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Resolución Suprema N° 062-2013-PCM Autorizan viaje a Guinea Ecuatorial de la Ministra de la Mujer y Poblaciones
2/18/2013
Resolución Suprema N° 062-2013-PCM Autorizan viaje a Guinea Ecuatorial de la Ministra de la Mujer y Poblaciones
Autorizan viaje a Guinea Ecuatorial de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y encargan su Despacho a la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 062-2013-PCM Lima, 16 de febrero de 2013 VISTA: La Nota fi095-2013-MIMP/OGPP-OCIN del 15 de febrero de 2013, de la Oficina de Cooperación Internacional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; CONSIDERANDO: Que, es interés del gobierno
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 062-2013-PCM
Lima, 16 de febrero de 2013
VISTA:
La Nota fi095-2013-MIMP/OGPP-OCIN del 15 de febrero de 2013, de la Oficina de Cooperación Internacional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables –
MIMP;
CONSIDERANDO:
Que, es interés del gobierno peruano contribuir a profundizar las relaciones de la región con los países africanos, a través del impulso de las relaciones bilaterales y de una activa participación en las reuniones, a todo nivel, del Foro América del Sur-África (ASA);
Que, del 19 al 22 de febrero de 2013, se llevará a cabo la III Cumbre de los Jefes de Estado y de Gobierno de América del Sur-África (ASA), en la ciudad de Malabo,
República de Guinea Ecuatorial, siendo conveniente para los intereses del país desarrollar una política de acercamiento a los países africanos y en ese sentido el compromiso de participar del precitado evento, a través de una delegación que estará presidida por la Titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables;
Que, mediante Nota fi095-2013-MIMP/OGPP-OCIN del 15 de febrero de 2013, la Oficina de Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables señala, entre otros aspectos, que el Plan de Implementación ASA 2010-2015, tema a tratar en la referida cumbre, tiene como uno de sus ejes temáticos los Asuntos Sociales y Deportes, con objetivos vinculados al empoderamiento de la mujer; asimismo, se precisa que los gastos que irrogue la participación de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables por su asistencia a la mencionada Cumbre de Jefes de Estado, serán asumidos con cargo a los recursos presupuestales del Pliego MIMP;
Que, mediante Decreto Legislativo fi1098, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la que en los literales a), c), e) y l) de su artículo 5 establece como ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la promoción y fortalecimiento de la transversalización del enfoque de género en las instituciones públicas y privadas, planes, programas y proyectos del Estado; la promoción y protección de poblaciones vulnerables; la promoción de los derechos de las mujeres con especial énfasis en: (i) Fortalecimiento de la ciudadanía y autonomía de las mujeres, con independencia de su edad, etnia y condición, (ii) Igualdad de oportunidades para las mujeres, y (iii) Promoción de la ampliación de la participación de las mujeres en el ámbito público; así como el seguimiento al cumplimiento de los compromisos, tratados, programas y plataformas de acción materia de sus competencias;
Que, en tal sentido, dada la importancia de la III Cumbre de los Jefes de Estado y de Gobierno de América del Sur-África (ASA) para los objetivos y metas nacionales y sectoriales, resulta conveniente autorizar la participación de la señora ANA ETHEL DEL ROSARIO JARA VELÁSQUEZ,
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, quien conformará y presidirá la delegación peruana que asistirá a la citada Cumbre;
Que, asimismo, es necesario encargar la cartera de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en tanto dure la ausencia de su Titular;
De conformidad con lo establecido en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; y, la Ley fi29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora ANA ETHEL DEL ROSARIO JARA VELÁSQUEZ, Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de Malabo, República de Guinea Ecuatorial, del 18 al 23 de febrero de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes (incluye TUUA y otro) US$ 3 441,87
Viáticos US$ 1 200,00
TOTAL US$ 4 641,87
Artículo 3.- Encargar la cartera de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, señora CAROLINA TRIVELLI ÁVILA, a partir del 18 de febrero de 2013 y en tanto dure la ausencia de la Titular.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera, ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
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