2/17/2013

Resolución Suprema N° 055-2013-DE/EP Autorizan viaje a México de Oficial del Ejército del Perú, en comisión especial

Autorizan viaje a México de Oficial del Ejército del Perú, en comisión especial DEFENSA RESOLUCIÓN SUPREMA N° 055-2013-DE/EP Lima, 15 de febrero de 2013 VISTO: La Hoja de Recomendación N° 008 JEMGE/ORIE/. b.b del 5 de febrero de 2013, de la Oficina de Relaciones Internacionales del Ejército; y, CONSIDERANDO: Que, con el documento del visto, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, aprobó la participación del Teniente Coronel EP LEHAHUA HUARACCALLO Oscar
Autorizan viaje a México de Oficial del Ejército del Perú, en comisión especial

DEFENSA
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 055-2013-DE/EP


Lima, 15 de febrero de 2013
VISTO:

La Hoja de Recomendación N° 008 JEMGE/ORIE/.
b.b del 5 de febrero de 2013, de la Oficina de Relaciones Internacionales del Ejército; y,
CONSIDERANDO:

Que, con el documento del visto, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, aprobó la participación del Teniente Coronel EP LEHAHUA HUARACCALLO Oscar Paul, para que preste servicios como Representante del Ejército del Perú en la XXX Secretaría Ejecutiva Permanente de la Conferencia de Ejércitos Americanos (SEPCEA), con sede en la ciudad de México D.F. de los Estados Unidos Mexicanos, a desarrollarse en el periodo comprendido del 15 de febrero de 2013 al 31 de diciembre de 2013;

Que, la participación del mencionado Oficial Superior como Representante del Ejército del Perú en la mencionada Secretaría Ejecutiva, servirá para apoyar al Ejército de México en la planificación, coordinación y realización del XXX Ciclo de la Conferencia de Ejércitos Americanos con sede en los Estados Unidos Mexicanos;

Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión Especial en el Exterior abarca un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

Que, de conformidad con el artículo 17° del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; cuando resulte de interés institucional y en atención a consideraciones de Política de Estado relacionadas con la Seguridad y Defensa Nacional, se podrá designar en Comisión Especial en el Exterior, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, personal militar en actividad o retiro del Sector Defensa para el desempeño de funciones en Representaciones Permanentes del Perú ante organismos internacionales;

Que, de conformidad con el artículo 18° del citado Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, el personal nombrado en Comisión Especial en el Exterior goza de los derechos a que se refiere el artículo 13 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2006-DE/SG;

Que, el Artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados,
Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004;

Que, el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, en su Artículo 1° inciso A) numeral 3, determina que las autorizaciones de viajes al extranjero que irroguen gastos al Estado, de personal militar y civil, serán aprobadas por Resolución Suprema;

Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134
– que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619
– Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 047–2002-PCM del 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificaciones, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y,
Estando a lo recomendado por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje en Comisión Especial en el Exterior al Teniente Coronel EP LEHAHUA HUARACCALLO Oscar Paul, identificado con DNI N° 09850434, y CIP N° 117535100, para que preste servicios como Representante del Ejército del Perú en la XXX Secretaría Ejecutiva Permanente de la Conferencia de Ejércitos Americanos (SEPCEA), con sede en la ciudad de México D.F. de los Estados Unidos Mexicanos, a desarrollarse en el periodo comprendido del 15 de febrero de 2013 al 31 de diciembre de 2013, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa – Ejército de Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasaje Aéreo: (ida y vuelta) Lima – México - Lima (Clase económica)
US$ 2,600 x 01 persona $ 2,600.00
Gastos de Traslado – (ida y vuelta)
US$ 6,930.00 x 02 compensaciones $ 13,860.00
Pago de Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 6,930.00/28 días x 14 días (febrero) $ 3,465.00
US$ 6,930.00/10 meses (marzo – diciembre) $ 69,300.00
Total a Pagar $ 89,225.00
Artículo 3°.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del Año Fiscal correspondiente.

Artículo 4°.- El pago correspondiente al período comprendido al Año Fiscal 2013, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público del mencionado año.

Artículo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.

Artículo 6°.- El citado Oficial revistará en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú durante el periodo de tiempo que dure la Comisión Especial en el Exterior.

Artículo 7°.- El personal comisionado con la presente resolución, dentro de los quince (15) días calendario de su retorno al país, presentarán un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 8°.- La presente Resolución será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros, por el señor Ministro de Defensa y por el señor Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores

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