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Resolución Viceministerial N° 004-2013-SA-DVM Instauran proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios del Ministerio
2/17/2013
Resolución Viceministerial N° 004-2013-SA-DVM Instauran proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios del Ministerio
Instauran proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios del Ministerio SALUD RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 004-2013-SA-DVM Lima, 15 de febrero del 2013 Visto, el Expediente 11-025214-125 que contiene el Informe N° 002-2013-CEPAD/MINSA, emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 097-2012-OCNTS-OCI/MINSA recepcionado con fecha 17 de febrero de 2012 por el Despacho Ministerial, el Órgano de Control Institucional
SALUD
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 004-2013-SA-DVM
Lima, 15 de febrero del 2013
Visto, el Expediente 11-025214-125 que contiene el Informe N° 002-2013-CEPAD/MINSA, emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio N° 097-2012-OCNTS-OCI/MINSA recepcionado con fecha 17 de febrero de 2012 por el Despacho Ministerial, el Órgano de Control Institucional del Ministerio de Salud pone en conocimiento del entonces Ministro de Salud el Informe N° 002-2012-2-0191-EE-OCNTS-OCI/MINSA, resultante del 'Examen Especial al Abastecimiento de Recursos Estratégicos para las Atenciones de las Estrategias Sanitarias Nacionales del Ministerio de Salud', periodo 1 de enero de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2010;
Que, a través del Memorando N° 082-2012-DM/MINSA de fecha 13 de marzo de 2012, el señor Ministro de Salud remite a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplianrios el mencionado Informe de Control, para que de acuerdo a sus facultades y luego de evaluar el mismo, se pronuncie sobre la presunta responsabilidad administrativa de los ex funcionarios: Licenciada Irene Suárez Quiroz, ex Directora Ejecutiva de Logística de la Oficina General de Administración, Economista Francisco José Solís Coronado, ex Director Ejecutivo de la Oficina General de Recursos Estratégicos de la Oficina General de Administración, Ingeniero Vitilio Luis A. Calonge García, ex Director Ejecutivo de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, comprendidos en las observación del Informe N° 002-2012-2-0191-EE-OCNTS-OCI/MINSA;
Que, con Memorando N° 259-2012-SG/MINSA de fecha 31 de mayo de 2012, el Secretario General del Ministerio de Salud por encargo del Ministro de Salud remite el Oficio N° 337-2012-OCNTS-OCI/MINSA del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Salud, mediante el cual informa que con Oficio N° 00123-2012-CG/SSO, la Gerencia de Sector Social de la Contraloría General de la Republica, ha solicitado se suspenda la implementación de la Observación N° 4 del Informe N° 002-2012-2-0191-EE-OCNTS-OCI/MINSA conforme a lo establecido en la Resolución de Contraloría N° 309-2011-CG del 29 de octubre de 2011, siendo para ese efecto competente la Contraloría General de la República para determinar responsabilidad administrativa funcional, conforme a lo prescrito en la Ley N° 29622, Ley que modifica la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y amplía las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional, vigente desde el 6 de abril de 2011. Al respecto, se debe precisar que en la Observación N° 4 se encuentra comprendido el ex funcionario Ingeniero Vitilio Luis A. Calonge García, ex Director Ejecutivo de Logística de la Oficina General de Administración;
Que, de acuerdo con el artículo 166° del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios tiene la facultad de calificar las denuncias que le sean remitidas y pronunciarse sobre la procedencia de abrir proceso administrativo disciplinario;
Que, con relación a la Observación N° 1 del Informe de Control referida a 'El Tribunal de Contrataciones de la OSCE, declaró la nulidad del ítem N° 3 de la Licitación Pública (SIP) N° 029-2008-MINSA -Segunda Convocatoria-debido a su inclusión por una incorrecta interpretación de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado, originando una demora de 161 días calendario para la adquisición de medicamentos estratégicos destinados al abastecimiento de los almacenes de las DISAs y DIRESAs –
2009'; la Comisión mediante Informe N° 002-2013-CEPAD/MINSA, señala que el Órgano de Control Institucional identifica presunta responsabilidad administrativa de la Licenciada Irene Suárez Quiroz, ex Directora Ejecutiva de la Oficina de Logística del Ministerio de Salud, al no haber observado en la Resolución Directoral N° 421-2009-OGA-OL-SA de fecha 21 de agosto de 2009, que aprobó el Expediente de Contratación de la Segunda Convocatoria de la LPSIP N° 029-2008-MINSA, que en dicha resolución la cual visó, se estaba consignando el entonces Decreto Supremo N° 083-2004-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el entonces Decreto Supremo N° 084-2004-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, sin tomar en cuenta que a partir del 1 de febrero de 2009, se estableció la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 1842008EF, y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), aprobado por el Decreto Supremo N° 0062009EF, ello de acuerdo a lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 014-2009; motivo por el cual señala que habría inobservado lo dispuesto en el numeral 1.1 del artículo IV referido al Principio de Legalidad establecido en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y en consecuencia por el incumplimiento de sus funciones asignadas en los literales a) y n) del artículo 27° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, modificado por los Decretos Supremos N°s. 007-2006-SA y 011-2008-SA;
Que, respecto a la Observación N° 2 del Informe de Control referida a que 'El MINSA suscribió con la Empresa REFASA SAC, el Contrato N° 064-2009/MINSA, por un importe de S/. 878,062.39, pese a que ésta no presentó hasta dicho acto, la Carta Fianza de fiel Cumplimiento ni la Carta Fianza de Garantía por el monto diferencial de la propuesta económica'; la Comisión mediante documento de visto señala que el Órgano de Control Institucional identifica presunta responsabilidad administrativa de la Licenciada Irene Suárez Quiroz, ex Directora Ejecutiva de la Oficina de Logística del Ministerio de Salud, al consentir la suscripción del Contrato N° 064-2009/MINSA con la empresa REFASA SAC, sin que ésta presente las correspondientes Garantías de Fiel Cumplimiento y Garantía Adicional por el Monto Diferencial, incumpliendo lo establecido en los artículos 200°, 215° y 216° del entonces Decreto Supremo N° 084-2004-PCM de fecha 29 de noviembre de 2004; y en consecuencia por el incumplimiento de sus funciones asignadas en los literales a) y n) del artículo 27° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, modificado por los Decretos Supremos N°s. 007-2006-SA y 11-2008-SA;
Que, respecto a la Observación N° 3 del Informe de Control referido a que 'Se ha establecido un sobrestock de medicamentos estratégicos, que ocasionó la baja de 2’160,300 unidades de las citados productos, por un valor de S/. 1’788,633.25 por las causales de excedencia y vencimiento, debido a la incorrecta determinación de la necesidad, elaborada por la entonces Oficina de Recursos Estratégicos (ORE) del MINSA'; la Comisión mediante Informe N° 002-2013-CEPAD/MINSA, manifiesta que el OCI identifica presunta responsabilidad administrativa del Economista Francisco José Solís Coronado, ex Director Ejecutivo de la Oficina de Recursos Estratégicos de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, al no haber establecido adecuadamente las necesidades de medicamentos estratégicos de las DISAs y DIRESAs, debido a que no se utilizó la información estadística con la que contaba (consumos reales a nivel nacional del año 2006 y 2007, stocks de los mencionados medicamentos estratégicos, población vulnerable, etc.), habiendo inobservado de esta forma los objetivos funcionales establecidos en los literales a), b) y c) del artículo 27-A° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, modificado con el Decreto Supremo N° 007-2006-SA;
Que, en atención a la Observación N° 5 referida a
'La Oficina de Logística del MINSA demoró hasta 47 días calendario para entregar a la Empresa REFASA
SAC., las respectivas ordenes de compra, ocasionando desabastecimiento de los medicamentos estratégicos Abacavir 300 mg. tabletas, y Estavudina 30 mg. tabletas., en detrimento de la salud de los pacientes'; la Comisión mediante Informe N° 002-2013-CEPAD/MINSA, manifiesta que el Órgano de Control Institucional -OCI identifica presunta responsabilidad administrativa del Ingeniero Vitilio Luis Calonge García, ex Director Ejecutivo de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, toda vez que la situación expuesta se ha originado por la falta de diligencia y supervisión del responsable de la Oficina de Logística para emitir oportunamente las pertinentes órdenes de compra, ocasionando con ello que la empresa proveedora entregue los citados medicamentos con demoras de 44 días calendario, el no haber dispuesto expresamente que las respectivas órdenes de compra se emitan y entreguen al proveedor en plazos perentorios, señala el OCI que el citado ex funcionario habría incumplido sus funciones asignadas en el literal g) del artículo 27° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, modificado por los Decretos Supremos N°s. 007-2006-SA y 011-2008-SA;
Que, por los hechos expuestos en el documento de visto, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Salud, en uso de las facultades, en sesión extraordinaria de fecha 25 de enero de 2013, se ha pronunciado en forma unánime por instaurar proceso administrativo disciplinario a los ex funcionarios:
Licenciada Irene Suarez Quiroz, ex Directora Ejecutiva de Logística de la Oficina General de Administración,
Economista Francisco José Solís Coronado, ex Director Ejecutivo de la Oficina General de Recursos Estratégicos de la Oficina General de Administración, Ingeniero Vitilio Luis Calonge García, ex Director Ejecutivo de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud; por el presunto incumplimiento de sus obligaciones establecidas en los incisos a), b) y d) del artículo 21° del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y estar incursos en la presunta comisión de faltas administrativas dispuestas en los literales a) y d) del artículo 28° del mismo cuerpo legal;
Estando a lo recomendado en el Informe N° 002-2013-CEPAD/MINSA, emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, y;
Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, la Resolución Ministerial N° 198-2005/MINSA, que aprueba el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Salud y la Resolución Ministerial N° 1879-2002-SA-DM;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Instaurar proceso administrativo disciplinario a los ex funcionarios: Licenciada Irene Suárez Quiroz, ex Directora Ejecutiva de Logística de la Oficina General de Administración, Economista Francisco José Solís Coronado, ex Director Ejecutivo de la Oficina General de Recursos Estratégicos de la Oficina General de Administración,
Ingeniero Vitilio Luis A. Calonge García, ex Director Ejecutivo de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, comprendidos en las Observaciones que se señalan en los considerandos precedentes, según el Informe N° 002-2012-2-0191-EE-OCNTS-OCI/MINSA, resultante del 'Examen Especial al Abastecimiento de Recursos Estratégicos para las Atenciones de las Estrategias Sanitarias Nacionales del Ministerio de Salud', de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Viceministerial.
Artículo 2°.- Remitir los antecedentes administrativos a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para su respectivo diligenciamiento.
Artículo 3°.- Notificar la presente Resolución Viceministerial a los interesados, de acuerdo a ley.
Regístrese y comuníquese.
JOSÉ DEL CARMEN SARA
Viceministro de Salud
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