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Resolución Ministerial N° 033-2013-MINCETUR/DM Autorizan viaje a México de representante del Ministerio, en comisión de
2/18/2013
Resolución Ministerial N° 033-2013-MINCETUR/DM Autorizan viaje a México de representante del Ministerio, en comisión de
Autorizan viaje a México de representante del Ministerio, en comisión de servicios COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 033-2013-MINCETUR/DM Lima, 13 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Gobierno del Perú lanzó la iniciativa de conformar un área de integración para asegurar la circulación de bienes, servicios, capitales y personas, así como de consolidar una plataforma económica común hacia el mundo, especialmente hacia el Asia, para lo cual se estableció la 'Alianza del
COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 033-2013-MINCETUR/DM
Lima, 13 de febrero de 2013
CONSIDERANDO:
Que, el Gobierno del Perú lanzó la iniciativa de conformar un área de integración para asegurar la circulación de bienes, servicios, capitales y personas, así como de consolidar una plataforma económica común hacia el mundo, especialmente hacia el Asia, para lo cual se estableció la 'Alianza del Pacífico', integrada por Colombia, Chile, Perú y México;
Que, en este contexto, considerando la instrucción dada por el Grupo de Alto Nivel (GAN) de la Alianza del Pacífico durante la Ronda de Cali - Colombia, mediante la cual se establece que la negociación de Acceso a Mercados, de los Requisitos Específicos de Origen (REOs) y del mecanismo de acumulación, deben concluir a más tardar el 31 de marzo de 2013, se ha programado una serie de reuniones intersesionales durante el primer trimestre del presente año;
Que, conforme a lo anterior, la segunda reunión intersesional se realizará del 25 al 27 de febrero de 2013 en la ciudad de México DF, por lo que con el fin de garantizar la plena participación del Perú durante la mencionada reunión, es necesario autorizar el viaje a dicha ciudad de la señora
Ángela Rossina Guerra Sifuentes, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior;
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
- MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones internacionales y de integración;
Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;
De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo -MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 24 al 28 de febrero de 2013, de la señora Ángela Rossina Guerra Sifuentes, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en la segunda reunión intersesional, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes : US$ 1 340,30
Viáticos (US$ 220,00 x 4 días) : US$ 880,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Guerra Sifuentes presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE LUIS SILVA MARTINOT
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
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