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Resolución Suprema N° 004-2013-MTC Autorizan viaje a la República Portuguesa de Director General de Aeronáutica
2/15/2013
Resolución Suprema N° 004-2013-MTC Autorizan viaje a la República Portuguesa de Director General de Aeronáutica
Autorizan viaje a la República Portuguesa de Director General de Aeronáutica Civil y profesionales de la Dirección General de Aeronáutica Civil, en comisión de servicios TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCIÓN SUPREMA N° 004-2013-MTC Lima, 14 de febrero de 2013 VISTOS: El documento de fecha 14 de enero de 2013 de la Embajada de Portugal en el Perú, el documento de fecha 31 de enero de 2013 de la Comisión Europea, el Memorándum N° 150-2013-MTC/02.AL.AAH emitido por el Viceministerio de Transportes,
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 004-2013-MTC
Lima, 14 de febrero de 2013
VISTOS:
El documento de fecha 14 de enero de 2013 de la Embajada de Portugal en el Perú, el documento de fecha 31 de enero de 2013 de la Comisión Europea, el Memorándum N° 150-2013-MTC/02.AL.AAH emitido por el Viceministerio de Transportes, el Informe N° 020-2013-MTC/12 y el Memorándum N° 120-2013-MTC/12 emitidos por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento de fecha 14 de enero de 2013 de la Embajada de Portugal en el Perú, comunica la aceptación de la autoridad aeronáutica portuguesa a fin de realizar consultas aeronáuticas bilaterales con la Dirección General de Aeronáutica Civil de la República del Perú, en la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, los días 21 y 22 de febrero de 2013;
Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, en el Informe N° 020-2013-MTC/12, señala que el Gobierno de Portugal ha propuesto dicha Reunión con el fin de iniciar las conexiones aéreas entre Perú y Portugal, facilitando la integración entre ambos países y los países de la Unión Europea. Entre los temas a tratar en la citada Reunión se encuentran la revisión del texto del Acuerdo de Servicios Aéreos, el Código Compartido, los Precios, la Capacidad, las Enmiendas y los Cuadros de Rutas;
Que, conforme lo señala la Dirección General de Aeronáutica Civil, el Perú se encuentra estrechando relaciones con Portugal, en diferentes niveles, lo que constituye una gran oportunidad para el sector aéreo y la economía del país, de llevar a cabo la negociación de un Tratado de Servicios Aéreos (ASA) con la República Portuguesa, cuyos beneficios potenciales son: i) la ampliación de la red de conexión aérea internacional mediante el establecimiento de vuelos directos entre Lima y Lisboa y de conexión hacia puntos más allá en Latinoamérica, Norteamérica y Europa, ii) potenciar al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez como hub aéreo dentro de América del Sur, iii) la creación de puestos de trabajo en el sector aerocomercial nacional y iv) creación de puestos de trabajo en las industrias nacionales que proveen de insumos a la aviación;
Que, asimismo, conforme a lo indicado por la Dirección General de Aeronáutica Civil, el día 20 de febrero de 2013, se llevará a cabo una Reunión con la Dirección de Transporte Aéreo, Servicio de Relaciones Internacionales de la Comisión Europea, que servirá para rubricar un acuerdo horizontal entre la Unión Europea y el Perú que reemplace el acuerdo horizontal rubricado el 02 de setiembre de 2009; además, resulta importante la reunión toda vez que el marco legal y administrativo de la Unión Europea tiene relación con los acuerdos que pueden ser negociados de manera bilateral entre el Perú y cada país de la Unión Europea; adjuntándose a tal efecto, documento remitido con fecha 31 de enero de 2013 de la Directorate E-Aviation and International Transport Affairs de la Comisión Europea, que confirma la disponibilidad para reunirse con la delegación peruana en la fecha indicada;
Que, en tal sentido y dada la importancia del citado evento, resulta conveniente autorizar la participación del señor Ramón Gamarra Trujillo, Director General de Aeronáutica Civil, y las señoras María del Pilar Iberico Ocampo y Ada Milagros Li Chu, profesionales de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, el costo del referido viaje será financiado dentro del marco del Convenio de Administración de Recursos PER/12/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismo técnico de las Naciones Unidas, de conformidad con los términos de la Autorización de la Beca/Misión Int. N° 002-01-2013, suscrita por el Coordinador del Proyecto OACI;
De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, y a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Ramón Gamarra Trujillo, Director General de Aeronáutica Civil, y de las señoras María del Pilar Iberico Ocampo y Ada Milagros Li Chu, profesionales de la Dirección General de Aeronáutica Civil, a la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, del 18 al 24 de febrero de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje serán cubiertos por el Convenio de Administración de Recursos PER/12/801, de acuerdo a la Autorización de Beca/Misión Int. N° 002-01-2013 y al siguiente detalle:
Pasajes (para tres personas, incluye TUUA) US$ 15,770.73
Viáticos (para tres personas) US$ 3,900.00
Artículo 3.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario y las profesionales mencionados en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, deberán presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las mencionadas personas deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje; así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 5.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones
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