2/22/2013

Resolución Ministerial N° 048-2013-PCM Aprueban el Plan Nacional de Simplificación Administrativa 2013-2016

Aprueban el Plan Nacional de Simplificación Administrativa 2013-2016 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 048-2013-PCM 21 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 9 de enero de 2013, se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública; Que, el citado Decreto Supremo establece en su Primera Disposición Complementaria Final que la Presidencia del Consejo de
Aprueban el Plan Nacional de Simplificación Administrativa 2013-2016

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 048-2013-PCM


21 de febrero de 2013
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 9 de enero de 2013, se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública;

Que, el citado Decreto Supremo establece en su Primera Disposición Complementaria Final que la Presidencia del Consejo de Ministros a través de la Secretaría de Gestión Pública, elaborará en un plazo máximo de treinta (30) días calendarios el Plan Nacional de Simplificación Administrativa;

Que, dicha norma establece como objetivo general de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y en el desarrollo del país;

Que, la citada Política Nacional, precisa como cuarto objetivo específico implementar la gestión por procesos y promover la simplificación administrativa en todas las entidades públicas, a fin de generar resultados positivos en la mejora de los procedimientos y servicios orientados a los ciudadanos y empresas;

Que, para la formulación del Plan Nacional de Simplificación Administrativa 2013 – 2016 se ha tomado en cuenta los elementos recogidos en los aportes de las distintas entidades que participaron en la Evaluación del Plan Nacional de Simplificación 2010 al 2014, aprobado por Resolución Ministerial N° 228-2010-PCM, tales como el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática - ONGEI, la Contraloría General de la República, Ministerios, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, entre otros;

Que, el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros establece que son funciones de la Secretaría de Gestión Pública de la PCM, asesorar a las entidades en materia de simplificación administrativa y evaluar los procesos de simplificación administrativa en relación con el Texto
Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de las entidades del Poder Ejecutivo, para lo cual está facultada a solicitar la información que requiera, y emitir directivas y/o lineamientos; así como de supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las normas de simplificación administrativa contenidas en la Ley del Procedimiento Administrativo General y detectar los incumplimientos;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo N° 004-2013-PCM que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobación del Plan Nacional de Simplificación Administrativa Aprobar el 'Plan Nacional de Simplificación Administrativa 2013-2016' que precisa las acciones necesarias, metas, indicadores, plazos y entidades públicas responsables de su ejecución para la implementación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública aprobada por el Decreto Supremo N° 004-2013-PCM.

Artículo 2°.- Alcance del Plan Nacional de Simplificación Administrativa El Plan Nacional de Simplificación Administrativa 2013-2016, es de alcance para todas las entidades que conforman la Administración Pública, señaladas en el Artículo I del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, las mismas que deberán adecuar sus actividades, planes y presupuestos de acuerdo a las acciones, metas, indicadores y plazos establecidos en el citado Plan Nacional de Simplificación Administrativa 2013-2016.

Artículo 3°.- Evaluación y seguimiento de la ejecución del Plan Nacional de Simplificación Administrativa La Presidencia del Consejo de Ministros a través de la Secretaría de Gestión Pública, realizará el seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan Nacional de Simplificación Administrativa 2013-2016, debiendo definir para ello los mecanismos y periodicidad de reporte por parte de las entidades públicas.

Artículo 4°.- Publicación La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Plan Nacional de Simplificación Administrativa 2013-2016 y su Anexo:

Matriz de Planificación, deberán ser publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe).

Artículo 5°.- Déjese sin efecto Déjese sin efecto la Resolución Ministerial N° 228-2010-PCM, mediante la cual se aprobó el Plan Nacional de Simplificación Administrativa 2010-2014.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros

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