicada en el departamento de Ayacucho', la misma que está conformada por el Proyecto Sistema Eléctrico Rural Cangallo V Etapa, por un monto de S/. 8 914 364,98 (Ocho Millones Novecientos Catorce Mil Trescientos Sesenta y Cuatro y 98/100 Nuevos Soles) incluido impuestos, y un plazo de ejecución de obra de doscientos diez (210) días calendario;

Que, mediante Resolución Directoral N° 222-2012-EM/DGER de fecha 23 de julio de 2012, se aprobó la Liquidación Final del Contrato N° 038-2009-MEM/DGER, por un monto final de S/. 9 449 693,13 (Nueve Millones Cuatrocientos Cuarenta y Nueve Mil Seiscientos Noventa y Tres y 13/100 Nuevos Soles) incluido el Impuesto General a las Ventas - IGV;

Que, mediante Resolución Directoral N° 445-2012-EM/DGER de fecha 19 de diciembre de 2012, se aprobó la Liquidación Final del Proyecto Sistema Eléctrico Rural Cangallo V Etapa, estableciéndose un monto total ajustado a la fecha de transferencia ascendente a S/. 10 479 210,00 (Diez Millones Cuatrocientos Setenta y Nueve Mil Doscientos Diez y 00/100 Nuevos Soles) incluido impuestos, el cual atendiendo al ámbito de operación de las empresas distribuidoras ubicadas en la zona del proyecto, fue distribuido de la forma siguiente: i)
A Electrocentro SA la suma de S/. 8 990 275,61 (Ocho Millones Novecientos Noventa Mil Doscientos Setenta y Cinco y 61/100 Nuevos Soles) incluido impuestos, y ii) A ADINELSA la suma de S/. 1 488 934,39 (Un Millón Cuatrocientos Ochenta y Ocho Mil Novecientos Treinta y Cuatro y 39/100 Nuevos Soles) incluido impuestos, según el siguiente detalle de gastos: a) Contrato de Ejecución de Obra N° 038-2009-MEM/DGER por la suma de S/. 9
638 687,31 (Nueve Millones Seiscientos Treinta y Ocho Mil Seiscientos Ochenta y Siete y 31/100 Nuevos Soles) incluido impuestos, b) Contrato de Supervisión de Obra N° 039-2009-MEM/DGER por la suma de S/. 468 395,24 (Cuatrocientos Sesenta y Ocho Mil Trescientos Noventa y Cinco y 24/100 Nuevos Soles) incluido impuestos, c)
Contrato de Estudios N° 023-2008-MEM/DGER por el importe de S/. 352 719,04 (Trescientos Cincuenta y Dos Mil Setecientos Diecinueve y 04/100 Nuevos Soles) incluido impuestos, y d) Pagos por Servidumbre por la suma de S/.
19 408,41 (Diecinueve Mil Cuatrocientos Ocho y 41/100
Nuevo Soles) incluido impuestos;

Que, el Artículo 5° de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, establece que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección Ejecutiva de Proyectos, actualmente Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas, es competente en materia de electrificación rural, coordinando con los gobiernos regionales y locales, empresas concesionarias de distribución eléctrica y de electrificación rural, y demás entidades y programas del Gobierno Nacional, relacionadas con la ejecución de obras de electrificación rural y sus administración, operación y mantenimiento;

Que, el Artículo 18° de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, concordante con el Artículo 53° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que haya ejecutado o ejecute, preferentemente a las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal o a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica SA - ADINELSA;

Que, el Especialista en Liquidaciones y Transferencias de la Dirección General de Electrificación Rural, mediante Informe N° 139-2012-MEM/DGER/DPR-JER de fecha 20 de diciembre de 2012, señaló que la transferencia de los bienes financiados por la DGER/MEM que conforman el proyecto señalado en los considerandos precedentes, se realizará a título gratuito a favor de las siguientes empresas receptoras: a) Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro SA -ELECTROCENTRO SA, por la suma S/. 8 990 275,61(Ocho Millones Novecientos Noventa Mil Doscientos Setenta y Cinco y 61/100 Nuevos Soles) incluido impuestos, y b) Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica SA - ADINELSA, por la suma de S/. 1 488 934,39 (Un Millón Cuatrocientos Ochenta y Ocho Mil Novecientos Treinta y Cuatro y 39/100 Nuevos Soles) incluido impuestos, montos ajustados a la fecha de transferencia;

Que, la Jefatura de Energías Renovables, a través del Memorándum N° 239-2012-MEM/DGER/DPR-JER de fecha 20 de diciembre de 2012, remite a la Jefatura de Administración y Finanzas el expediente de transferencia del proyecto, solicitando que se efectúe la respectiva conciliación contable, emitiéndose posteriormente el Memorándum N° 732-2012-MEM/DGER-JAF de fecha 20 de diciembre de 2012, indicándose que se ha efectuado la conciliación contable requerida;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28749,
Ley General de Electrificación Rural, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM y normas modificatorias; la Ley N° 29151, Ley Genera del Sistema Nacional de Bienes Estatales; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; el Decreto Ley N° 25962, que aprueba la Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, modificado por el Decreto Supremo N° 026 - 2010-EM y el Decreto Supremo N° 030-2012-EM; la Directiva N° 005-2008-EM/DGER, sobre las Normas y Procedimientos para la Transferencia de Proyectos ejecutados por la DGER/MEM;

Con la opinión favorable del Director General de Electrificación Rural y del Vice Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto 'Sistema Eléctrico Rural Cangallo V Etapa', ubicado en las provincias de Cangallo, Huamanga, Huancasancos, Lucanas,
Sucre, Víctor Fajardo, Vilcashuamán del departamento de Ayacucho, financiado por la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro SA - ELECTROCENTRO SA y de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica SA - ADINELSA, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa de la presente Resolución y al Inventario Físico Valorizado de Bienes del Activo Fijo del Expediente de Transferencia que se integra a la presente.

Artículo 2°.- Poner en conocimiento de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro SA - ELECTROCENTRO SA, de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica SA -ADINELSA y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas

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