2/14/2013

Resolución Suprema N° 051-2013-PCM Autorizan viaje a EEUU del Ministro de Relaciones Exteriores y encargan

Autorizan viaje a EEUU del Ministro de Relaciones Exteriores y encargan su Despacho al Ministro de Defensa PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 051-2013-PCM Lima, 13 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró al 2013 como el Año Internacional de la Quinua, mediante resolución A/RES/66/221; Que, el Perú es miembro y ejerce la vicepresidencia del Comité Internacional de Coordinación del Año Internacional de la Quinua,
Autorizan viaje a EEUU del Ministro de Relaciones Exteriores y encargan su Despacho al Ministro de Defensa

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 051-2013-PCM


Lima, 13 de febrero de 2013
CONSIDERANDO:

Que, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró al 2013 como el Año Internacional de la Quinua, mediante resolución A/RES/66/221;

Que, el Perú es miembro y ejerce la vicepresidencia del Comité Internacional de Coordinación del Año Internacional de la Quinua, conjuntamente con Chile y Ecuador;

Que, la Secretaría Técnica de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) ha previsto realizar el Lanzamiento Global del Año Internacional de la Quinua, en la ciudad de Nueva York,
Estados Unidos de América, el 19 y 20 de febrero de 2013;

Que, resulta necesaria la participación del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores en la Sesión Plenaria del referido evento, cuyo objetivo es resaltar el papel que juega la biodiversidad de la quinua y su valor nutricional en la seguridad alimentaria, nutricional y en la erradicación de la pobreza; así como en la ceremonia de investidura de la señora Nadine Heredia Alarcón, Primera Dama de la Nación, como Embajadora Especial de la FAO para el Año Internacional de la Quinua;

Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) N° 127, del Despacho Ministerial, de 05 de febrero de 2013 y el Memorándum (OPR) N° OPR0057/2013, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 06 de febrero de 2013, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con el artículo 127° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; en concordancia con el artículo 83° del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 005-90-PCM; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y su modificatoria, el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM; y el numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso, del 19 al 20 de febrero de 2013, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, para que participe en las actividades por el Año Internacional de la Quinua.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906: Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, debiendo presentar la rendición de cuentas de acuerdo a Ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$
Viáticos por día US$
Número de días Total viáticos US$
Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso 2,750.00 220.00 2 + 1 660.00
Artículo 3°.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor Pedro Cateriano Bellido, Ministro de Defensa, en tanto dure la ausencia del titular.

Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores

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