2/12/2013

Resolución N° 019-2013-CONAFU ANR - Sobre reorganizacion de la Universidad Nacional de Cañete

ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Reconocen a Presidente y Vicepresidentes Académico y Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES RESOLUCIÓN N° 019-2013-CONAFU Lima, 16 de enero de 2013 'UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE' VISTOS: Oficio N° 174-UNDC-CO/PCO-2012 recibido el 18 de diciembre de 2012, Oficio N° 1551-2012-CONAFU-CDAA de fecha
ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Reconocen a Presidente y Vicepresidentes Académico y Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete

CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
RESOLUCIÓN N° 019-2013-CONAFU


Lima, 16 de enero de 2013
'UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE'
VISTOS: Oficio N° 174-UNDC-CO/PCO-2012 recibido el 18 de diciembre de 2012, Oficio N° 1551-2012-CONAFU-CDAA de fecha 28 de diciembre de 2012, y el Acuerdo N° 024-2013-CONAFU de la sesión del Pleno del CONAFU de fecha 16 de enero de 2013, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Ley N° 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades
- CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las Universidades del país bajo su competencia;

Que, el artículo 2° inciso e) de la Ley 26439, se establece que; son atribuciones del CONAFU: Reconocer a las comisiones organizadoras a propuesta de los promotores;

Que, el artículo 10° inciso o) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución 189-2006-CONAFU del 13 de julio de 2006, se establece que, son atribuciones del Pleno del CONAFU: Reconocer a las comisiones organizadoras propuestas por los promotores, previa verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley y demás normas; y designar a las comisiones de las universidades públicas;

Que, conforme el Reglamento de Funcionamiento,
Evaluación y Certificación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (en adelante el Reglamento), aprobado por Resolución N° 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, en el artículo 18° establece que: 'Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comisión Organizadora, conformada por tres miembros: a) un Presidente, que asume dirección de la Comisión con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad; ejerce las funciones de Representante Legal…';

Que, el artículo 20° del 'Reglamento de Funcionamiento,
Evaluación y Certificación Institucional de Universidades y de Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU', prescribe: Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comisión Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los artículos 34°, 35° y 36° de la Ley N° 23733 'Ley Universitaria';

Que, el artículo 21° del 'Reglamento de Funcionamiento,
Evaluación y Certificación Institucional de Universidades y de Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU', prescribe: EI cargo de miembro de Comisión Organizadora exige dedicación exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada;

Que, por Oficio N°174-UNDC-CO/PCO-2012 recibido el 18 de diciembre de 2012, el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, se dirige al Presidente de CONAFU para solicitarle el Reconocimiento de los miembros de la Comisión Organizadora de dicha Universidad, para lo cual adjunta la Hoja de Vida de los profesionales propuestos, así como una copia simple de la Resolución Ministerial N° 0458-2012-ED;

Que, mediante Oficio N° 1551-2012-CONAFU-CDAA de fecha 28 de diciembre de 2012, la Comisión Académica da a conocer que con Oficio N° 174-UNDC-CO/PCO-2012, el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, se dirige al Presidente de CONAFU para solicitarle el Reconocimiento de los miembros de la Comisión Organizadora de dicha Universidad, para lo cual adjunta la Hoja de Vida de los profesionales propuestos, así como una copia simple de la Resolución Ministerial N° 0458-2012-ED; revisado y analizados los documentos presentados, la Comisión Académica sugiere al Pleno del CONAFU: 1) Reconocer al Dr. Manuel Alejandro Borja Alcalde como Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete. 2) Reconocer al Dr. Indalecio Enrique Horna Zegarra como Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete. 3) Reconocer a la Dra. Reyna López De Montoya como Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete.

Que, en Sesión Ordinaria, de fecha 16 de enero de 2013 después de deliberar, el Pleno del CONAFU por Acuerdo N° 024-2013-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: 1) Reconocer al Dr. Manuel Alejandro Borja Alcalde como Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete. 2)
Reconocer al Dr. Indalecio Enrique Horna Zegarra como Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete. 3) Reconocer a la Dra. Reyna López De Montoya como Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete.

En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18° del Estatuto del CONAFU que establece: 'El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales:… d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones', de conformidad con lo establecido en el 42° del reglamento y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38° incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- RECONOCER al Dr. Manuel Alejandro Borja Alcalde como Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete.

Artículo Segundo.- RECONOCER al Dr. Indalecio Enrique Horna Zegarra como Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete.

Artículo Tercero.- RECONOCER a la Dra. Reyna López De Montoya como Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete.

Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los actos administrativos correspondientes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

WILSON ROLANDO REÁTEGUI CHÁVEZ
Presidente JORGE LUIS QUIÑONES ESPINOZA Secretario General

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