2/02/2013

Resolución Suprema N° 002-2013-AG Autorizan viaje a Bolivia de funcionario del SENASA, en comisión de servicios

Autorizan viaje a Bolivia de funcionario del SENASA, en comisión de servicios AGRICULTURA RESOLUCIÓN SUPREMA N° 002-2013-AG Lima, 1 de febrero de 2013 VISTO: La Carta SG-X/D.1.10/791-2012, de fecha 17 de diciembre de 2012, del Coordinador del Programa Calidad y Sanidad de la Secretaría General de la Comunidad Andina, los Oficios N°s. 0016 y 0020-2013-AG-SENASA, de fechas 17 y 22 de enero de 2013, respectivamente, ambos del Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, y la Nota de Envío N°
Autorizan viaje a Bolivia de funcionario del SENASA, en comisión de servicios

AGRICULTURA
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 002-2013-AG


Lima, 1 de febrero de 2013
VISTO:

La Carta SG-X/D.1.10/791-2012, de fecha 17 de diciembre de 2012, del Coordinador del Programa Calidad y Sanidad de la Secretaría General de la Comunidad Andina, los Oficios N°s. 0016 y 0020-2013-AG-SENASA, de fechas 17 y 22 de enero de 2013, respectivamente, ambos del Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, y la Nota de Envío N° 7902-13 de la Secretaría General del Ministerio de Agricultura; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Carta SG-X/D.1.10/791-2012, de fecha 17 de diciembre de 2012, dirigida al Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, el Coordinador del Programa Calidad y Sanidad de la Secretaría General de la Comunidad Andina, convoca a la Reunión Presencial del Comité Técnico Andino de Sanidad Agropecuaria (COTASA) - Plaguicidas, la misma que se llevará a cabo del 04 al 08 de febrero de 2013, en la ciudad de Santa Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia, según lo acordado en la Reunión del CXLIX COTASA - Plaguicidas;

Que, el objetivo del referido evento consiste, entre otros, en revisar la propuesta peruana sobre la modificación de la Decisión 436 y sus modificatorias, revisar las propuestas técnicas del periodo de reingreso, así como revisar las propuestas sobre agrupación de cultivos con fines de homologación de ensayos de eficacia;

Que, por Carta-0002-2013-AG-SENASA, de fecha 10 de enero de 2013, el Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA, comunica al Coordinador del Programa Calidad y Sanidad de la Secretaría General de la Comunidad Andina, que a la mencionada reunión presencial del COTASA, asistirá el ingeniero Carlos Caballero Solís, Director General de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria;

Que, los gastos por conceptos de pasajes y viáticos serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 160:

Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, según lo indicado en el Memorándum N° 0009-2013-AG-SENASA de fecha 16 de enero de 2013, emitido por el Director General de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA;

Que, siendo de interés para el país la participación del representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA, Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, resulta procedente autorizar el viaje del citado funcionario, por cuanto se abordarán diversos temas materia de la Reunión Presencial del COTASA, entre ellos, revisar la propuesta peruana sobre la modificación de la Decisión 436 y sus modificatorias;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización de Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2008-AG y la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Carlos Benjamín Caballero Solís, Director General de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, a la ciudad de Santa Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 03 al 09 de febrero de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes (incluye TUUA) US$ 1,145.98
Viáticos US$ 1,200.00
Total US$ 2,345.98
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.

Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no libera, ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura

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