2/17/2013

Resolución Ministerial N° 129-2013 DE/SG Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de los Estados

Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de los Estados Unidos de América DEFENSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 129-2013 DE/SG Lima, 15 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) N° 097 del 4 de febrero de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Oficio NC-900-SGFA-EMAI- N° 0618
Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de los Estados Unidos de América

DEFENSA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 129-2013 DE/SG


Lima, 15 de febrero de 2013
CONSIDERANDO:

Que, con Facsímil (DSD) N° 097 del 4 de febrero de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra;

Que, con Oficio NC-900-SGFA-EMAI- N° 0618 del 14 de febrero de 2013, el Secretario General de la Fuerza Aérea por encargo del Comandante General de la Fuerza Aérea, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América;

Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 16 al 26 de febrero de 2013, a fin de realizar un Estudio de Sitio (PDSS) para futuros ejercicios y sostener reuniones con los Jefes del Grupo Aéreo N° 3 y el Ala Aérea N° 2 en la ciudad de Lima;

Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modificado por el artículo único de la Ley N° 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,
Estando a lo opinado por la Fuerza Aérea del Perú; y de conformidad con la Ley N° 27856, modificada por la Ley N° 28899;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 16 al 26 de febrero de 2013, a fin que realicen un Estudio de Sitio (PDSS) para futuros ejercicios y sostengan reuniones con los Jefes del Grupo Aéreo N° 3 y el Ala Aérea N° 2, en la ciudad de Lima.
1. Oficial Técnico 5 William VANDERBERRY
2. Oficial Técnico 4 John WELLINGTON
3. Oficial Técnico 3 Fox BRENT
4. Técnico Luciano HIRAM
5. Técnico Orlando CRUZ
6. Técnico Salvador GALAVIZ
7. Técnico Víctor MELENDEZ
8. Técnico Bryan HOMES
9. Técnico Joey HERNANDEZ
Artículo 2°.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley N° 28899.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa

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