2/11/2013

Resolución Sbs N° 1044-2013 Autorizan viaje a Costa Rica de funcionario de la SBS, en comisión de servicios

Autorizan viaje a Costa Rica de funcionario de la SBS, en comisión de servicios SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES RESOLUCIÓN SBS N° 1044-2013 Lima, 5 de febrero de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS),
Autorizan viaje a Costa Rica de funcionario de la SBS, en comisión de servicios

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
RESOLUCIÓN SBS N° 1044-2013


Lima, 5 de febrero de 2013
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
VISTA:

La invitación cursada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a la Superintendencia de Banca,
Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), mediante la cual comunican la convocatoria de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) al Estado Peruano para participar en una audiencia privada en relación al caso 'Cinco Pensionistas vs. Perú', la misma que se llevará a cabo el 13 de febrero de 2013, en la ciudad de San José,
República de Costa Rica;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con los artículos 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y con los artículos 15.1 y 69.3 del Reglamento del Tribunal, el Presidente de dicho Tribunal ha resuelto convocar al Estado Peruano, los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a una audiencia privada, con el objeto de que el Estado Peruano brinde información actualizada y detallada sobre el cumplimiento de las medidas de reparación ordenadas que se encontrarían pendientes de acatamiento, en relación al caso 'Cinco Pensionistas vs. Perú', así como escuchar las observaciones de los representantes y la opinión de la Comisión Interamericana;

Que, en atención a la convocatoria cursada, y en tanto, el señor Carlos Cueva Morales, Jefe del Departamento de Asuntos Contenciosos de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, tiene a su cargo el apoyo en el seguimiento de este caso supranacional, así como de los procesos judiciales relacionados con el mismo que aún se ventilan en las cortes peruanas, se ha estimado conveniente designar a dicho funcionario para que participe en el citado evento;

Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-16, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso;

Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el indicado evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013; y,
En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 'Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros', de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, N° SBS-DIR-ADM-085-16, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Carlos Cueva Morales, Jefe del Departamento de Asuntos Contenciosos de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica de la SBS, del 12 al 14 de febrero a la ciudad de San José, República de Costa Rica, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo Tercero.- Los gastos que irroguen el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes US$ 1 483.24
Viáticos US$ 400.00
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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