2/14/2013

Resolucion Ministerial N° 028-2013-MEM/DM Aprueban transferencia de autorización para desarrollar la actividad de

Aprueban transferencia de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Atocongo a favor de UNACEM SAA. ENERGIA Y MINAS RESOLUCION MINISTERIAL N° 028-2013-MEM/DM Lima, 28 de enero de 2013 VISTO: El Expediente N° 33084798, organizado por GENERACIÓN ELÉCTRICA DE ATOCONGO SA sobre autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Atocongo y la solicitud de transferencia de autorización de energía eléctrica
Aprueban transferencia de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Atocongo a favor de UNACEM SAA.

ENERGIA Y MINAS
RESOLUCION MINISTERIAL N° 028-2013-MEM/DM


Lima, 28 de enero de 2013
VISTO: El Expediente N° 33084798, organizado por GENERACIÓN ELÉCTRICA DE ATOCONGO SA sobre autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Atocongo y la solicitud de transferencia de autorización de energía eléctrica de la referida central térmica a favor de UNIÓN ANDINA DE CEMENTOS SAA. – UNACEM SAA., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11021439 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima.

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 232-93-EM-DGE, publicada el 15 de octubre de 1993, se otorgó a favor de GENERACIÓN ELÉCTRICA DE ATOCONGO SA la autorización para generar energía eléctrica a través de la Central Térmica Atocongo, cuya capacidad instalada es de 15,75 MW, ubicada en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 259-98-EM/VME, publicada el 07 de junio de 1998, se otorgó a favor de GENERACIÓN ELÉCTRICA DE ATOCONGO SA la autorización para generar energía eléctrica a través de la Central Térmica Atocongo, ampliando su capacidad instalada en 26 MW, resultando como potencia instalada total de la referida central térmica en 41,75 MW;

Que, mediante el documento de ingreso N° 2242013 de fecha 05 de noviembre de 2012, GENERACIÓN ELÉCTRICA DE ATOCONGO SA solicitó la transferencia de autorización de la Central Térmica Atocongo a favor de UNIÓN ANDINA DE CEMENTOS SAA. –UNACEM SAA., sobre la base del Contrato de Cesión de Derechos suscrito con fecha 29 de setiembre de 2012, mediante la cual la primera cede a favor de la segunda los derechos derivados de las Resoluciones señaladas en los considerandos que anteceden;

Que, habiéndose verificado el Contrato de Cesión de Derechos suscrito por las citadas empresas, corresponde tener a UNIÓN ANDINA DE CEMENTOS SAA. – UNACEM SAA. como titular de la autorización de generación de energía eléctrica a través de la Central Térmica Atocongo, otorgada mediante las Resoluciones Ministeriales N° 232-93-EM-DGE y N° 259-98-EM/VME;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de evaluar y verificar que la solicitud se sujeta al Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, y a las disposiciones legales pertinentes, ha emitido el Informe N° 514-2012-DGE-DCE, siendo procedente aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la citada autorización a UNIÓN ANDINA DE CEMENTOS SAA.
–UNACEM SAA.;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la transferencia de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Atocongo, de una capacidad instalada de 41,75 MW, que efectúa GENERACIÓN ELÉCTRICA DE ATOCONGO SA a favor de UNIÓN ANDINA DE CEMENTOS SAA.
– UNACEM SAA., por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2°.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, dentro de cinco (05) días calendario siguiente a su expedición, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas

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