2/15/2013

Resolución Ministerial N° 024-2013-TR Establecen horario de atención al público en el Ministerio de Trabajo y

Establecen horario de atención al público en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 024-2013-TR Lima, 14 de febrero de 2013 VISTOS: El Acta de reunión de coordinación de fecha 07 de febrero de 2013 y el Memorando N° 67-2013-MTPE/4, de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 083-2009-PCM se autoriza a los titulares de las Entidades de la Administración
Establecen horario de atención al público en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 024-2013-TR


Lima, 14 de febrero de 2013
VISTOS: El Acta de reunión de coordinación de fecha 07 de febrero de 2013 y el Memorando N° 67-2013-MTPE/4, de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 083-2009-PCM se autoriza a los titulares de las Entidades de la Administración Pública a modificar y establecer horarios escalonados de inicio y término de la prestación de servicios, en el ámbito de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao;

Que, el artículo 3° del citado Decreto Supremo, prescribe que para establecer la escala de horarios de inicio y término de la prestación de servicios, se debe tener en cuenta diversos criterios, entre los que se encuentra el criterio de ámbito de aplicación de la escala, que puede comprender a todos los órganos de la Entidad o a uno o más de ellos;

Que, en ese sentido y a efectos de optimizar los servicios que brinda el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y generar mayor beneficio a los usuarios, resulta procedente emitir el acto de administración interna que establezca un nuevo horario de atención al público de manera ininterrumpida, el mismo que comprenda a los programas y unidades orgánicas del Sector;

Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Secretario General, del Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos (e) y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR; y del Decreto Supremo N° 083-2009-PCM, que autoriza a titulares de las Entidades de la Administración Pública a modificar y establecer horarios escalonados de inicio y término de la prestación de servicios, en el ámbito de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Establecer en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el horario de atención al público de manera ininterrumpida, de lunes a viernes, de 7:00 a.m hasta las 16:30 p.m.

Artículo 2°.- Lo dispuesto en el artículo precedente, es de aplicación a los órganos desconcentrados y programas que forman parte del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Artículo 3°.- La Oficina General de Recursos Humanos, será la encargada de cautelar el cumplimiento de la presente resolución.

Artículo 4°.- Notificar la presente resolución a la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR.

Artículo 5°.- Disponer que la presente Resolución Ministerial se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: www.trabajo.gob.pe, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Artículo 6°.- Déjese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NANCY LAOS CÁCERES
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo

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