2/10/2013

Resolución Ministerial N° 063-2013/MINSA Conceden prórroga al Comité Nacional de Expertos para el proceso de verificación

Conceden prórroga al Comité Nacional de Expertos para el proceso de verificación de la documentación, sobre la Eliminación del Sarampión, Rubéola y el Síndrome de Rubéola Congénita (SRC) en el Perú SALUD RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 063-2013/MINSA Lima, 4 de febrero del 2013 Visto, el Expediente N° 13-004492-001, que contiene el Memorando N° 074-2013-DGE-DVE-DSVSP/MINSA de la Dirección General de Epidemiología y el Oficio N° 01-2012 Presidente del Comité Nacional de Expertos; CONSIDERANDO: Que,
Conceden prórroga al Comité Nacional de Expertos para el proceso de verificación de la documentación, sobre la Eliminación del Sarampión, Rubéola y el Síndrome de Rubéola Congénita (SRC) en el Perú

SALUD
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 063-2013/MINSA


Lima, 4 de febrero del 2013
Visto, el Expediente N° 13-004492-001, que contiene el Memorando N° 074-2013-DGE-DVE-DSVSP/MINSA de la Dirección General de Epidemiología y el Oficio N° 01-2012
Presidente del Comité Nacional de Expertos;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 755-2012/MINSA, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 19 de setiembre de 2012, se conformó el Comité
Nacional de Expertos, para el proceso de verificación de la documentación, sobre la Eliminación del Sarampión,
Rubéola y el Síndrome de Rubéola Congénita (SRC) en el Perú, cuyo plazo de vigencia fue hasta el 31 de diciembre de 2012;

Que, con el documento del visto de fecha 19 de diciembre de 2012, el Presidente del Comité Nacional de Expertos, expresó la necesidad de extender la vigencia del citado Comité por noventa (90) días adicionales a fin de culminar con lo encomendado, solicitud que cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Epidemiología;

Que, atendiendo a lo antes expuesto, resulta conveniente conceder mediante el respectivo acto resolutivo, un plazo adicional con efectividad al 1 de enero de 2013;

Con el visado del Director General de la Dirección General de Epidemiología, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y,
De conformidad con lo dispuesto en el literal l) de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud y el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Conceder al Comité Nacional de Expertos para el proceso de verificación de la documentación, sobre la Eliminación del Sarampión,
Rubéola y el Síndrome de Rubéola Congénita (SRC) en el Perú, una prórroga adicional de noventa (90) días, con eficacia anticipada al 1 de enero de 2013.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud

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