2/17/2013

Resolución Suprema N° 056-2013-PCM Autorizan viaje a México de Presidente del OSINERGMIN, en comisión de servicios

Autorizan viaje a México de Presidente del OSINERGMIN, en comisión de servicios PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 056-2013-PCM Lima, 15 de febrero de 2013 Visto el Oficio N° 32-2013-OS-PRES, del Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN, y la Resolución de Consejo Directivo N° 006-2013-OS/CD; CONSIDERANDO: Que, el Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía
Autorizan viaje a México de Presidente del OSINERGMIN, en comisión de servicios

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 056-2013-PCM


Lima, 15 de febrero de 2013
Visto el Oficio N° 32-2013-OS-PRES, del Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN, y la Resolución de Consejo Directivo N° 006-2013-OS/CD;

CONSIDERANDO:

Que, el Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería –OSINERGMIN ha sido invitado a participar como ponente en la 'IV Cumbre de Entidades Reguladoras del Sector Energético de Iberoamérica y Europa', organizado por la Asociación Iberoamericana de Entidades Reguladoras de la Energía - ARIAE y el Council of European Energy Regulators-CEER, a llevarse a cabo los días 26 y 27 de febrero de 2013, en la ciudad de Cancún, México;

Que, la referida Cumbre constituye una oportunidad para conocer experiencias exitosas de Iberoamérica y Europa en materias referidas a la regulación de energía a nivel mundial, tales como la promoción de energía renovable y eficiencia energética, la protección al consumidor, supervisión de subastas de energía, capacidad e infraestructura, integración energética regional, regulación y mercados en países emergentes, promoción del desarrollo de infraestructura energética.

Que, asimismo, la referida Cumbre permitirá compartir la experiencia peruana, en tanto la ponencia en la que el Ing. Jesús T amayo Pacheco ha sido invitado a participar, se encuentra referida al rol de OSINERGMIN en el desarrollo de infraestructura energética del Perú;

Que, conforme a lo indicado la participación del Ing.

Jesús Tamayo Pacheco en la 'IV Cumbre de Entidades Reguladoras del Sector Energético de Iberoamérica y Europa'resulta de interés para el OSINERGMIN y para el país, ya que además de abordarse temas relacionados con materias propias de las funciones de la entidad, se abordarán temas referidos al mantenimiento, renovación y desarrollo de infraestructura energética, aspectos de suma importancia dada la demanda energética proyectada para el país para los próximos años;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que irrogue el viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional de OSINERGMIN;

De conformidad con lo establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, Ley N° 29951; y por las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobada por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje del Ing. Jesús Tamayo Pacheco, Presidente del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, a Cancún,
México, los días 25 a 28 de febrero de 2013, a fin de participar en la IV Cumbre de Entidades Reguladoras del Sector Energético de Iberoamérica y Europa.

Artículo 2°.- Los gastos que origine el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes (incluido el TUUA) US$ 2106,00
Viáticos (US$ 220.00 x 03 días,
Incluye 01 día de traslado e instalación) US$ 660,00
Total US$ 2 766,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes, el funcionario autorizado deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo los asuntos tratados y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4°.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros

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